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Ayudas Claras
AyudasSubvenciones Cataluña Empleo
Empleo Cataluña Versión legible elaborada con ayuda de inteligencia artificial a partir de fuentes oficiales.

Subvenciones a la formación de trabajadores en Cataluña

Subvención por concurrencia para programas de formación de trabajadores ocupados.

Lo que significa

Qué es
Subvención por concurrencia competitiva del Consorcio para la Formación Continua de Cataluña para programas de formación en el trabajo.
Para quién
Entidades de formación: empresas de cualquier tamaño, autónomos y entidades sin actividad económica que imparten los cursos.
Cuánto
El importe se calcula por módulos económicos según las acciones formativas, con un mínimo de 12.000€ por programa
Qué cubre
  • Programas de formación transversales: competencias digitales, competencias transversales y +Talent
  • Programas de formación sectoriales: agroalimentaria, comercio, construcción, educación, industria, sanidad, servicios a las empresas, transportes y turismo
  • Las acciones formativas recogidas en los anexos de la convocatoria
Requisitos
  • Tu programa de formación incluye más de una acción formativa
  • El importe que solicitas no es inferior a 12.000€
  • Las acciones formativas que propones constan en los anexos de la convocatoria
  • Acreditas que tu centro cumple los requisitos oficiales que exigen los programas formativos de algunas especialidades
  • Introduces las acciones formativas y el número de participantes previstos en la aplicación Conforcat
Obligaciones
  • Ejecuta la formación desde el día siguiente a la notificación de la concesión y hasta el 9 de diciembre de 2027
  • Presenta la justificación en los dos meses siguientes al final de la última acción formativa
  • Limita la participación de personas desempleadas al 30% del total de participantes
  • Conserva los controles de asistencia firmados de cada sesión y los registros del aula virtual
  • Da publicidad del carácter público de la financiación del programa
  • Devuelve el importe correspondiente si renuncias total o parcialmente a la subvención
Cuándo
  • Abre: Consulta directamente con la administración
  • Último día: 30 de septiembre de 2026 Fecha calculada según la convocatoria oficial. Pueden existir matices (festivos locales, modificaciones posteriores); confirma siempre con la fuente oficial antes del último día.

¿Te interesa esta ayuda?

Repasa rápidamente si encajas en los requisitos antes de seguir leyendo.

  • Eres una entidad que quiere impartir formación a personas trabajadoras ocupadas en Cataluña
  • Tu programa agrupa más de una acción formativa
  • Solicitas un importe de 12.000€ o más
  • Quieres impartir formación de los ámbitos transversales o sectoriales convocados
  • Puedes impartir los cursos de forma presencial, por teleformación o en modalidad mixta
  • Tu programa está formado por una sola acción formativa
  • El importe que solicitas es inferior a 12.000€
  • Las acciones formativas que propones no figuran en los anexos de la convocatoria
  • No puedes acreditar los requisitos oficiales exigidos a los centros de formación

Cuánto puedes recibir

El importe que pides se calcula a partir de las acciones formativas que introduces en la aplicación Conforcat, aplicando los módulos económicos actualizados para 2026. Tu programa no puede solicitar menos de 12.000€. Una vez concedida la ayuda y antes de empezar la formación puedes cobrar un anticipo de como máximo el 80% del importe concedido; el 20% restante se paga cuando terminas y justificas la actividad.

Cómo solicitarla, paso a paso

  1. Introduce en la aplicación Conforcat las acciones formativas y el número de participantes previstos

  2. Reúne la documentación que acredita los requisitos oficiales de tu centro de formación

  3. Presenta el formulario de solicitud con la documentación anexa antes del 30 de septiembre de 2026 a las 14.00 h

  4. Reformula el programa si el importe que te proponen es inferior al que solicitaste

  5. Consulta la resolución en el tablón electrónico de la Generalitat de Cataluña

Documentación necesaria

  • Formulario de solicitud con la documentación anexa
  • Relación de acciones formativas y número de participantes previstos, introducida en la aplicación Conforcat
  • Documentación acreditativa del cumplimiento de los requisitos oficiales de los centros de formación

Preguntas frecuentes

¿Puedo impartir los cursos online?
Sí. Puedes usar el aula virtual para toda la especialidad formativa, salvo los contenidos que necesiten espacios, instalaciones o equipamiento para prácticas presenciales.
¿Pueden participar personas que están en paro?
Sí, las personas desempleadas inscritas en el Servicio Público de Empleo de Cataluña, siempre que no superen el 30% del total de participantes.
¿Qué pasa si me conceden menos dinero del que pedí?
Una vez publicada la propuesta de resolución provisional puedes reformular el programa para ajustarlo al importe otorgado.
¿Cuánto tardan en resolver la convocatoria?
La resolución se dicta y publica en un plazo máximo de seis meses desde la publicación de la convocatoria. Si pasa ese plazo sin respuesta, la solicitud se entiende desestimada.
¿Qué asistencia se exige a las personas participantes?
En formación presencial solo pueden ser evaluadas las personas que tengan un mínimo del 75% de asistencia.

Fuentes oficiales

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