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Ayudas Claras
Ayudas Gipuzkoa Servicios sociales
Servicios sociales Gipuzkoa Versión legible elaborada con ayuda de inteligencia artificial a partir de fuentes oficiales.

Ayuda para material escolar de Primaria y ESO en Irura

Hasta 110 € para material escolar de Primaria y ESO, según los ingresos familiares.

Lo que significa

Qué es
Subvención del Ayuntamiento de Irura para el gasto en material escolar del alumnado de Primaria y ESO, con importe fijado según los ingresos de la familia.
Para quién
Familias del alumnado de Educación Primaria y ESO escolarizado en Irura o en centros escolares de su entorno.
Cuánto
  • Importe según los ingresos de la familia
    Ingresos de la familiaAyuda máxima
    Hasta 1,6 veces el SMI110 €
    Hasta 2,1 veces el SMI90 €
    Hasta 2,6 veces el SMI50 €
    Más de 2,6 veces el SMISin ayuda
    Se tiene en cuenta la cantidad del apartado «Total componentes positivos» de la declaración de la renta del año anterior. A las familias exentas de declarar se les reconoce directamente la cantidad máxima.
Qué cubre
  • Material de escritorio y fungible

    Lápices, bolígrafos, borradores, clips, afiladores, reglas, escuadras, cartabones, transportadores, cuadernos y folios.

  • Material no fungible

    Carpetas, clasificadores, archivador, estuches, calculadoras, compases y mochilas escolares.

  • Compras de material escolar hechas entre el 1 de julio y el 30 de septiembre
Requisitos
  • Estás empadronado en Irura y resides allí en el momento de presentar la solicitud.
  • El alumno está matriculado en un centro de Irura o de la zona en el curso que va a empezar.
  • Los ingresos de tu familia no superan el umbral fijado en la convocatoria

    Se toma la cantidad del apartado «Total componentes positivos» de la declaración de la renta del año anterior. Por encima de 2,6 veces el salario mínimo interprofesional no hay ayuda.

  • Presentaste la declaración de la renta del año anterior si estabas obligado a hacerlo.
  • Conservas facturas o tickets del material escolar con los productos comprados detallados.
  • No estar inhabilitado para recibir subvenciones públicas Causas de exclusión (art. 13.2 Ley 38/2003):
    • Deudas con Hacienda o Seguridad Social.
    • Condena firme por delitos contra la administración (prevaricación, cohecho, malversación, fraude).
    • Concurso de acreedores.
    • Inhabilitación para contratar con el sector público.
    • Residencia fiscal en paraíso fiscal.
    • Otras causas listadas en el art. 13.2 de la Ley 38/2003.
Obligaciones
  • Cumple las obligaciones generales que la normativa vigente exige a las personas beneficiarias.
  • Entrega la documentación o las aclaraciones que te pida el Ayuntamiento una vez aceptada tu solicitud.
  • Mantén las condiciones previstas en la convocatoria: si incumples alguna, la ayuda puede reducirse o extinguirse.
  • Al presentar la solicitud aceptas el contenido de las bases que regulan esta subvención.
Cuándo
  • Abre: Consulta directamente con la administración
  • Último día: 9 de octubre de 2026 Fecha calculada según la convocatoria oficial. Pueden existir matices (festivos locales, modificaciones posteriores); confirma siempre con la fuente oficial antes del último día.

¿Te interesa esta ayuda?

Repasa rápidamente si encajas en los requisitos antes de seguir leyendo.

  • Tienes hijos matriculados en Educación Primaria o en ESO.
  • Estás empadronado en Irura y resides allí al presentar la solicitud.
  • Tus hijos estudian en un centro escolar de Irura o de la zona.
  • Has comprado material escolar entre el 1 de julio y el 30 de septiembre.
  • Presentaste la declaración de la renta del año anterior o estás exento de hacerlo.
  • Tus ingresos superan 2,6 veces el salario mínimo interprofesional.
  • No estás empadronado ni resides en Irura cuando presentas la solicitud.
  • El alumno no está matriculado en un centro de Irura o de su entorno.
  • Estabas obligado a declarar la renta y no presentaste la declaración.
  • No conservas facturas o tickets con los productos comprados detallados.

Cuánto puedes recibir

Recibes hasta 110 € si los ingresos de tu familia no superan 1,6 veces el salario mínimo interprofesional; hasta 90 € si no pasan de 2,1 veces, y hasta 50 € si no pasan de 2,6 veces. Por encima de 2,6 veces no hay ayuda. Si estás exento de declarar la renta, se te reconoce directamente la cantidad máxima. El Ayuntamiento hace efectivo el pago una vez resuelta la concesión, y puede aplicar una reducción si la partida municipal no tiene saldo suficiente para atender todas las solicitudes.

Cómo solicitarla, paso a paso

  1. Reúne las facturas o tickets del material escolar comprado entre el 1 de julio y el 30 de septiembre, con los productos detallados.

  2. Consigue el documento que acredite que el alumno está matriculado en un centro de Irura o de la zona.

  3. Prepara el documento bancario que acredite la titularidad de tu cuenta corriente.

  4. Presenta una única solicitud, indicando el número de alumnos y sus nombres si pides la ayuda para varios.

  5. Entrégala en el Registro de Entrada del Ayuntamiento de Irura o por vía electrónica en su sede electrónica.

  6. Si te requieren subsanar algo, corrige la solicitud o aporta los documentos en diez días hábiles.

Documentación necesaria

  • Impreso de solicitud de las ayudas para la adquisición de material escolar
  • Documento en el que conste que el alumno está matriculado en un centro de Irura o de la zona
  • Documento bancario con la cuenta corriente y la titularidad del solicitante
  • Facturas o tickets de los gastos de material escolar realizados entre el 1 de julio y el 30 de septiembre, con los productos detallados
  • DNI o NIE, padrón y declaración de la renta, salvo que autorices al Ayuntamiento a comprobarlos

Preguntas frecuentes

¿Tengo que presentar una solicitud por cada hijo?
No. Si pides la ayuda para más de un alumno, presentas una sola solicitud indicando el número de alumnos y sus nombres.
¿Qué pasa si me falta algún documento?
El Ayuntamiento te requerirá para que lo subsanes en un plazo de diez días hábiles. Si no lo haces, se te tendrá por desistido y tu solicitud se archivará.
¿Qué ocurre si no presenté la declaración de la renta?
Si estabas obligado a presentarla y no lo hiciste, se deniega la subvención. Si estás exento de declarar, se te reconoce directamente la cantidad máxima.
¿Cuánto puedo tardar en tener respuesta?
Si en los tres meses siguientes al fin del plazo de presentación no se ha dictado resolución expresa, tu solicitud se entiende desestimada.
¿Pueden concederme menos de lo que me corresponde por tramo?
Sí. Si la partida municipal no dispone de saldo suficiente para atender todas las solicitudes, el Ayuntamiento puede aplicar una reducción.

Fuentes oficiales

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