Subvenciones a asociaciones sociales de Almuñécar
Subvención para asociaciones del área de servicios sociales de Almuñécar
Lo que significa
- Qué es
- Subvención en concurrencia competitiva del Ayuntamiento de Almuñécar para las asociaciones del área de servicios sociales, en el ejercicio 2026.
- Para quién
- Asociaciones del área de servicios sociales del Ayuntamiento de Almuñécar.
- Cuánto
- La convocatoria no fija la cuantía que corresponde a cada asociación: se conceden en concurrencia competitiva y la concesión está limitada a la disponibilidad presupuestaria del ejercicio. Consulta directamente con la administración.
- Qué cubre
- Los gastos subvencionables que recogen las bases reguladoras de las subvenciones para asociaciones del área de servicios sociales
- Requisitos
-
- Eres una asociación del área de servicios sociales de Almuñécar
- Cumples los requisitos y presentas la documentación que exigen las bases reguladoras
La convocatoria se rige por las bases reguladoras de las subvenciones para las asociaciones del área de servicios sociales del ayuntamiento; consulta directamente con la administración.
-
No estar inhabilitado para recibir subvenciones públicas
Causas de exclusión (art. 13.2 Ley 38/2003):
- Deudas con Hacienda o Seguridad Social.
- Condena firme por delitos contra la administración (prevaricación, cohecho, malversación, fraude).
- Concurso de acreedores.
- Inhabilitación para contratar con el sector público.
- Residencia fiscal en paraíso fiscal.
- Otras causas listadas en el art. 13.2 de la Ley 38/2003.
- Obligaciones
- Justifica la totalidad del gasto con la documentación que exigen las bases: el pago se hace una vez presentada esa justificación
- Cuándo
-
La convocatoria no publica fechas concretas. La administración fija el plazo en el extracto del boletín oficial; consulta la fuente para conocerlo.
¿Te interesa esta ayuda?
Repasa rápidamente si encajas en los requisitos antes de seguir leyendo.
- Eres una asociación del área de servicios sociales de Almuñécar
- Necesitas cobrar parte por adelantado: se pueden anticipar hasta el 50% del importe concedido
- Has solicitado la declaración de concurso, estás declarado insolvente o en concurso de acreedores, o sujeto a intervención judicial: en esos casos no se pueden recibir pagos anticipados
Cuánto puedes recibir
El conjunto de estas subvenciones cuenta con un crédito máximo disponible de 40.000 € para toda la convocatoria; ese importe es la bolsa global que se reparte entre las asociaciones, no lo que recibe cada una. La convocatoria no detalla cuánto corresponde a cada asociación y la concesión está limitada a la disponibilidad presupuestaria del ejercicio. El pago se realiza tras justificar la totalidad del gasto, aunque se pueden solicitar pagos anticipados de hasta el 50% del importe concedido para poder afrontar las actuaciones.
Cómo solicitarla, paso a paso
-
Reúne la documentación que exigen las bases reguladoras de estas subvenciones
-
Presenta la solicitud en el Registro General del ayuntamiento, en horario de atención al público, o por cualquiera de los medios previstos para dirigirse a la administración
-
Hazlo dentro de los 10 días hábiles siguientes a la publicación de la convocatoria en el boletín oficial de la provincia
Documentación necesaria
- Solicitud junto con la documentación exigida en las bases reguladoras de las subvenciones para asociaciones del área de servicios sociales