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Ayudas Claras
Subvenciones Bizkaia Servicios sociales
Servicios sociales Bizkaia Versión legible elaborada con ayuda de inteligencia artificial a partir de fuentes oficiales.

Ayudas a asociaciones para ocio y discapacidad intelectual

Hasta 25.000€ por asociación para proyectos de ocio con discapacidad intelectual

Lo que significa

Qué es
Subvención en concurrencia de la Mancomunidad de la Merindad de Durango para proyectos de ocio con personas con discapacidad intelectual
Para quién
Asociaciones y entidades sin ánimo de lucro que trabajan con personas con discapacidad intelectual y con sus familias
Cuánto
Hasta el 85% del gasto subvencionable, con un máximo de 25.000€ por entidad
Qué cubre
  • Salarios y Seguridad Social de los monitores que acompañan en las salidas
  • Alojamiento y desplazamientos de las personas con discapacidad y de los monitores: transporte público, alquiler de vehículo y vehículo adaptado, con sus peajes y combustible
  • Inscripciones en instalaciones deportivas, entradas a parques y museos, tasas turísticas, pólizas de seguro y material de oficina fungible
Requisitos
  • Eres una asociación o entidad sin ánimo de lucro
  • Estás inscrita en el Registro General de Asociaciones del Gobierno Vasco
  • Tu entidad está vinculada a la Merindad de Durango

    Tienes la sede social en uno de los municipios de la Mancomunidad de la Merindad de Durango, o bien tienes la sede social en el territorio histórico de Bizkaia y desarrollas el proyecto en alguno de esos municipios.

  • Tu proyecto encaja en alguna de las tres finalidades subvencionables

    Proyectos de integración social y autonomía personal a través del deporte; actividades de integración y participación social mediante el ocio y el tiempo libre (salidas de fin de semana, excursiones de día, vacaciones); y acompañamiento con monitores para que las familias dispongan de tiempos de respiro.

  • Tu proyecto se desarrolla durante el año 2026
  • Tu solicitud alcanza al menos 50 puntos en la valoración
  • No estar inhabilitado para recibir subvenciones públicas Causas de exclusión (art. 13.2 Ley 38/2003):
    • Deudas con Hacienda o Seguridad Social.
    • Condena firme por delitos contra la administración (prevaricación, cohecho, malversación, fraude).
    • Concurso de acreedores.
    • Inhabilitación para contratar con el sector público.
    • Residencia fiscal en paraíso fiscal.
    • Otras causas listadas en el art. 13.2 de la Ley 38/2003.
Obligaciones
  • Realiza la actividad tal y como la presentaste en el proyecto
  • Justifica la subvención en los dos meses siguientes al final del proyecto o actividad
  • Justifica el 100% del presupuesto de la actividad, no solo la cantidad concedida
  • Comunica los cambios del proyecto y las ayudas que recibas de otras entidades para lo mismo
  • Haz constar el apoyo de la Mancomunidad en la actividad y en su publicidad, en euskera y castellano
  • Contrata el seguro adecuado para los riesgos que pueda generar la actividad
Cuándo

La convocatoria no publica fechas concretas. La administración fija el plazo en el extracto del boletín oficial; consulta la fuente para conocerlo.

¿Te interesa esta ayuda?

Repasa rápidamente si encajas en los requisitos antes de seguir leyendo.

  • Eres una asociación o entidad sin ánimo de lucro
  • Organizas salidas de fin de semana, excursiones o vacaciones para personas con discapacidad intelectual
  • Ofreces acompañamiento con monitores para que las familias tengan tiempos de respiro
  • Promueves la autonomía personal de estas personas a través del deporte
  • Tu entidad tiene sede en la Merindad de Durango o desarrolla allí el proyecto
  • Tu entidad tiene ánimo de lucro
  • No estás inscrita en el Registro General de Asociaciones del Gobierno Vasco
  • Tu entidad no tiene sede en la Merindad de Durango ni desarrolla allí el proyecto
  • Tu proyecto no se desarrolla durante el año 2026
  • Ya has presentado otra solicitud en esta misma convocatoria

Cuánto puedes recibir

Recibes como máximo el 85% de la base subvencionable admitida como necesaria para realizar la actividad, con un tope de 25.000€ por entidad; ese porcentaje se corrige con un coeficiente que sale de la puntuación de tu proyecto y depende de la disponibilidad presupuestaria. Cobras el 70% por adelantado, antes de justificar y sin presentar garantías, y el 30% restante después de justificar la subvención.

Cómo solicitarla, paso a paso

  1. Prepara el programa de actividades o la actividad concreta, con su coste, el número de participantes y las fechas previstas de inicio y finalización

  2. Reúne la documentación complementaria: estatutos, certificados y declaraciones responsables

  3. Rellena la solicitud en el modelo oficial y fírmala como representante legal de la entidad

  4. Preséntala por medios telemáticos en la sede electrónica de la Mancomunidad, o por cualquiera de los demás registros admitidos para dirigirse a la Administración, dentro de los 15 días hábiles siguientes a la publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial de Bizkaia

  5. Espera la resolución: se notifica en un plazo máximo de seis meses desde el día siguiente a la publicación de la convocatoria

Documentación necesaria

  • Solicitud en modelo oficial (Anexo I)
  • Copia compulsada de los estatutos de la entidad o asociación
  • Certificado original de inscripción en el Registro de Asociaciones del Gobierno Vasco, o copia compulsada
  • Copia compulsada del Código de Identificación Fiscal de la asociación
  • Copia compulsada del Documento Nacional de Identidad del representante legal
  • Certificado del acuerdo de nombramiento de sus órganos y representantes, inscrito en el registro oficial
  • Certificados de estar al corriente en las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social
  • Declaración responsable de que la entidad no está inhabilitada para obtener subvenciones (Anexo II)
  • Declaración responsable de las subvenciones solicitadas u obtenidas de otras instituciones para el mismo proyecto (Anexo III)
  • Presupuesto detallado de ingresos y gastos de la actividad (Anexo IV)
  • Programa de actividades o actividad concreta, con coste económico, número de participantes y periodo de realización
  • Justificación documental de los méritos alegados
  • Ficha de la cuenta bancaria de la asociación, certificada por la entidad bancaria (Anexo V)

Preguntas frecuentes

¿Qué gastos no me van a subvencionar?
No se subvencionan las comidas y bebidas, los desplazamientos en vehículo particular, las gratificaciones e indemnizaciones a personas por trabajar para la asociación, el alquiler de locales, la electricidad, el agua y el teléfono, ni los bienes inventariables.
¿Puedo presentar varios proyectos a la vez?
No. Cada entidad sólo puede presentar una solicitud.
¿Es compatible con otras ayudas para lo mismo?
Sí, es compatible con ayudas de otras administraciones o entidades públicas o privadas para la misma finalidad, pero la suma no puede superar el coste total de la actividad. Si al revisar la justificación se detecta exceso de financiación, se descuenta de la subvención.
¿Qué pasa si no me contestan a tiempo?
Si pasan seis meses desde el día siguiente a la publicación de la convocatoria sin que te notifiquen la resolución, debes entender que tu solicitud ha sido desestimada.

Fuentes oficiales

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