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Ayudas Claras
Subvenciones Cantabria Servicios sociales
Servicios sociales Cantabria Versión legible elaborada con ayuda de inteligencia artificial a partir de fuentes oficiales.

Subvenciones para programas sociales en Cantabria

Hasta el 100% del importe solicitado para programas sociales del Tercer Sector

Lo que significa

Qué es
Subvención en concurrencia competitiva del Instituto Cántabro de Servicios Sociales para programas sociales de entidades del Tercer Sector.
Para quién
Entidades del Tercer Sector de Acción Social, la Cruz Roja Española y agrupaciones de organizaciones sin personalidad jurídica.
Cuánto
Hasta el 100% del importe solicitado para cada programa
Qué cubre
  • Salarios y Seguridad Social de los profesionales que implementan el programa, y contratos de prestación de servicios
  • Mantenimiento y actividades necesarios para ejecutar el programa, gastos de desplazamiento y subcontratación
  • Gastos de gestión y administración, que no pueden superar el 10% de la cuantía solicitada para el programa
Requisitos
  • Tu entidad pertenece al Tercer Sector de Acción Social o es la Cruz Roja Española
  • Está legalmente constituida al menos dos años antes de la publicación de la convocatoria
  • Está inscrita en el Registro de Entidades, Centros y Servicios Sociales, o ha solicitado la inscripción antes de que acabe el plazo de solicitudes
  • Carece de fines de lucro y sus estatutos recogen fines adecuados para las actividades subvencionables
  • Acreditas experiencia y especialización en la atención al colectivo al que se dirige el programa
  • Tu entidad actúa en Cantabria y desarrolla allí sus actividades de forma real y efectiva
  • No estar inhabilitado para recibir subvenciones públicas Causas de exclusión (art. 13.2 Ley 38/2003):
    • Deudas con Hacienda o Seguridad Social.
    • Condena firme por delitos contra la administración (prevaricación, cohecho, malversación, fraude).
    • Concurso de acreedores.
    • Inhabilitación para contratar con el sector público.
    • Residencia fiscal en paraíso fiscal.
    • Otras causas listadas en el art. 13.2 de la Ley 38/2003.
Obligaciones
  • Aporta al menos el 1% del coste del programa con financiación propia o de otras instituciones
  • Ejecuta el programa entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2027
  • Justifica los gastos antes del 28 de febrero de 2028, o del 31 de marzo de 2028 si presentas informe de auditor
  • Presenta informe de auditor de cuentas si el coste total del programa supera los 100.000 euros
  • Usa el logotipo del ICASS para difundir el programa subvencionado
  • Mantén actualizada la declaración sobre la certificación negativa del Registro Central de delincuentes sexuales del personal en contacto con menores
Cuándo

La convocatoria no publica fechas concretas. La administración fija el plazo en el extracto del boletín oficial; consulta la fuente para conocerlo.

¿Te interesa esta ayuda?

Repasa rápidamente si encajas en los requisitos antes de seguir leyendo.

  • Tu entidad es del Tercer Sector de Acción Social
  • Perteneces a la Cruz Roja Española
  • Atiendes a personas en situación de pobreza, exclusión social o vulnerabilidad
  • Tu entidad está inscrita en el Registro de Entidades, Centros y Servicios Sociales
  • Tu entidad desarrolla sus actividades de forma real y efectiva en Cantabria
  • Formas una agrupación de organizaciones sin personalidad jurídica con representante común
  • Tu entidad tiene ánimo de lucro
  • Eres una universidad, un colegio profesional o una cámara oficial
  • Eres un partido político, un sindicato o una organización empresarial
  • Tu entidad se constituyó hace menos de dos años
  • El programa ya está incluido en un concierto o una encomienda de gestión
  • Recibes la ayuda del tramo estatal para el mismo objeto y periodo

Cuánto puedes recibir

Puedes recibir hasta el 100% del importe que solicites para cada programa, siempre que no supere el coste del programa una vez descontada la financiación que aporta tu entidad. La cuantía se concede en proporción a la puntuación obtenida y, si las solicitudes superan el importe máximo de la convocatoria, se prorratea entre las entidades beneficiarias. Tu entidad debe financiar como mínimo el 1% del coste del programa.

Cómo solicitarla, paso a paso

  1. Reúne la documentación de tu entidad, la memoria de la entidad y una memoria por cada programa

  2. Rellena la solicitud normalizada relacionando en ella todos los programas para los que pides subvención, con un único código por programa

  3. Firma la documentación con el certificado electrónico de quien ostenta la representación legal de la entidad

  4. Presenta la solicitud en el registro electrónico general del Gobierno de Cantabria dentro del plazo de un mes

  5. Si te requieren subsanar la documentación, complétala en cinco días hábiles por la tramitación de urgencia

Documentación necesaria

  • Solicitud de subvención (Anexo 1-A)
  • Declaración responsable del cumplimiento de los requisitos para ser entidad beneficiaria (Anexo 1-B)
  • Memoria de la entidad (Anexo 2)
  • Memoria de cada programa solicitado (Anexo 3)
  • Documento acreditativo de la personalidad del solicitante o poder bastante en derecho para representar a la entidad
  • Número de identificación fiscal de la entidad
  • Acta de constitución de la entidad y estatutos debidamente legalizados
  • Certificación con la identificación de los directivos, su fecha de nombramiento y modo de elección
  • Certificado de titularidad de la cuenta bancaria emitido y firmado electrónicamente por la entidad bancaria
  • Documento acreditativo de inscripción en el Registro de Entidades, Centros y Servicios Sociales, si no autorizas la consulta
  • Declaración responsable sobre la certificación negativa del Registro Central de delincuentes sexuales, si el programa implica contacto habitual con menores
  • Declaración responsable de no haber recibido subvención del tramo estatal para el mismo objeto subvencionable y periodo
  • Resolución o certificación de la Agencia Tributaria que reconozca la exención de IVA, si tu entidad está exenta

Preguntas frecuentes

¿Cuántos programas puedo presentar en una misma solicitud?
Cada entidad puede pedir subvención para un máximo de 6 programas. Debes relacionarlos todos en la solicitud y cada programa se ajusta a un único código.
¿Puedo compaginar esta subvención con otras ayudas?
Sí. Es compatible con otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos para la misma finalidad, procedentes de entes públicos o privados. La excepción es el tramo estatal del 0,7% del IRPF: no se subvencionan programas que ya estén subvencionados por esa convocatoria estatal para el mismo periodo, y debes declarar que no la has recibido.
¿Hay una puntuación mínima para que me concedan la ayuda?
Sí. Tu solicitud debe alcanzar al menos 30 puntos en la valoración de la entidad y 20 puntos en la valoración del programa. Por debajo de ese umbral no se subvenciona, aunque la puntuación total sea alta.
¿Qué pasa si mi solicitud está incompleta o tiene errores?
El organismo te requerirá para que subsanes. Por la tramitación de urgencia dispones de cinco días hábiles; si no subsanas ni aportas lo requerido, se te tendrá por desistida de la solicitud.

Fuentes oficiales

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