Subvenciones a asociaciones juveniles de Getafe 2026
Subvención municipal para el programa anual de actividades de entidades juveniles
Lo que significa
- Qué es
- Subvención por concurrencia competitiva del Ayuntamiento de Getafe para el programa anual de actividades de entidades juveniles.
- Para quién
- Asociaciones y entidades juveniles sin ánimo de lucro, y secciones juveniles de otras entidades, que desarrollan sus actividades mayoritariamente en el término municipal de Getafe.
- Cuánto
- Hasta el 100% del coste de tu proyecto. No hay importe fijo por entidad: se reparte entre las solicitudes seleccionadas según los puntos que obtenga cada una y nunca supera la cantidad que hayas solicitado.
- Qué cubre
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- Tu programa anual de actividades de carácter infantil y juvenil en el ocio y tiempo libre durante 2026
- Proyectos generales o específicos que refuercen los servicios que presta el Ayuntamiento
- Gastos del proyecto efectuados durante 2026, incluso antes de la concesión
- Requisitos
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- Tu entidad está legalmente constituida y en funcionamiento
- Estás inscrito en el Registro Municipal de Asociaciones y Entidades Ciudadanas de Getafe, con los datos actualizados cuando se abre el plazo
- No tienes deudas con el Ayuntamiento de Getafe por reintegro de subvenciones en período ejecutivo
- Dispones de las certificaciones negativas del Registro Central de Delincuentes Sexuales de las personas profesionales y voluntarias con trato habitual con menores
- Si tu proyecto se dirige a menores, se adapta a la normativa de protección integral de la infancia y la adolescencia de la Comunidad de Madrid
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No estar inhabilitado para recibir subvenciones públicas
Causas de exclusión (art. 13.2 Ley 38/2003):
- Deudas con Hacienda o Seguridad Social.
- Condena firme por delitos contra la administración (prevaricación, cohecho, malversación, fraude).
- Concurso de acreedores.
- Inhabilitación para contratar con el sector público.
- Residencia fiscal en paraíso fiscal.
- Otras causas listadas en el art. 13.2 de la Ley 38/2003.
- Obligaciones
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- Presenta la cuenta justificativa como máximo el último día hábil de enero del año siguiente al de la convocatoria
- Justifica los gastos con facturas y documentos de valor probatorio originales del proyecto subvencionado
- Acredita las medidas de difusión y publicidad del carácter público de los fondos recibidos
- Informa del importe y la procedencia de otras subvenciones o ingresos que hayan financiado el proyecto
- Mantén el cumplimiento de tus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social mientras dure tu derecho al cobro
- Acude a las reuniones de seguimiento que convoque el personal técnico de la delegación de Juventud
- Cuándo
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La convocatoria no publica fechas concretas. La administración fija el plazo en el extracto del boletín oficial; consulta la fuente para conocerlo.
¿Te interesa esta ayuda?
Repasa rápidamente si encajas en los requisitos antes de seguir leyendo.
- Tu asociación juvenil está inscrita en el registro municipal de entidades ciudadanas de Getafe
- Organizas actividades de ocio y tiempo libre para niñas, niños y jóvenes
- Tienes un programa anual de actividades previsto para 2026
- Eres una entidad social sin fin de lucro que trabaja en el ámbito juvenil
- Tu entidad no está inscrita en el registro municipal de asociaciones de Getafe
- Tienes deudas en período ejecutivo con el Ayuntamiento de Getafe por reintegro de subvenciones
- No dispones de las certificaciones negativas del Registro Central de Delincuentes Sexuales
- Buscas financiar un campamento de verano, que se solicita en otra línea
Cuánto puedes recibir
La línea de Programa Anual de Actividades reparte 22.000 € entre las entidades seleccionadas. No hay un importe fijo por entidad: se atribuye un valor económico a cada punto, que se obtiene dividiendo el presupuesto de la línea entre el total de puntos de todas las solicitudes que superan la puntuación mínima, y se multiplica por los puntos de tu solicitud. La subvención puede llegar al 100% del coste del proyecto y nunca supera la cantidad que hayas solicitado. Cobras un pago anticipado del 50% de la subvención concedida y el 50% restante después de justificar la realización del proyecto para el que se te concedió.
Cómo solicitarla, paso a paso
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Reúne los anexos y la documentación que exige la convocatoria
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Cumplimenta la solicitud de la línea de Programa Anual de Actividades
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Adjunta el proyecto con el presupuesto firmado por el representante legal de la entidad
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Presenta la solicitud en la sede electrónica del Ayuntamiento de Getafe con certificado digital cualificado de representante de la entidad
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Hazlo dentro de los 20 días hábiles siguientes a la publicación de la convocatoria en el boletín oficial de la Comunidad de Madrid
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Si el Ayuntamiento te lo requiere, subsana la documentación en 10 días hábiles
Documentación necesaria
- Solicitud de subvención (Anexo I)
- Proyecto para el que solicitas la subvención, con el presupuesto firmado por el representante legal (Anexo II)
- Certificado de la Secretaría de la entidad sobre la representación de la persona firmante, la composición de la Junta Directiva y las características de la entidad (Anexo III)
- Declaración responsable de la Presidencia de la entidad (Anexo IV)
- Declaración responsable de estar al corriente de obligaciones tributarias y de reintegro de subvenciones (Anexo IV-A)
- Fotocopia del CIF de la persona jurídica solicitante
- Fotocopia del DNI o NIE de la persona que firma la solicitud
- Fotocopia de los estatutos de la entidad
- Presupuesto anual de gastos e ingresos firmado por el representante legal