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Ayudas Claras
Subvenciones Tarragona Servicios sociales
Servicios sociales Tarragona Versión legible elaborada con ayuda de inteligencia artificial a partir de fuentes oficiales.

Ayuda de comedor para discapacidad psíquica en Reus

Entre 1,80€ y 3,61€ por comida en centros especiales de trabajo de Reus

Lo que significa

Qué es
Subvención por concurrencia competitiva del Ayuntamiento de Reus para el comedor de centros especiales de trabajo y terapia ocupacional.
Para quién
Personas con discapacidad psíquica que asisten al comedor de centros especiales de trabajo y de servicios de terapia ocupacional en Reus.
Cuánto
1,80€ por comida, ampliable hasta un máximo de 3,61€ si queda presupuesto disponible
Qué cubre
  • La asistencia al servicio de comedor de centros especiales de trabajo
  • La asistencia al servicio de comedor de servicios de terapia ocupacional
Requisitos
  • Eres una persona con discapacidad psíquica
  • Asistes al servicio de comedor de un centro especial de trabajo o de terapia ocupacional en Reus
  • Los ingresos de tu unidad de convivencia no superan el límite de ingresos calculado, más un 20%

    Límite de ingresos = (número de miembros con ingresos x IRSC) + (número de miembros sin ingresos x 30% del IRSC). El indicador de renta de suficiencia de Cataluña (IRSC) de 2026 es de 9.622,18€ anuales. Se computan los ingresos obtenidos durante 2025. En todos los casos se suma un miembro a la unidad familiar porque las beneficiarias son personas con discapacidad; se suma otra persona con ingresos por cada miembro con discapacidad distinto del solicitante, y también en familias monoparentales.

  • Tu unidad de convivencia la forman todos los miembros empadronados en tu domicilio
Obligaciones
  • Si renuncias a la subvención concedida, comunícalo en los diez días hábiles siguientes a la notificación
  • Declara de forma responsable que no han cambiado tus datos si tramitas la solicitud por el trámite abreviado
  • Devuelve la subvención si no cumples la finalidad para la que se concedió
  • Tu centro colaborador presenta cada mes la relación de personas beneficiarias y los días de comedor
  • La relación detallada del coste del servicio de todo el año se presenta como máximo el 15 de enero de 2027
Cuándo
  • Abre: Consulta directamente con la administración
  • Último día: 27 de febrero de 2027 Fecha calculada según la convocatoria oficial. Pueden existir matices (festivos locales, modificaciones posteriores); confirma siempre con la fuente oficial antes del último día.

¿Te interesa esta ayuda?

Repasa rápidamente si encajas en los requisitos antes de seguir leyendo.

  • Eres una persona con discapacidad psíquica
  • Asistes al comedor de un centro especial de trabajo en Reus
  • Asistes al comedor de un servicio de terapia ocupacional en Reus
  • Los ingresos de tu unidad de convivencia no superan el límite calculado más un 20%
  • Ya pediste esta ayuda en 2025 y tu situación no ha cambiado
  • Tienes más de un hijo en un Centro Ocupacional o Centro Especial de Trabajo
  • Los ingresos de tu unidad de convivencia superan el límite calculado más un 20%
  • No asistes al comedor de un centro especial de trabajo ni de terapia ocupacional
  • El centro donde usas el comedor está fuera de la ciudad de Reus

Cuánto puedes recibir

Recibes 1,80€ por cada día que asistes al servicio de comedor. Si una vez examinadas las solicitudes queda presupuesto disponible, esa cantidad puede subir hasta un máximo de 3,61€ por persona y día. El incremento se aplica primero a quienes cumplen los dos criterios sociales: tener más de un hijo en un Centro Ocupacional o Centro Especial de Trabajo, y padres mayores de 65 años o una persona con dependencia. El Ayuntamiento paga la ayuda directamente a la entidad colaboradora.

Cómo solicitarla, paso a paso

  1. Comprueba si te corresponde el trámite abreviado o el procedimiento ordinario

  2. Recoge el modelo normalizado de solicitud, disponible en la sede electrónica del Ayuntamiento

  3. Autoriza a tu centro colaborador a presentar la solicitud por ti, o preséntala tú mismo

  4. Presenta la solicitud por vía telemática en la sede electrónica o presencialmente en la Oficina de Atención al Ciudadano, con cita previa

  5. Consulta la resolución en el tablón electrónico municipal, dentro de la sede electrónica

Documentación necesaria

  • Modelo normalizado de solicitud, con la autorización a la entidad colaboradora para presentarla
  • Declaración responsable de que no se han producido modificaciones respecto a la convocatoria anterior (trámite abreviado)
  • Autorización firmada por el solicitante y por el resto de personas mayores de edad de la unidad familiar para que el Ayuntamiento consulte por vía electrónica los datos de renta de 2025 y el grado de discapacidad
  • Fotocopia de la declaración de renta de 2025 de todos los miembros computables de la unidad de convivencia mayores de 16 años, si no se firma esa autorización
  • Documentación que acredite la situación económica de 2025 y certificado de imputaciones de la Agencia Tributaria, o certificado de las pensiones o ayudas exentas de tributación, si no estás obligado a declarar

Preguntas frecuentes

¿Cómo sé si puedo usar el trámite abreviado?
Puedes usarlo si no ha variado la composición de tu unidad familiar ni la documentación que presentaste en la convocatoria de 2025. En ese caso declaras de forma responsable que no ha habido modificaciones. El resto de familias tramitan la solicitud por el procedimiento ordinario.
¿Puede alguien presentar la solicitud por mí?
Sí. Si lo autorizas, la entidad colaboradora presenta tu solicitud cumplimentada y firmada en la Oficina de Atención al Ciudadano. Si no la autorizas, la presentas tú por vía telemática o presencialmente.
¿A quién se le paga la subvención?
El Ayuntamiento paga la ayuda directamente a la entidad colaboradora, previa presentación de la relación de personas beneficiarias con los días de comedor y el importe de cada mes. También puede pagarte directamente si concurre alguna circunstancia especial acreditada.
¿Cómo me entero de si me la han concedido?
La resolución se publica en el tablón electrónico municipal, dentro de la sede electrónica. A la vez recibirás un aviso por mensaje de móvil o correo electrónico informándote de esa publicación.
¿Qué pasa si no quiero la ayuda que me han concedido?
Se presume que aceptas la subvención otorgada. Si renuncias, dispones de diez días hábiles desde que te notifican la resolución para comunicar tu renuncia al organismo que la concede.

Fuentes oficiales

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