Becas de comedor escolar en Alcañiz curso 2026/2027
Hasta 86€ al mes por beneficiario para el comedor escolar durante el curso 2026/2027.
Lo que significa
- Qué es
- Subvención por concurrencia del Ayuntamiento de Alcañiz para pagar el comedor escolar del alumnado de segundo ciclo de Infantil y Primaria.
- Para quién
- Padres, madres o tutores legales de niños escolarizados en centros de Alcañiz que cursan segundo ciclo de Infantil o Primaria.
- Cuánto
- Hasta 86€ por beneficiario y mes, de septiembre de 2026 a junio de 2027
- Qué cubre
-
- Gastos del servicio de comedor escolar en centros sostenidos con fondos públicos de Alcañiz
- Los meses de septiembre de 2026 a junio de 2027 del curso escolar
- Requisitos
-
- Todos los miembros de tu unidad familiar estáis empadronados y residís en Alcañiz
- Los ingresos de tu unidad familiar en 2025 no superan el límite de renta fijado
El límite de renta se establece en 14.400€ anuales, resultado de multiplicar por dos el IPREM de 2025, fijado en 7.200€ anuales.
- No has obtenido esta beca por el mismo menor en los cursos 2024/2025 y 2025/2026
- No tienes deudas pendientes con el Ayuntamiento, la Hacienda estatal o autonómica ni la Seguridad Social
- No recibes ayudas de otras administraciones ni de entidades sociales para lo mismo
- No estás incurso en ningún expediente de reintegro de subvenciones públicas
-
No estar inhabilitado para recibir subvenciones públicas
Causas de exclusión (art. 13.2 Ley 38/2003):
- Deudas con Hacienda o Seguridad Social.
- Condena firme por delitos contra la administración (prevaricación, cohecho, malversación, fraude).
- Concurso de acreedores.
- Inhabilitación para contratar con el sector público.
- Residencia fiscal en paraíso fiscal.
- Otras causas listadas en el art. 13.2 de la Ley 38/2003.
- Obligaciones
-
- Matricula al menor en un centro sostenido con fondos públicos del término municipal de Alcañiz
- Procura que asista con regularidad a clase: faltar injustificadamente más del 20% de los días lectivos incumple la beca
- Haz un uso regular del servicio de comedor escolar durante el curso
- Abona al centro escolar la cuantía del servicio de comedor que corresponda
- Comunica al Ayuntamiento cualquier otra ayuda para la misma finalidad en los 10 días siguientes a su notificación
- Sométete a las actuaciones de comprobación y control financiero del Ayuntamiento
- Cuándo
-
La convocatoria no publica fechas concretas. La administración fija el plazo en el extracto del boletín oficial; consulta la fuente para conocerlo.
¿Te interesa esta ayuda?
Repasa rápidamente si encajas en los requisitos antes de seguir leyendo.
- Eres padre, madre o tutor legal de un alumno escolarizado en Alcañiz
- Tu hijo cursa segundo ciclo de Educación Infantil o Educación Primaria
- Todos los miembros de tu unidad familiar estáis empadronados y residís en Alcañiz
- La renta de tu unidad familiar en 2025 no superó los 14.400€
- Tu hijo usa el comedor de un centro sostenido con fondos públicos
- Has obtenido esta beca por el mismo menor en los cursos 2024/2025 y 2025/2026
- Los ingresos de tu unidad familiar en 2025 superan los 14.400€
- Tienes deudas pendientes con el Ayuntamiento, la Hacienda estatal o autonómica o la Seguridad Social
- Recibes otra ayuda pública o de entidades sociales para la misma finalidad
- Tu hijo estudia en un centro fuera del término municipal de Alcañiz
- Estás incurso en un expediente de reintegro de subvenciones públicas
Cuánto puedes recibir
Recibes como máximo 86€ al mes por beneficiario, de septiembre de 2026 a junio de 2027. El resto del importe del comedor lo asumes tú: en los centros públicos, la parte que señale el centro; en los privados concertados, la diferencia entre la ayuda concedida y el precio que fije la titularidad. Si las solicitudes superan el crédito de cada procedimiento, la cuantía se prorratea. El pago se hace al centro educativo cuando el menor asiste presencialmente al comedor, y a ti solo en caso contrario, en un plazo máximo de 60 días desde que se presenta correctamente la documentación de justificación.
Cómo solicitarla, paso a paso
-
Reúne la documentación de tu unidad familiar y los datos fiscales de 2025
-
Cumplimenta y firma la solicitud: un impreso por cada hijo para el que pidas la beca
-
Preséntala en la sede electrónica del Ayuntamiento o de forma presencial en el Registro General, de 9 a 14 horas de lunes a viernes
-
Si te lo requieren, subsana la documentación en 10 días hábiles desde la notificación
-
Presenta alegaciones en 10 días si no estás de acuerdo con la propuesta de resolución
Documentación necesaria
- Fotocopia del DNI o TIE en vigor de los progenitores o tutores legales del menor
- Libro de Familia con todos sus componentes o documentación que acredite los miembros de la unidad familiar
- En caso de acogida de menores, fotocopia de la resolución del órgano competente en materia de acogimientos
- En caso de separación o divorcio, sentencia judicial, convenio regulador o documento notarial en el que conste la custodia del menor
- Certificado de la Agencia Estatal de la Administración Tributaria sobre la declaración de la Renta de 2025 de cada miembro de la unidad familiar mayor de 16 años
- Si no estás obligado a declarar, certificado negativo de la Agencia Tributaria con los datos fiscales de 2025
- Si has pedido ayudas a otras administraciones para el mismo fin, fotocopia de la solicitud y de la resolución
- Si no las has pedido, certificado del centro donde esté escolarizado el menor acreditando esa situación