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Ayudas Claras
Ayudas Murcia Servicios sociales
Servicios sociales Murcia Versión legible elaborada con ayuda de inteligencia artificial a partir de fuentes oficiales.

Subvenciones a entidades sociales de Molina de Segura

Hasta el 80% del coste de tu proyecto social si eres entidad sin ánimo de lucro

Lo que significa

Qué es
Subvención en régimen de concurrencia competitiva del Ayuntamiento de Molina de Segura para proyectos de promoción e inserción social.
Para quién
Entidades sin ánimo de lucro, asociaciones e instituciones, que operan en el municipio de Molina de Segura.
Cuánto
Hasta el 80% del coste total del proyecto, sin superar la cantidad que hayas solicitado
Qué cubre
  • Gastos corrientes de tu proyecto o actividad de promoción e inserción social
  • Gastos de personal vinculados al proyecto
  • Gastos de asesoría jurídica, notariales, registrales, periciales y de administración ligados al proyecto
Requisitos
  • Tienes domicilio social o sede abierta en Molina de Segura
  • Tus estatutos recogen fines coincidentes con la promoción o la intervención social
  • Acreditas funcionamiento estable y efectivo en el municipio en los últimos 12 meses
  • Tu proyecto tiene como ámbito de actuación el municipio de Molina de Segura
  • Estás inscrita en el Registro de Entidades, Centros y Servicios Sociales de la Región de Murcia, con la inscripción vigente en la fecha de solicitud, y en el Registro Municipal de Asociaciones si tu forma jurídica permite inscribirse en él
  • Has justificado en plazo subvenciones municipales anteriores y no tienes deudas tributarias con el Ayuntamiento
  • No estar inhabilitado para recibir subvenciones públicas Causas de exclusión (art. 13.2 Ley 38/2003):
    • Deudas con Hacienda o Seguridad Social.
    • Condena firme por delitos contra la administración (prevaricación, cohecho, malversación, fraude).
    • Concurso de acreedores.
    • Inhabilitación para contratar con el sector público.
    • Residencia fiscal en paraíso fiscal.
    • Otras causas listadas en el art. 13.2 de la Ley 38/2003.
Obligaciones
  • Ejecuta el proyecto durante 2026: los gastos deben realizarse entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2026
  • Justifica la subvención con una memoria de actuación y una memoria económica de los gastos
  • Acredita mediante adeudo bancario el pago de los importes iguales o superiores a 300,00€
  • Comunica a la Concejalía de Bienestar Social cualquier modificación del proyecto o de su presupuesto
  • Deja constancia de la participación del Ayuntamiento en el material informativo y divulgativo del proyecto
  • Si el proyecto está cofinanciado, acredita qué organismos colaboran y con qué importe o porcentaje
Fechas estimadas
  • Abre: 2 de septiembre de 2026 Fecha calculada según la convocatoria oficial. Pueden existir matices (festivos locales, modificaciones posteriores); confirma siempre con la fuente oficial antes del último día.
  • Último día: 1 de octubre de 2026 Fecha calculada según la convocatoria oficial. Pueden existir matices (festivos locales, modificaciones posteriores); confirma siempre con la fuente oficial antes del último día.

Las fechas son estimadas: la convocatoria fija el plazo desde su publicación en el boletín y las calculamos a partir de ese dato. Confírmalas en la convocatoria oficial antes de solicitar.

¿Te interesa esta ayuda?

Repasa rápidamente si encajas en los requisitos antes de seguir leyendo.

  • Eres una entidad sin ánimo de lucro con sede abierta en Molina de Segura
  • Tus estatutos recogen fines de promoción o intervención social
  • Llevas al menos 12 meses funcionando de forma estable en el municipio
  • Tu proyecto se desarrolla en el término municipal de Molina de Segura
  • Necesitas financiar gastos corrientes de un proyecto o actividad social
  • Tu entidad no tiene domicilio social ni sede abierta en Molina de Segura
  • Vas a ser titular en 2026 de una subvención nominativa o de concesión directa municipal
  • Has firmado un convenio de colaboración en materia social con el Ayuntamiento
  • Tu proyecto ya lo ejecuta la Concejalía de Bienestar Social u otro servicio municipal
  • Tu proyecto concurre a otra convocatoria municipal en concurrencia competitiva

Cuánto puedes recibir

No hay una cantidad fija: tu subvención se calcula multiplicando los puntos que obtenga tu proyecto por el valor del punto, que sale de dividir el crédito de la convocatoria —40.000 € para el conjunto de las entidades— entre los puntos obtenidos por todas las solicitudes. Necesitas al menos 50 puntos de los 100 posibles para tener derecho a la ayuda. En ningún caso recibirás más del 80% del coste total del proyecto ni más de la cantidad que hayas solicitado.

Cómo solicitarla, paso a paso

  1. Prepara el proyecto siguiendo el esquema del Anexo III de la convocatoria

  2. Rellena la solicitud en el modelo normalizado del Anexo I

  3. Reúne la documentación exigida: estatutos, memoria de actividades y declaraciones responsables

  4. Presenta la solicitud electrónicamente en la sede electrónica del Ayuntamiento de Molina de Segura

  5. Subsana la documentación en diez días hábiles si el Ayuntamiento te lo requiere

  6. Presenta alegaciones en diez días si no estás conforme con la resolución provisional

Documentación necesaria

  • Solicitud en modelo normalizado (Anexo I)
  • Fotocopia del DNI del representante legal de la entidad
  • CIF de la asociación o institución
  • Copia de los estatutos inscritos en el registro administrativo que corresponda
  • Certificado del secretario con el visto bueno del presidente sobre miembros y órganos de gobierno (Anexo II)
  • Memoria de las actividades sociales realizadas en los últimos 12 meses
  • Programa o proyecto de las actividades para las que pides la subvención (Anexo III)
  • Certificado de la entidad financiera con el código IBAN de la cuenta de la entidad
  • Declaración responsable de no estar incursa en las prohibiciones para ser beneficiaria (Anexo IV)
  • Certificado de estar al corriente de las obligaciones fiscales con el Ayuntamiento, si te opones a su comprobación de oficio
  • Certificado de estar al corriente de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social, si te opones a su comprobación de oficio
  • Declaración responsable de otras subvenciones concedidas o solicitadas para la misma actividad (Anexo V)
  • Certificaciones de inscripción en el Registro de Entidades, Centros y Servicios Sociales y en el Registro Municipal de Asociaciones
  • Declaración responsable sobre el personal que tiene contacto habitual con menores (Anexo VI)
  • Declaración responsable sobre documentos ya aportados en convocatorias anteriores (Anexo VII)

Preguntas frecuentes

¿Puedo presentar varios proyectos a esta convocatoria?
No. Cada entidad solo puede presentar una única solicitud, referida a un solo proyecto.
¿Puedo cobrar esta subvención junto con otras ayudas?
Sí. Otras administraciones, instituciones o entidades pueden subvencionar el mismo proyecto siempre que el importe total no supere el coste del proyecto o actividad. Si está cofinanciado, debes acreditar qué organismos colaboran y en qué importe o porcentaje.
¿Qué pasa si me falta documentación en la solicitud?
El Ayuntamiento te requerirá para que subsanes la falta en un plazo máximo e improrrogable de diez días hábiles. Si no lo haces, se te tendrá por desistido de tu petición.
¿Cuánto tarda en resolverse la convocatoria?
El plazo máximo para resolver y notificar es de tres meses desde que termina el plazo de presentación de solicitudes. Si transcurre sin resolución expresa, puedes entender desestimada tu solicitud por silencio administrativo.
¿Qué gastos no se pueden subvencionar?
No son subvencionables los intereses deudores de las cuentas bancarias, los intereses, recargos y sanciones, los gastos de procedimientos judiciales, los impuestos indirectos recuperables, los impuestos personales de la renta ni los gastos de actividades de inversión.

Fuentes oficiales

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