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Ayudas Claras
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Ayudas económicas para familias en Cerdanyola

Ayuda municipal para familias vulnerables de Cerdanyola, hasta el 11 de octubre.

Lo que significa

Qué es
Ayuda económica individual del Ayuntamiento de Cerdanyola del Vallès para personas y familias en situación de vulnerabilidad económica.
Para quién
Personas que viven solas y unidades familiares empadronadas en Cerdanyola del Vallès.
Cuánto
  • Importe máximo según la fórmula de la convocatoria
    ConceptoCálculo
    Importe máximo subvencionableValor catastral de la vivienda habitual x Tipo impositivo x 0,80
    Tope si tienes beneficios fiscales municipalesLa ayuda no puede superar la cuota líquida
    La comisión calificadora aplica sobre ese máximo el porcentaje o módulo que corresponda a la puntuación obtenida en el baremo, cuyo máximo es de 8 puntos.
Qué cubre
  • Gastos ordinarios de tu hogar que tu situación económica te dificulta pagar
  • El importe se calcula sobre el Impuesto sobre Bienes Inmuebles de tu vivienda habitual
Requisitos
  • Estás empadronado en Cerdanyola del Vallès al presentar la solicitud y, como mínimo, desde el 1 de enero de 2026
  • Eres propietario o arrendatario de tu vivienda habitual en el municipio
  • Si eres arrendatario, tu contrato acredita que el Impuesto sobre Bienes Inmuebles corre a tu cargo

    Debe quedar acreditado que en el contrato de arrendamiento se repercute el importe del Impuesto sobre Bienes Inmuebles y que, por tanto, el pago va a cargo del arrendatario. Si ni el recibo ni el contrato de alquiler están a nombre de un miembro del núcleo familiar, ese concepto no se contabiliza y no se reúnen los requisitos para concurrir.

  • Tus ingresos anuales no superan el baremo que corresponde a tu unidad familiar
    Unidad familiarReferenciaIngresos anuales
    BeneficiarioSMI + 50% SMI29.915 €
    Beneficiario + 1 persona2 x SMI34.188 €
    Beneficiario + 2 personas2,25 x SMI38.462 €
    Beneficiario + 3 personas2,50 x SMI42.735 €
    Beneficiario + 4 personas2,75 x SMI47.009 €
    Por cada persona de más+ 25% SMI4.274 €
    La renta o salario mínimo interprofesional está fijada, para el ejercicio 2026, en 1.221 € (17.094 € anuales).
  • No dispones de ningún otro inmueble, salvo un aparcamiento y un trastero de tu vivienda habitual

    Quedan excluidos de este cómputo: la titularidad de un porcentaje de propiedad o derecho de usufructo de titularidad compartida de un inmueble además de la residencia habitual; y la titularidad compartida del inmueble cuando todos los titulares sean miembros de la misma unidad familiar y el valor catastral de ese inmueble no supere los 60.000 €.

Obligaciones
  • Aporta la documentación económica, tributaria, social o familiar que el Ayuntamiento te requiera
  • Acredita documentalmente tu situación: solo se valora lo que puedas justificar con documentos
  • Paga el Impuesto sobre Bienes Inmuebles del ejercicio 2026 y justifica con ello la ayuda recibida
  • Si a 31 de marzo de 2027 no has pagado ese impuesto, no recibirás ayudas en próximas convocatorias
  • Presenta la hoja de acreedores para cobrar, salvo que ya la entregaras antes y nada haya cambiado
  • Ten en cuenta que el Ayuntamiento puede revocar la ayuda, total o parcialmente, si cambia tu situación socioeconómica
Cuándo
  • Abre: 11 de agosto de 2026 Fecha calculada según la convocatoria oficial. Pueden existir matices (festivos locales, modificaciones posteriores); confirma siempre con la fuente oficial antes del último día.
  • Último día: 11 de octubre de 2026 Fecha calculada según la convocatoria oficial. Pueden existir matices (festivos locales, modificaciones posteriores); confirma siempre con la fuente oficial antes del último día.

¿Te interesa esta ayuda?

Repasa rápidamente si encajas en los requisitos antes de seguir leyendo.

  • Estás empadronado en Cerdanyola del Vallès desde el 1 de enero de 2026
  • Eres propietario de tu vivienda habitual en el municipio
  • Eres arrendatario y tu contrato repercute el Impuesto sobre Bienes Inmuebles
  • Tu situación económica te dificulta pagar los gastos ordinarios
  • Tus ingresos anuales están dentro de los baremos de la convocatoria
  • No estás empadronado en Cerdanyola del Vallès
  • No eres propietario ni arrendatario de tu vivienda habitual
  • Tus ingresos anuales superan el baremo de tu unidad familiar
  • Tienes otro inmueble además de tu vivienda habitual, aparcamiento y trastero
  • Ni el recibo ni el contrato de alquiler están a nombre de tu núcleo familiar

Cuánto puedes recibir

El importe máximo que puedes recibir sale de multiplicar el valor catastral de tu vivienda habitual por el tipo impositivo y por 0,80. Sobre ese máximo, la comisión calificadora aplica el porcentaje o módulo que corresponda a la puntuación que obtengas en el baremo, que llega hasta 8 puntos. Si disfrutas de algún beneficio fiscal municipal, la ayuda no puede superar la cuota líquida. El pago se hace directamente a la persona beneficiaria, previa presentación de la hoja de acreedores.

Cómo solicitarla, paso a paso

  1. Reúne el modelo de solicitud de las ayudas económicas para las familias 2026 y la comunicación de datos de acreedores

  2. Prepara la documentación que acredite tus ingresos y tus gastos de vivienda

  3. Presenta la solicitud con toda la documentación anexa, de forma conjunta, en la sede electrónica del Ayuntamiento

  4. Si necesitas hacerlo presencialmente, pide cita previa con la Oficina de Atención Ciudadana

  5. Espera la resolución: la convocatoria se resuelve de manera parcial hasta valorar todas las solicitudes

Documentación necesaria

  • Modelo de solicitud de las ayudas económicas para las familias 2026
  • Comunicación de datos de acreedores
  • Certificado de retenciones e ingresos a cuenta del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas del ejercicio 2025
  • Modelos 130 o 131 del cuarto trimestre de 2025, si estás en el régimen de autónomos
  • Nóminas, si has iniciado una relación laboral en 2026
  • Fotocopia del contrato de alquiler y recibo de pago, si vives de alquiler
  • Declaración jurada, si compartes domicilio con otro núcleo de convivencia
  • Instancia comunicando quién vive realmente en el domicilio, si hay personas empadronadas que no residen

Preguntas frecuentes

¿Hasta cuándo puedo presentar la solicitud?
El plazo se abre el día siguiente a la publicación de la convocatoria en el boletín oficial de la provincia de Barcelona y termina el 11 de octubre de 2026.
¿Puedo pedirla si tengo otro inmueble además de mi casa?
En general no, salvo un aparcamiento o un trastero que formen parte de la vivienda habitual. Hay dos excepciones: tener solo un porcentaje de propiedad o un usufructo compartido de otro inmueble, y la titularidad compartida cuando todos los titulares son de la misma unidad familiar y el valor catastral no supera los 60.000 €.
¿Cómo cobro la ayuda si me la conceden?
El pago se hace directamente a la persona beneficiaria, previa presentación de la hoja de acreedores. Si ya la presentaste en convocatorias anteriores, no hace falta volver a entregarla salvo que algo haya cambiado.
¿Qué pasa si no pago el Impuesto sobre Bienes Inmuebles de 2026?
La ayuda se justifica con el pago de ese impuesto. Si a 31 de marzo de 2027 el Ayuntamiento comprueba que no lo has pagado, no se te concederán ayudas económicas en posteriores convocatorias.
¿Se tienen en cuenta situaciones personales excepcionales?
Sí. Si acreditas circunstancias particulares de carácter excepcional, los servicios sociales las valoran y el profesional de referencia emite un informe que puede proponer, de forma justificada, la aplicación de la puntuación máxima.

Fuentes oficiales

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