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Ayudas Claras
Subvenciones Alicante Servicios sociales
Servicios sociales Alicante Versión legible elaborada con ayuda de inteligencia artificial a partir de fuentes oficiales.

Subvenciones a entidades sociales de Crevillent 2026

Subvención municipal para proyectos de acción social de entidades sin ánimo de lucro.

Lo que significa

Qué es
Subvención en concurrencia competitiva del Ayuntamiento de Crevillent para proyectos de acción social de entidades sin ánimo de lucro.
Para quién
Entidades y asociaciones sin ánimo de lucro que trabajan en el ámbito de los servicios sociales.
Cuánto
  • No hay cuantía fija: el crédito se reparte según los puntos que obtiene cada proyecto
    BloqueCuantía máxima del bloque
    1. Vulnerabilidad o exclusión social, familia e infanciaHasta 8.000 €
    2. Personas mayores, dependientes y diversidad funcionalHasta 8.000 €
    3. Prevención comunitaria y hábitos de vida saludablesHasta 2.000 €
    4. Cooperación internacional para el desarrolloHasta 1.000 €
    Son los importes máximos que el Ayuntamiento destina a cada bloque, no lo que recibe cada entidad: el reparto se hace multiplicando el valor del punto por la puntuación de cada proyecto que alcance 50 puntos sobre 100.
Qué cubre
  • Gastos del personal que ejecuta el proyecto

    Nóminas, seguros sociales, retribuciones brutas y la Seguridad Social a cargo de la entidad.

  • Gastos corrientes de funcionamiento necesarios para el proyecto

    Alquiler de la sede, suministros, seguros, mantenimiento de equipos informáticos, publicidad, material de oficina y otros materiales fungibles, y productos de alimentación.

Requisitos
  • Tu entidad está legalmente constituida e inscrita en un registro de asociaciones

    Vale el registro nacional de Asociaciones, el registro de Asociaciones de la Comunidad Valenciana o el registro de Asociaciones del Ayuntamiento de Crevillent.

  • Desarrollas tus actuaciones dentro del término municipal de Crevillent
  • Estás al corriente de tus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social
  • Ejecutas el proyecto durante el ejercicio 2026
  • Presentas como máximo dos proyectos
  • Tu proyecto alcanza al menos 50 puntos sobre 100 en la valoración
  • No estar inhabilitado para recibir subvenciones públicas Causas de exclusión (art. 13.2 Ley 38/2003):
    • Deudas con Hacienda o Seguridad Social.
    • Condena firme por delitos contra la administración (prevaricación, cohecho, malversación, fraude).
    • Concurso de acreedores.
    • Inhabilitación para contratar con el sector público.
    • Residencia fiscal en paraíso fiscal.
    • Otras causas listadas en el art. 13.2 de la Ley 38/2003.
Obligaciones
  • Justifica la subvención como fecha límite el 30 de octubre de 2026
  • Presenta una memoria de actuación con las actividades realizadas y sus resultados
  • Presenta una memoria económica con la relación clasificada de gastos y sus facturas
  • Acredita el pago efectivo de las facturas antes de que termine el plazo de justificación
  • Declara otros ingresos o subvenciones que hayan financiado la misma actividad
  • Cumple las obligaciones de publicidad activa y sométete al control financiero
Cuándo

La convocatoria no publica fechas concretas. La administración fija el plazo en el extracto del boletín oficial; consulta la fuente para conocerlo.

¿Te interesa esta ayuda?

Repasa rápidamente si encajas en los requisitos antes de seguir leyendo.

  • Eres una entidad o asociación sin ánimo de lucro
  • Estás inscrita en un registro oficial de asociaciones
  • Desarrollas tus actuaciones en el municipio de Crevillent
  • Tu proyecto encaja en uno de los cuatro bloques de acción social
  • Vas a ejecutar el proyecto durante el ejercicio 2026
  • Tu entidad tiene ánimo de lucro
  • Tu proyecto ya lo ejecuta directamente el Ayuntamiento de Crevillent
  • Tu proyecto se financia mediante subvención nominativa municipal
  • No estás al corriente con Hacienda y la Seguridad Social
  • Tu proyecto solo incluye gastos de inversión o gastos financieros
  • Tu proyecto no alcanza los 50 puntos mínimos de valoración

Cuánto puedes recibir

No hay una cantidad fija por entidad: el Ayuntamiento reparte el crédito de la convocatoria en función de los puntos que obtiene cada proyecto. Para recibir subvención tu proyecto debe alcanzar una puntuación mínima de 50 puntos sobre 100, y después se multiplica el valor del punto por tu puntuación para calcular la cuantía. Cada bloque tiene un tope: 8.000 € destinados al bloque 1, 8.000 € al bloque 2, 2.000 € al bloque 3 y 1.000 € al bloque 4.

Cómo solicitarla, paso a paso

  1. Elige el bloque de acción social en el que encaja tu proyecto

  2. Reúne la memoria de la entidad, el proyecto y su presupuesto de ingresos y gastos

  3. Rellena el modelo normalizado de solicitud aprobado por el Ayuntamiento

  4. Indica expresamente en la solicitud el bloque al que presentas el proyecto

  5. Presenta la solicitud en la sede electrónica del Ayuntamiento dentro de los 15 días hábiles

Documentación necesaria

  • Modelo normalizado de solicitud aprobado por el Ayuntamiento
  • Programa del proyecto para el que pides la subvención (Anexo I)
  • Presupuesto de gastos e ingresos del proyecto (Anexo II)
  • Memoria general de la entidad (Anexo III)
  • Presupuesto de gastos subvencionables (Anexo IV)
  • Certificados de estar al corriente con Hacienda y la Seguridad Social, cuando proceda
  • Hoja de mantenimiento de terceros, si fuera necesaria

Preguntas frecuentes

¿Cuántos proyectos puedo presentar?
Cada entidad puede presentar un máximo de dos proyectos. En la solicitud tienes que indicar expresamente a qué bloque presentas cada uno.
¿Puedo cobrar esta subvención si ya tengo otras ayudas para el mismo proyecto?
Sí, es compatible con otras ayudas públicas o privadas siempre que la suma no supere el coste total de la actividad. No se subvencionan los proyectos financiados mediante subvención nominativa municipal.
¿Qué gastos no me van a admitir?
No son subvencionables los gastos de inversión ni los gastos financieros.
¿Qué pasa si oculto o falseo datos en la solicitud?
El Ayuntamiento revoca la subvención y te exige devolver las cantidades percibidas más el interés de demora desde que se pagó la ayuda.
¿Cuánto tardan en resolver y qué pasa si no contestan?
El plazo máximo para resolver y notificar es de seis meses desde la publicación de la convocatoria. Si vence sin resolución, tu solicitud se entiende desestimada por silencio administrativo.

Fuentes oficiales

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