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Ayudas Claras
Ayudas Bizkaia Servicios sociales
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Ayuda a tratamientos de menores con discapacidad en Durango

Porcentaje del coste del tratamiento según renta y grado de discapacidad

Lo que significa

Qué es
Subvención por concurrencia competitiva del Ayuntamiento de Durango para los tratamientos terapéuticos de menores con discapacidad
Para quién
Menores de entre 6 y 18 años con discapacidad; la solicitud la presenta la propia persona beneficiaria o quien ejerce su tutela
Cuánto
  • Porcentaje sobre la cuantía solicitada, según renta, grado de discapacidad y número de convivientes
    DiscapacidadPersonas en la unidad convivencial≤ LGS/SMI≤ 1,5 LGS/SMI≤ 2 LGS/SMI≤ 2,5 LGS/SMI≤ 3 LGS/SMI
    33% - 64%1-270%50%30%10%0%
    33% - 64%380%60%40%20%10%
    33% - 64%485%70%45%30%20%
    33% - 64%5 o más95%95%95%95%95%
    Más del 64%1-280%60%40%20%0%
    Más del 64%390%70%50%30%10%
    Más del 64%495%80%55%40%20%
    Más del 64%5 o más95%95%95%95%95%
    Las columnas expresan la renta anual de la unidad convivencial (ingresos brutos y rendimientos de capital) en relación con el SMI. La convocatoria añade que el porcentaje de la subvención no podrá superar el 80% del presupuesto del tratamiento a recibir. Aviso: al enumerar los factores del baremo, el texto sitúa los tramos de discapacidad en 33%-65% y superior al 65%, mientras que la tabla los fija en 33%-64% y más del 64%; si el grado reconocido es del 65%, confirma el tramo aplicable con el Ayuntamiento de Durango.
Qué cubre
  • Tratamientos individuales y grupales de logopedia y fisioterapia
  • Apoyo en el aprendizaje y atención psicopedagógica
  • Tratamientos de autonomía personal
Requisitos
  • El menor tiene entre 6 y 18 años, desde el día en que cumple 6 hasta el día anterior a cumplir 18
  • Tiene reconocida una discapacidad de al menos el 33% por la Diputación Foral de Bizkaia
  • Figura en el padrón de Durango durante al menos los doce meses ininterrumpidos anteriores a la solicitud
  • Recibe los tratamientos en entidades especializadas en el desarrollo infanto-juvenil con habilitación legal
  • Los gastos que presentas corresponden al periodo de enero a diciembre de 2026
  • No estar inhabilitado para recibir subvenciones públicas Causas de exclusión (art. 13.2 Ley 38/2003):
    • Deudas con Hacienda o Seguridad Social.
    • Condena firme por delitos contra la administración (prevaricación, cohecho, malversación, fraude).
    • Concurso de acreedores.
    • Inhabilitación para contratar con el sector público.
    • Residencia fiscal en paraíso fiscal.
    • Otras causas listadas en el art. 13.2 de la Ley 38/2003.
Obligaciones
  • Presenta la justificación en los dos primeros meses del año siguiente a la concesión, con fecha límite el 26 de febrero de 2027
  • Entrega la hoja de justificación con la relación numerada de facturas y sus justificantes de pago
  • Aporta facturas que indiquen el nombre del menor, la entidad que da el tratamiento, la fecha, el nombre del tratamiento y el importe abonado
  • Facilita al departamento que tramita el expediente y a la Intervención municipal toda la documentación que te requieran
  • Devuelve la totalidad de la ayuda si no entregas la documentación justificativa en plazo
  • Ten en cuenta que si justificas menos importe del debido se aplica la regla de proporcionalidad
Cuándo
  • Abre: Consulta directamente con la administración
  • Último día: 30 de octubre de 2026 Fecha calculada según la convocatoria oficial. Pueden existir matices (festivos locales, modificaciones posteriores); confirma siempre con la fuente oficial antes del último día.

¿Te interesa esta ayuda?

Repasa rápidamente si encajas en los requisitos antes de seguir leyendo.

  • El menor tiene entre 6 y 18 años
  • Tiene reconocida una discapacidad de al menos el 33% por la Diputación Foral de Bizkaia
  • Figura en el padrón de Durango desde hace doce meses ininterrumpidos
  • Recibe tratamientos de logopedia, fisioterapia o apoyo en el aprendizaje
  • Los tratamientos se imparten en entidades con habilitación legal
  • Los gastos del tratamiento corresponden al año 2026
  • El menor aún no ha cumplido 6 años o ya cumplió 18
  • La discapacidad reconocida es inferior al 33%
  • No lleva doce meses ininterrumpidos empadronado en Durango
  • Lo que quieres financiar son clases de natación
  • Los gastos del tratamiento son de un año distinto a 2026

Cuánto puedes recibir

Recibes un porcentaje del coste del tratamiento sobre la cuantía que solicitas. Ese porcentaje sale de un baremo que tiene en cuenta la renta anual de tu unidad convivencial, el grado de discapacidad reconocido y el número de personas que la componen; la convocatoria precisa que no podrá superar el 80% del presupuesto del tratamiento a recibir. El cobro se hace en dos partes: el 80% de la ayuda se tramita el mes siguiente al de la notificación, sin exigirte ninguna garantía, y el 20% restante se abona una vez justificada la ayuda recibida.

Cómo solicitarla, paso a paso

  1. Reúne la documentación exigida y cumplimenta el modelo oficial de solicitud del Anexo I

  2. Presenta la solicitud, como persona beneficiaria o como su tutora o tutor, en el registro general del Ayuntamiento de Durango o en su sede electrónica

  3. Si tu solicitud está incompleta, subsana la falta o aporta los documentos que te pidan en el plazo de diez días

  4. Espera a que el Área de Acción Social evalúe tu solicitud y verifique requisitos y documentación

Documentación necesaria

  • Modelo oficial de solicitud (Anexo I)
  • DNI o libro de familia completo de la persona beneficiaria
  • DNI de la persona que ejerce la patria potestad o la representación legal
  • Facturas y/o presupuesto del año en curso de las entidades que imparten los tratamientos, con el nombre del tratamiento y el año 2026
  • Libreta de ahorro o cuenta bancaria cuya persona titular sea el menor con discapacidad
  • Resolución del reconocimiento de la discapacidad expedida por la Diputación Foral de Bizkaia
  • Si las personas que ejercen la tutela están separadas o divorciadas, documentación del régimen regulador sobre la contribución a los gastos de los menores a cargo
  • Declaración de la renta del ejercicio anterior de cada persona de la unidad convivencial
  • Certificado de estar al corriente de obligaciones con la Tesorería General de la Seguridad Social
  • Certificado de estar al corriente de obligaciones tributarias con la Diputación Foral de Bizkaia

Preguntas frecuentes

¿Puedo cobrar esta ayuda si ya recibo otra para lo mismo?
Sí. Es compatible con otras ayudas que concedan o establezcan otras administraciones públicas para la misma finalidad. Eso sí, la suma de todas no puede superar el 100% del gasto.
¿Qué pasa si no justifico la ayuda a tiempo?
Si no entregas la documentación justificativa en plazo, tendrás que devolver la totalidad de la cantidad recibida. Si justificas menos importe del debido, se aplica la regla de proporcionalidad.
Me falta un documento en la solicitud, ¿puedo corregirla?
Sí. Si la solicitud está incompleta o le falta documentación, te requerirán para que en diez días subsanes la falta o aportes los documentos. Si no lo haces, se entenderá que desistes de tu petición.
¿Se publicará mi nombre si me conceden la ayuda?
No. Las resoluciones de estas ayudas no son objeto de publicidad, para salvaguardar el honor y la intimidad personal y familiar de las personas beneficiarias.
¿Puedo recurrir la resolución?
Sí. Puedes interponer recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses desde el día siguiente a la notificación. Antes, y de forma potestativa, cabe recurso de reposición en un mes ante el mismo órgano que dictó la resolución.

Fuentes oficiales

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