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Ayudas Claras
Subvenciones Bizkaia Servicios sociales
Servicios sociales Bizkaia Versión legible elaborada con ayuda de inteligencia artificial a partir de fuentes oficiales.

Subvenciones para entidades sociales de infancia en Bizkaia

Subvención en concurrencia para entidades sociales que atienden a menores en Bizkaia

Lo que significa

Qué es
Subvención por concurrencia competitiva de la Diputación Foral de Bizkaia para actividades de atención social a infancia y adolescencia.
Para quién
Entidades privadas sin ánimo de lucro que prestan servicios sociales en el Territorio Histórico de Bizkaia.
Cuánto
280 euros por cada punto obtenido en la valoración, con el límite del 60% del coste total de la actividad y un máximo de 28.000 euros
Qué cubre
  • Actividades de atención e integración social de niños, niñas y adolescentes en situación de vulnerabilidad y riesgo de desprotección en Bizkaia
  • Valoración, preparación y selección de las personas o familias que participan en programas humanitarios de desplazamiento de menores extranjeros a Bizkaia
  • Gastos estrictamente necesarios para la actividad; los de mantenimiento de la entidad, solo en la parte proporcional que le corresponda
Requisitos
  • Tu entidad está inscrita en el Registro Foral de Servicios Sociales de Bizkaia antes de que acabe el plazo de solicitud
  • Desarrollas la actividad en el Territorio Histórico de Bizkaia durante 2026
  • El personal que va a realizar la actividad tiene la certificación negativa del Registro Central de Delincuentes Sexuales y Trata de Seres Humanos
  • Tu entidad no ha sido sancionada por discriminación por razón de sexo mientras dure la sanción
  • Tu entidad no está en ninguna de las situaciones que la normativa de igualdad de mujeres y hombres considera incompatibles con recibir subvenciones públicas
  • No estar inhabilitado para recibir subvenciones públicas Causas de exclusión (art. 13.2 Ley 38/2003):
    • Deudas con Hacienda o Seguridad Social.
    • Condena firme por delitos contra la administración (prevaricación, cohecho, malversación, fraude).
    • Concurso de acreedores.
    • Inhabilitación para contratar con el sector público.
    • Residencia fiscal en paraíso fiscal.
    • Otras causas listadas en el art. 13.2 de la Ley 38/2003.
Obligaciones
  • Destina la subvención a la actividad solicitada y realiza el gasto dentro del plazo fijado en las bases
  • Mantén al día tus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social hasta el momento del cobro
  • No imputes el IVA ni otros impuestos indirectos que puedas recuperar o compensar
  • No cargues a la subvención gastos financieros ni la amortización de préstamos para comprar inmuebles
  • Imputa los gastos de mantenimiento de tu entidad solo en la parte proporcional a la actividad subvencionada
  • No pagues por los gastos subvencionables un precio superior al valor de mercado
Cuándo

La convocatoria no publica fechas concretas. La administración fija el plazo en el extracto del boletín oficial; consulta la fuente para conocerlo.

¿Te interesa esta ayuda?

Repasa rápidamente si encajas en los requisitos antes de seguir leyendo.

  • Tu entidad privada no tiene ánimo de lucro y presta servicios sociales
  • Trabajas con niños, niñas y adolescentes en riesgo de desprotección
  • Vas a desarrollar la actividad en el Territorio Histórico de Bizkaia durante 2026
  • Tu entidad está inscrita en el Registro Foral de Servicios Sociales de Bizkaia
  • Participas en programas humanitarios de desplazamiento de menores extranjeros a Bizkaia
  • Tu entidad no está inscrita en el Registro Foral de Servicios Sociales de Bizkaia
  • Tu programa es exclusivamente educativo, de ocio, cultural, laboral o sanitario
  • La actividad ya es objeto de un contrato o convenio con una administración pública
  • La actividad ya la desarrolla algún departamento de la Diputación Foral de Bizkaia
  • El servicio es de competencia municipal y el municipio ya cubre toda la demanda
  • La actividad se destina a la formación del voluntariado

Cuánto puedes recibir

El importe se calcula con un baremo: se asignan 280 euros a cada punto obtenido al aplicar los criterios de valoración. Esa cantidad tiene como límite el importe que hayas solicitado y no puede superar en ningún caso el 60% del coste total de la actividad subvencionable ni la cantidad de 28.000 euros. Las actividades que no alcancen una puntuación mínima de 30 puntos no reciben subvención. Además, el importe máximo del crédito disponible se prorratea entre las entidades beneficiarias en proporción a los puntos que obtiene cada una, y la subvención no puede superar, sola o junto a otras ayudas, el coste de la actividad. La convocatoria cuenta con una dotación total de 150.000 euros para repartir entre todas las entidades.

Cómo solicitarla, paso a paso

  1. Comprueba que tu entidad está inscrita en el Registro Foral de Servicios Sociales de Bizkaia antes de que termine el plazo

  2. Prepara la memoria de la actividad que vas a desarrollar en 2026

  3. Presenta la solicitud en la sede electrónica de la Diputación Foral de Bizkaia, firmada por la representante legal o la persona apoderada

  4. Si te lo requieren, subsana los defectos o aporta los documentos que falten en diez días hábiles

Documentación necesaria

  • Memoria de la actividad, con el contenido mínimo que se detalla a continuación
  • Programa detallado de la actividad que vas a desarrollar en 2026
  • Especificación de los objetivos
  • Descripción de la actividad
  • Perfil de las personas destinatarias de la actividad
  • Metodología que vas a emplear para realizarla
  • Medios materiales y humanos aplicables a su desarrollo
  • Formación y experiencia del personal técnico contratado
  • Secuencia temporal: duración del proyecto y períodos de realización de la actividad
  • Ámbito territorial de los menores a los que se dirige la actividad
  • Experiencia de la entidad en esa actividad

Preguntas frecuentes

¿Cuántas solicitudes puede presentar mi entidad?
Solo una. Si presentas más de una solicitud referida a actividades distintas, únicamente se tiene en cuenta la primera.
¿Cuánto tarda en resolverse la solicitud?
El plazo máximo para resolver y notificar es de seis meses desde el día siguiente al final del plazo de presentación de solicitudes. Si pasa ese plazo sin resolución, la solicitud se entiende desestimada.
¿Qué actividades quedan fuera de esta subvención?
Los programas exclusivamente educativos, de ocio y tiempo libre, culturales, laborales o sanitarios; los que ya son objeto de contrato o convenio con una administración pública; los que ya desarrolla algún departamento de la Diputación Foral de Bizkaia; y las actividades para formar voluntariado.
¿Puede cambiar el plazo para presentar la solicitud?
Sí. La diputada foral de Acción Social puede ampliar o cerrar el plazo de presentación de solicitudes si la dotación presupuestaria se agota o se incrementa.
¿Puedo recurrir si me deniegan la subvención?
Sí. Puedes presentar recurso potestativo de reposición ante la diputada foral de Acción Social en el plazo de un mes desde la notificación, o acudir directamente a la vía contencioso-administrativa ante el Tribunal Superior de Justicia del País Vasco en el plazo de dos meses.

Fuentes oficiales

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