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Ayudas Claras
Subvenciones Gipuzkoa Servicios sociales
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Subvenciones a asociaciones de acción social de Eibar

Hasta 2.000€ por asociación para proyectos de acción social en Eibar.

Lo que significa

Qué es
Subvención en concurrencia competitiva del Ayuntamiento de Eibar para proyectos de acción social de asociaciones.
Para quién
Asociaciones sin ánimo de lucro que trabajan en acción social y servicios sociales con colectivos de Eibar.
Cuánto
Hasta 2.000€ por asociación, con 500€ adicionales si las actividades toman como referencia la diversidad cultural del municipio.
Qué cubre
  • Gastos de mantenimiento de la sede de la asociación en Eibar

    Alquiler del local, agua y basuras, electricidad, calefacción, conexión a internet, teléfono fijo y limpieza. Si la sede no está en el municipio, se admiten gastos indirectos de funcionamiento (alquiler, luz, agua, teléfono y similares) hasta el 5% de la subvención, con un máximo de 50 euros.

  • Otros gastos ligados directamente a la actividad subvencionada

    Imprenta, comunicación y difusión (ruedas de prensa, grabaciones, identidad visual, mailings, página web, fotografías); suministros y materiales no inventariables; seguros que cubran las actividades; gastos de administración como material de oficina y correo; y avituallamientos esenciales ligados obligatoriamente al protocolo de la actividad.

  • Gastos del personal de la asociación que participe directamente en las actividades, en la parte proporcional imputable a Eibar
Requisitos
  • Eres una asociación sin ánimo de lucro
  • Estás inscrita en el registro correspondiente del Gobierno Vasco
  • Desarrollas tu actividad en el ámbito de la acción social y los servicios sociales en Eibar
  • La actividad va dirigida a colectivos sociales de Eibar
  • Las actividades se desarrollan dentro del término municipal de Eibar o se inician en él
  • Solo se subvenciona un proyecto por asociación, y únicamente las actividades incluidas en él

    Cada proyecto se valora con un máximo de 50 puntos: hasta 30 por las características del programa (calidad e interés, actividad continuada a lo largo del año y presupuesto ajustado a la subvención solicitada, 10 puntos cada apartado) y hasta 20 por las características de la entidad (colaboración con el Ayuntamiento de Eibar y sede o centro de reunión en el municipio, 10 puntos cada apartado). Se exige un mínimo de 30 puntos.

  • No estar inhabilitado para recibir subvenciones públicas Causas de exclusión (art. 13.2 Ley 38/2003):
    • Deudas con Hacienda o Seguridad Social.
    • Condena firme por delitos contra la administración (prevaricación, cohecho, malversación, fraude).
    • Concurso de acreedores.
    • Inhabilitación para contratar con el sector público.
    • Residencia fiscal en paraíso fiscal.
    • Otras causas listadas en el art. 13.2 de la Ley 38/2003.
Obligaciones
  • Justifica el cumplimiento de la finalidad y la aplicación de los fondos; el plazo finaliza el 26 de febrero de 2027
  • Presenta la justificación final por la modalidad de cuenta justificativa, de forma electrónica
  • Entrega una memoria de actuación limitada a las actividades realizadas o iniciadas en Eibar
  • Aporta la relación clasificada de gastos e ingresos en formato editable, con ingresos y gastos coincidentes
  • Adjunta las facturas y los justificantes de pago ordenados según la relación de gastos e ingresos
  • Pide tres ofertas de proveedores distintos si el gasto supera 15.000 € en suministros y servicios o 40.000 € en obras, IVA excluido
Cuándo
  • Abre: 13 de octubre de 2026 Fecha calculada según la convocatoria oficial. Pueden existir matices (festivos locales, modificaciones posteriores); confirma siempre con la fuente oficial antes del último día.
  • Último día: 3 de noviembre de 2026 Fecha calculada según la convocatoria oficial. Pueden existir matices (festivos locales, modificaciones posteriores); confirma siempre con la fuente oficial antes del último día.

¿Te interesa esta ayuda?

Repasa rápidamente si encajas en los requisitos antes de seguir leyendo.

  • Eres una asociación sin ánimo de lucro
  • Estás inscrita en el registro de asociaciones del Gobierno Vasco
  • Trabajas en el ámbito de la acción social y los servicios sociales
  • Tu actividad va dirigida a colectivos sociales de Eibar
  • Realizas o inicias las actividades dentro del municipio de Eibar
  • Tu entidad tiene ánimo de lucro
  • No estás inscrita en el registro de asociaciones del Gobierno Vasco
  • Tu actividad no va dirigida a colectivos sociales de Eibar
  • Las actividades se desarrollan íntegramente fuera del municipio de Eibar
  • Tu proyecto no alcanza los 30 puntos mínimos de la valoración

Cuánto puedes recibir

El importe máximo que se concede a cada asociación es de 2.000 €. Esa cuantía se incrementa en 500 euros adicionales cuando las actividades incluyen como contexto de referencia la diversidad cultural del municipio. Solo se subvenciona un proyecto por asociación, y únicamente cuentan las actividades incluidas en el proyecto presentado.

Cómo solicitarla, paso a paso

  1. Comprueba que tu asociación está inscrita en el registro correspondiente del Gobierno Vasco

  2. Cumplimenta el proyecto de la actividad y el presupuesto de gastos e ingresos en los modelos oficiales

  3. Reúne el NIF de la asociación, los estatutos y el justificante de titularidad de la cuenta bancaria

  4. Consigue un certificado digital para poder hacer el trámite electrónicamente

  5. Presenta la solicitud a través de la página web municipal entre el 13 de octubre y el 3 de noviembre de 2026

  6. Si te requieren subsanación, aporta lo que falte en el plazo máximo e improrrogable de diez días hábiles

Documentación necesaria

  • NIF de la asociación solicitante
  • Estatutos de la asociación junto con el justificante de su inscripción en el Registro correspondiente del Gobierno Vasco
  • En caso de representación legal, DNI o documento equivalente del representante y acreditación documental de la representación
  • Documento justificativo actualizado de la titularidad de la cuenta bancaria de la entidad (extracto bancario, libreta, certificado del banco o el impreso Titular-cuenta, modelo GI3002_D002)
  • Proyecto de la actividad objeto de subvención (modelo GI3002_D003)
  • Presupuesto de gastos e ingresos del programa o actividad, en formato editable (modelo GI3002_D005)
  • Declaración responsable sobre otras subvenciones y ayudas solicitadas o cobradas (modelo GI3002_D004)

Preguntas frecuentes

¿Se puede subvencionar más de un proyecto por asociación?
No. Solo podrá subvencionarse un proyecto por asociación, y únicamente serán objeto de subvención las actividades incluidas en ese proyecto.
¿Qué pasa si la sede de mi asociación no está en Eibar?
Puedes imputar gastos indirectos de funcionamiento, como el alquiler del local, la luz, el agua o el teléfono. El porcentaje máximo imputable por gastos indirectos es el 5% de la subvención, con un máximo de 50 euros.
¿Se pueden financiar comidas o lunch?
No, salvo los avituallamientos esenciales ligados obligatoriamente al protocolo de la actividad que sean un requisito de salud o seguridad para los participantes directos.
¿Cuánto tarda la resolución?
El plazo máximo para resolver y notificar es de 4 meses desde el día siguiente a la publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial de Gipuzkoa. Después dispones de 15 días naturales para renunciar a la subvención si no te interesa.
¿Qué gastos no se subvencionan?
No se subvencionan los impuestos indirectos recuperables, los gastos bancarios, intereses, recargos y sanciones, los gastos de procedimientos judiciales ni los desplazamientos y dietas de los profesionales que participen en la actividad.

Fuentes oficiales

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