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Empleo Cataluña Versión legible elaborada con ayuda de inteligencia artificial a partir de fuentes oficiales.

Subvención FOAP 2026 a entidades de formación en Cataluña

Subvención a entidades de formación en Cataluña por cursos a personas desempleadas

Lo que significa

Qué es
Subvención por concurrencia del Servicio Público de Empleo de Cataluña a entidades de formación para cursos a personas desempleadas.
Para quién
Entidades de formación públicas o privadas, y agrupaciones de entidades, que imparten formación para el empleo en Cataluña.
Cuánto
  • Módulo económico de cada acción formativa multiplicado por el número de alumnos otorgados, con topes por entidad
    TopeValor
    Por entidad, según cifra de negocio90% de la media de tu cifra de negocio anual de 2023, 2024 y 2025
    Por entidad, sobre lo convocado1,6% del importe convocado
    Entidades nuevas, sin acciones en FOAP 2022-2024 o solo beneficiarias en FOAP 2025108.893,23 € (equivalente al importe medio de dos certificados profesionales completos)
    El tope del 90% no se aplica a la primera especialidad otorgada. Si tras la concurrencia queda presupuesto, el tope del 90% se levanta para un nuevo itinerario por entidad por orden de puntuación (hasta el 100% de la cifra de negocio; no aplica a entidades de nueva creación) y el tope del 1,6% queda sin efecto. En agrupaciones, los topes de 108.893,23 € y 1,6% se aplican a cada miembro.
Qué cubre
  • Certificados profesionales completos (grados C) o parciales (grados B) y periodos de formación en empresa de 80 horas
  • Especialidades no conducentes a certificado profesional de las familias FCO y CTR y las declaradas transversales en esta convocatoria
  • Formación complementaria optativa: prevención de riesgos laborales, derechos y deberes, igualdad de género, transición ecológica y empleabilidad

    Básico de Prevención de Riesgos Laborales (FCOS02): 30 horas. Derechos y deberes en el trabajo (CTRH0011): 5 horas. Igualdad de género en el ámbito laboral (CTRI0015): 5 horas. Fundamentos para una transición ecológica (CTRT0004): 5 horas; las tres pueden integrarse en el itinerario ITCTR0001 de 15 horas. Estrategias para la mejora de la empleabilidad (CTRO0018): 20 horas.

Requisitos
  • Tu entidad está inscrita o acreditada en el Registro de entidades de formación (para formación presencial también vale estar pendiente de resolución de alta)
  • Tu entidad consta de alta en GIA y tiene establecimiento operativo en Cataluña al inicio del plazo de solicitud
  • Las especialidades que solicitas están priorizadas en tu comarca con una puntuación mínima de 5 puntos
  • Solicitas grupos de 10 a 15 alumnos con carácter general
  • Dispones de medios técnicos, humanos y materiales para programar, impartir, coordinar y controlar la formación
  • Cumples la cuota de reserva del 2% de puestos para personas con discapacidad si tienes 50 o más trabajadores
  • Te adhieres al código ético de las bases reguladoras
  • No estar inhabilitado para recibir subvenciones públicas Causas de exclusión (art. 13.2 Ley 38/2003):
    • Deudas con Hacienda o Seguridad Social.
    • Condena firme por delitos contra la administración (prevaricación, cohecho, malversación, fraude).
    • Concurso de acreedores.
    • Inhabilitación para contratar con el sector público.
    • Residencia fiscal en paraíso fiscal.
    • Otras causas listadas en el art. 13.2 de la Ley 38/2003.
Obligaciones
  • Al menos el 70% de los participantes deben ser personas desempleadas; los ocupados no pueden superar el 30%
  • Los alumnos deben estar inscritos en las oficinas de trabajo el día anterior a su alta en la acción formativa
  • Presenta el certificado de inicio de las actuaciones, la memoria explicativa y la memoria económica por Canal Empresa o EACAT
  • Custodia la documentación del proceso de selección del alumnado, las fichas de los alumnos y los controles de asistencia de las sesiones virtuales
  • No cambies de especialidad formativa ni amplíes el plazo de ejecución tras el otorgamiento, salvo causa de fuerza mayor
  • Mantén actualizadas en GIA las condiciones que dieron derecho al alta de tus especialidades formativas
Cuándo
  • Abre: 14 de septiembre de 2026 Fecha calculada según la convocatoria oficial. Pueden existir matices (festivos locales, modificaciones posteriores); confirma siempre con la fuente oficial antes del último día.
  • Último día: 28 de septiembre de 2026 Fecha calculada según la convocatoria oficial. Pueden existir matices (festivos locales, modificaciones posteriores); confirma siempre con la fuente oficial antes del último día.

¿Te interesa esta ayuda?

Repasa rápidamente si encajas en los requisitos antes de seguir leyendo.

  • Eres una entidad de formación inscrita o acreditada en el Registro de entidades de formación
  • Tu entidad tiene establecimiento operativo en Cataluña
  • Tu entidad consta de alta en la aplicación GIA al inicio del plazo de solicitud
  • Quieres impartir certificados profesionales (grados C o B) o formación en empresa de 80 horas
  • Formas parte de una agrupación de entidades de formación
  • Tu entidad no tiene establecimiento operativo en Cataluña
  • Tu entidad no consta de alta en GIA al inicio del plazo de solicitud
  • Tu entidad ya ha presentado una solicitud: solo se admite una por entidad
  • Tienes una sanción firme de exclusión del acceso a ayudas de programas de empleo o formación
  • Tienes una sanción o condena vigente por prácticas laborales discriminatorias por razón de sexo

Cuánto puedes recibir

El importe se calcula multiplicando el módulo económico de cada acción formativa por el número de alumnos otorgados; el módulo lo fija una resolución específica de módulos económicos publicada el 5 de junio de 2026. Con carácter general tu entidad no puede recibir más del 90% de la media de su cifra de negocio anual de 2023, 2024 y 2025 (este tope no se aplica a la primera especialidad otorgada) ni más del 1,6% del importe convocado. Las entidades de nueva creación, las que no han tenido acciones otorgadas en FOAP 2022, 2023 y 2024 y las que solo han sido beneficiarias en FOAP 2025 tienen un máximo de 108.893,23 €, el importe medio de dos certificados profesionales completos. En ningún caso la subvención puede superar, sola o sumada a otras ayudas, el coste de la actividad subvencionada.

Cómo solicitarla, paso a paso

  1. Comprueba que tu entidad consta de alta en GIA y tiene establecimiento operativo en Cataluña antes de que se abra el plazo

  2. Consulta las especialidades priorizadas en tu comarca en la resolución de priorización de la oferta formativa 2026

  3. Mecaniza en la aplicación GIA las acciones formativas que solicitas, indicando el orden de prioridad de la formación complementaria transversal

  4. Presenta una única solicitud por entidad en la sede electrónica de la Generalitat o por EACAT, buscando el trámite FOAP 2026, entre las 9.00 h del 14 de septiembre y las 15.00 h del 28 de septiembre de 2026

  5. Firma las declaraciones responsables incluidas en la solicitud para acreditar los requisitos

Documentación necesaria

  • Solicitud según el modelo del trámite FOAP 2026, con las declaraciones responsables incluidas
  • Declaración sobre otras ayudas solicitadas u obtenidas para las mismas acciones formativas
  • Documento acreditativo del registro como entidad acreditada para impartir en modalidad virtual o teleformación y de los centros para las sesiones presenciales (solo si solicitas especialidades virtuales no dadas de alta en el Registro)
  • Acuerdo de colaboración para acciones formativas para entidades asociadas (solo si hay miembros asociados o agrupados)
  • Declaraciones responsables de los miembros asociados/agrupados a la entidad solicitante (solo si hay miembros asociados o agrupados)
  • Declaración sobre la actividad de la entidad en políticas de empleo, su capacidad y su vinculación en el sector profesional (solo entidades sin acciones en FOAP 2022, 2023 y 2024 o solo beneficiarias en FOAP 2025)

Preguntas frecuentes

¿Puedo presentar más de una solicitud?
No. Solo se admite una solicitud por entidad. Tampoco se pueden reformular las solicitudes de esta subvención.
¿Puedo cambiar de especialidad o ampliar el plazo de ejecución una vez concedida?
No, salvo causa de fuerza mayor: hechos no imputables al centro, que no sean previsibles ni consecuencia de una planificación insuficiente de la entidad.
¿Es compatible con otras ayudas?
La subvención, sola o junto con otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos, no puede superar el coste de la actividad subvencionada. Debes declarar las otras ayudas pedidas u obtenidas para las mismas acciones.
¿Puedo renunciar a parte de la subvención?
Sí, puedes renunciar parcialmente al otorgamiento por causas justificadas, solicitándolo al órgano competente. Si hay que devolver dinero, los intereses de demora se calculan desde la fecha del pago hasta la resolución de reintegro.
¿Hay un mínimo de alumnos para empezar un curso?
No. En esta convocatoria no hay un mínimo de alumnos para iniciar las acciones formativas, siempre que se respete el porcentaje mínimo de personas desempleadas.

Fuentes oficiales

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