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Ayudas Claras
Subvenciones Guadalajara Servicios sociales
Servicios sociales Guadalajara Versión legible elaborada con ayuda de inteligencia artificial a partir de fuentes oficiales.

Subvención a entidades sociales de Azuqueca para migrantes

Subvención municipal para proyectos de apoyo socio-jurídico a personas migrantes

Lo que significa

Qué es
Subvención en concurrencia competitiva del Ayuntamiento de Azuqueca de Henares para proyectos de apoyo socio-jurídico a personas migrantes.
Para quién
Entidades sin ánimo de lucro que desarrollan proyectos de servicios sociales en Azuqueca de Henares.
Cuánto
Consulta directamente con la administración
Qué cubre
  • Nóminas y seguros sociales del personal del proyecto
  • Materiales, difusión y formación de las actividades
  • Costes de gestión y dietas de desplazamiento
Requisitos
  • Tu entidad está legalmente constituida y tiene personalidad jurídica propia desde antes de aprobarse la convocatoria
  • Está inscrita en el Registro de entidades de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha
  • Tus estatutos incluyen entre sus fines los servicios sociales, mayores y familia
  • Dispones de estructura, experiencia y capacidad operativa, y lo acreditas con una memoria de actividades
  • La actividad se dirige a la ciudadanía de Azuqueca de Henares y a los colectivos en riesgo de exclusión
  • Has cumplido las obligaciones de subvenciones anteriores del Ayuntamiento, incluidos los reintegros
  • No estar inhabilitado para recibir subvenciones públicas Causas de exclusión (art. 13.2 Ley 38/2003):
    • Deudas con Hacienda o Seguridad Social.
    • Condena firme por delitos contra la administración (prevaricación, cohecho, malversación, fraude).
    • Concurso de acreedores.
    • Inhabilitación para contratar con el sector público.
    • Residencia fiscal en paraíso fiscal.
    • Otras causas listadas en el art. 13.2 de la Ley 38/2003.
Obligaciones
  • Ejecuta el proyecto entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2026
  • Presenta la justificación de la subvención hasta el 31 de marzo de 2027 inclusive
  • Entrega una memoria de actuación y la relación clasificada de gastos con sus facturas
  • Aporta al menos tres presupuestos de proveedores distintos en las facturas de 15.000 euros o más, IVA excluido
  • Facilita las actuaciones de comprobación y control del Ayuntamiento, incluidas las visitas al proyecto
  • Devuelve los fondos recibidos si incumples las condiciones de la subvención
Cuándo

La convocatoria no publica fechas concretas. La administración fija el plazo en el extracto del boletín oficial; consulta la fuente para conocerlo.

¿Te interesa esta ayuda?

Repasa rápidamente si encajas en los requisitos antes de seguir leyendo.

  • Eres una entidad sin ánimo de lucro con personalidad jurídica propia
  • Tu entidad está inscrita en el Registro de entidades de Castilla-La Mancha
  • Tus estatutos recogen fines relacionados con los servicios sociales
  • Atiendes a personas migrantes en riesgo de exclusión en Azuqueca de Henares
  • Quieres financiar asesoramiento jurídico o actividades de convivencia en el municipio
  • Tu organización tiene ánimo de lucro
  • Tu entidad se constituyó después de aprobarse esta convocatoria
  • Tu proyecto no se dirige a la ciudadanía de Azuqueca de Henares
  • Ya has presentado otra solicitud en esta misma convocatoria
  • Tienes pendiente el reintegro de subvenciones anteriores del Ayuntamiento

Cuánto puedes recibir

La convocatoria no fija un importe por entidad beneficiaria. Solo establece que la cantidad máxima destinada al conjunto de esta convocatoria es de 73.000 euros del presupuesto municipal de 2026, que el presupuesto de tu proyecto no puede superar el importe máximo subvencionable y que cada entidad presenta un único proyecto. Para saber qué cuantía puedes recibir, consulta directamente con el Ayuntamiento de Azuqueca de Henares.

Cómo solicitarla, paso a paso

  1. Prepara el proyecto de actividades indicando la trayectoria de tu entidad en el municipio

  2. Reúne la documentación obligatoria: estatutos, tarjeta fiscal, certificados y declaraciones

  3. Rellena el modelo de solicitud y fírmalo como presidente de la entidad o representante acreditado

  4. Preséntalo de forma telemática con firma electrónica en el registro del Ayuntamiento, dentro de los 10 días naturales siguientes a la publicación del extracto en el boletín de la provincia

  5. Si te lo requieren, subsana la solicitud en el plazo de diez días desde que recibas el aviso

Documentación necesaria

  • Modelo de solicitud de subvención firmado por el presidente de la entidad (Anexo II)
  • Proyecto de actividades con indicación de los programas realizados en el municipio
  • Tarjeta de identificación fiscal de la entidad solicitante
  • Estatutos de la entidad solicitante
  • NIF del representante designado, con certificado del secretario que acredite el acuerdo de solicitar la subvención y su designación
  • Comunicación de datos bancarios con el número de cuenta e IBAN de la entidad (Anexo III)
  • Declaración responsable de no estar incursa en las prohibiciones para ser entidad beneficiaria (Anexo IV)
  • Certificado de estar al corriente de pagos con la Seguridad Social y la Agencia Tributaria
  • Relación de actividades y proyectos con el mismo objetivo desarrollados en Azuqueca de Henares, indicados por fechas

Preguntas frecuentes

¿Puedo presentar varios proyectos o varias solicitudes?
No. Cada entidad presenta un solo proyecto que englobe todas las líneas de actuación y solo se admite una solicitud por interesado.
¿Cómo se valoran los proyectos?
Sobre un máximo de 100 puntos: adecuación a los objetivos, impacto y relevancia social, experiencia previa en el municipio y participación en programas sociales del Ayuntamiento, con hasta 25 puntos cada criterio. En caso de empate gana quien más puntúe en experiencia previa.
¿Qué pasa si falta algún documento en mi solicitud?
El Ayuntamiento te requerirá para que la subsanes en diez días desde el día siguiente a la recepción del requerimiento. Si no lo haces, se te tendrá por desistido de tu solicitud.
¿Cuánto tarda en resolverse la convocatoria?
El plazo máximo de resolución es de tres meses desde que termina el plazo de presentación de solicitudes. Si no se notifica resolución expresa, puedes entender desestimada la concesión.
¿Qué gastos no se pueden subvencionar?
Quedan fuera los intereses deudores de cuentas bancarias, los intereses, recargos y sanciones, los gastos de procedimientos judiciales, los gastos ya financiados con otros fondos del presupuesto municipal, los gastos generales de mantenimiento de la asociación y las actividades no relacionadas con el proyecto.

Fuentes oficiales

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