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Ayudas Claras
Subvenciones Girona Servicios sociales
Servicios sociales Girona Versión legible elaborada con ayuda de inteligencia artificial a partir de fuentes oficiales.

Subvenciones a entidades sociales de Santa Cristina d'Aro

Subvención municipal para proyectos sociales de entidades sin ánimo de lucro.

Lo que significa

Qué es
Subvención por concurrencia competitiva del Ayuntamiento de Santa Cristina d'Aro para proyectos y actividades de carácter social.
Para quién
Asociaciones, fundaciones y otras entidades privadas sin ánimo de lucro que realizan actividades de carácter social.
Cuánto
  • Importe variable: la puntuación obtenida, sobre 100 puntos, se aplica como porcentaje de la cuantía máxima subvencionable
    Tipo de gastoSubvención máxima
    Contratación de personal para la actividad750€
    Desplazamiento y transporte300€
    Si la suma de los importes propuestos supera la dotación disponible, todos se reducen proporcionalmente con un mismo coeficiente de minoración.
Qué cubre
  • Contratación del personal necesario para desarrollar la actividad, hasta un máximo de 750€
  • Contratación de servicios para realizar la actividad, como talleres o charlas, material fungible no inventariable y difusión del proyecto
  • Gastos de transporte y desplazamiento necesarios para la actividad, hasta un máximo de 300€
Requisitos
  • Estás legalmente constituida e inscrita en el registro correspondiente
  • Tus fines estatutarios incluyen objetivos relacionados con el objeto de la convocatoria
  • Desarrollas actividades o proyectos de carácter social en Santa Cristina d'Aro o dirigidos a su población durante 2026
  • Actúas sin ánimo de lucro
  • Tienes un proyecto o programa de actividades definido y presupuestado
  • Estás al corriente de tus obligaciones con Hacienda, la Seguridad Social y el Ayuntamiento
  • No estar inhabilitado para recibir subvenciones públicas Causas de exclusión (art. 13.2 Ley 38/2003):
    • Deudas con Hacienda o Seguridad Social.
    • Condena firme por delitos contra la administración (prevaricación, cohecho, malversación, fraude).
    • Concurso de acreedores.
    • Inhabilitación para contratar con el sector público.
    • Residencia fiscal en paraíso fiscal.
    • Otras causas listadas en el art. 13.2 de la Ley 38/2003.
Obligaciones
  • Ejecuta la actividad o proyecto por el que te conceden la subvención
  • Justifica el cumplimiento de la finalidad y la aplicación de los fondos recibidos
  • Comunica al Ayuntamiento si obtienes otras subvenciones o ingresos para la misma actividad
  • Haz constar la colaboración económica del Ayuntamiento en el material de difusión del proyecto
  • Sométete a las comprobaciones y controles del Ayuntamiento y conserva los documentos justificativos
  • Devuelve los fondos percibidos si se dan los supuestos de reintegro
Cuándo
  • Abre: 16 de septiembre de 2026 Fecha calculada según la convocatoria oficial. Pueden existir matices (festivos locales, modificaciones posteriores); confirma siempre con la fuente oficial antes del último día.
  • Último día: 9 de noviembre de 2026 Fecha calculada según la convocatoria oficial. Pueden existir matices (festivos locales, modificaciones posteriores); confirma siempre con la fuente oficial antes del último día.

¿Te interesa esta ayuda?

Repasa rápidamente si encajas en los requisitos antes de seguir leyendo.

  • Eres una asociación, fundación u otra entidad privada sin ánimo de lucro
  • Estás legalmente constituida e inscrita en el registro correspondiente
  • Desarrollas proyectos sociales en Santa Cristina d'Aro o dirigidos a su población
  • Tienes un proyecto de 2026 definido y presupuestado
  • Tu proyecto fomenta la cohesión social, la inclusión o la atención a colectivos vulnerables
  • Tu entidad tiene ánimo de lucro
  • Tus fines estatutarios no guardan relación con el objeto de la convocatoria
  • Tu proyecto no se desarrolla en el municipio ni se dirige a su población
  • No estás al corriente de pagos con Hacienda, la Seguridad Social o el Ayuntamiento
  • Tu entidad ha sido sancionada o condenada con la pérdida de la posibilidad de obtener subvenciones

Cuánto puedes recibir

El importe es variable y depende del gasto de tu proyecto: la puntuación que obtengas, sobre un máximo de 100 puntos, se aplica como porcentaje de la cuantía máxima subvencionable de tu solicitud. Dentro de esa cuantía, los gastos de contratación de personal se subvencionan hasta un máximo de 750€ y los de desplazamiento y transporte hasta 300€. Si la suma de los importes propuestos supera el crédito disponible, todos se reducen proporcionalmente. Cobras por transferencia bancaria una vez justificada la actividad: no hay pagos anticipados ni abonos a cuenta.

Cómo solicitarla, paso a paso

  1. Prepara la memoria descriptiva del proyecto con el presupuesto detallado de ingresos y gastos

  2. Rellena el modelo de solicitud normalizado que el Ayuntamiento publica en su web

  3. Presenta la solicitud y la documentación por medios electrónicos en la sede electrónica municipal: el plazo finaliza el 9 de noviembre de 2026

  4. Subsana la documentación en un plazo de diez días hábiles si el Ayuntamiento te lo requiere

  5. Espera la resolución de la Junta de Gobierno Local, que se dicta en un máximo de 3 meses desde el fin del plazo de solicitudes

  6. Presenta la cuenta justificativa en el plazo que fije la resolución de concesión

Documentación necesaria

  • Modelo de solicitud normalizado del Ayuntamiento, debidamente cumplimentado
  • Declaración responsable de aceptación de las bases, veracidad de los datos, cumplimiento de los requisitos y estar al corriente de pagos
  • Memoria descriptiva del proyecto, programa o actividad (modelo propio o ficha modelo del Ayuntamiento)
  • Presupuesto anual de la entidad
  • Presupuesto detallado de ingresos y gastos del proyecto, programa o actividad
  • Ficha de acreedor, salvo que ya conste en el Ayuntamiento y no haya cambiado

Preguntas frecuentes

¿Puedo pedir esta subvención si ya recibo otra ayuda para lo mismo?
Sí. Estas subvenciones son compatibles con otras subvenciones, ayudas o ingresos de otras administraciones y de entidades públicas o privadas. La suma no puede superar el coste total de la actividad y debes comunicar al Ayuntamiento las que obtengas.
¿Qué gastos no me van a subvencionar?
Quedan fuera los suministros (luz, agua, gas, teléfono, internet), la compra de mobiliario y otro material inventariable, el merchandising o productos para la venta, los gastos de personal de coordinación o estructurales de la entidad, las sanciones, recargos e intereses, los gastos de procedimientos judiciales, los seguros de vehículos particulares y las actividades de captación de socios.
¿Qué pasa si presento la solicitud incompleta?
El órgano instructor te requerirá para que subsanes las deficiencias en un plazo máximo de diez días hábiles. Si no atiendes el requerimiento, se considera que desistes de tu petición.
¿Hasta cuándo tengo que haber hecho la actividad?
La actividad, proyecto o programa debe ejecutarse dentro del ejercicio 2026 y la acción subvencionada tiene que haberse realizado hasta el 31 de diciembre de 2026.
¿Cuándo me comunican si me la conceden?
La Junta de Gobierno Local resuelve en un plazo máximo de 3 meses desde la fecha final de presentación de solicitudes. Si no te notifican en ese plazo, la solicitud se entiende desestimada por silencio administrativo.

Fuentes oficiales

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