Subvenciones para proyectos de dependencia en Canarias
Subvención a entidades sin ánimo de lucro por proyectos de dependencia en Canarias.
Lo que significa
- Qué es
- Subvención por concurrencia del Gobierno de Canarias para proyectos que promuevan los derechos de personas en situación de dependencia.
- Para quién
- Entidades privadas sin ánimo de lucro, como asociaciones y fundaciones, que actúan en Canarias.
- Cuánto
- La cuantía solicitada no puede ser inferior a 6.000 euros; el máximo va de 20.000 a 100.000 euros según la actividad, con un tope acumulado de 150.000 euros por entidad en el área de dependencia.
- Qué cubre
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- Costes de contratación de personal, tanto nuevas contrataciones como personal ya contratado
- Gastos generales de funcionamiento de la entidad, en la proporción que corresponda al proyecto
- Gastos de la actividad; los de inversión solo se admiten en las actividades de la línea 4
- Requisitos
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- Tu entidad carece de ánimo de lucro
- Tu entidad tiene personalidad jurídica propia de naturaleza privada
- Está legalmente constituida e inscrita en el registro administrativo correspondiente
- Desarrolla su actividad en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Canarias
- Está inscrita en el registro regional de entidades colaboradoras en la prestación de servicios sociales de Canarias
- Tu proyecto encaja en alguna de las actividades subvencionables de la convocatoria
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No estar inhabilitado para recibir subvenciones públicas
Causas de exclusión (art. 13.2 Ley 38/2003):
- Deudas con Hacienda o Seguridad Social.
- Condena firme por delitos contra la administración (prevaricación, cohecho, malversación, fraude).
- Concurso de acreedores.
- Inhabilitación para contratar con el sector público.
- Residencia fiscal en paraíso fiscal.
- Otras causas listadas en el art. 13.2 de la Ley 38/2003.
- Obligaciones
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- Ejecuta el proyecto en el periodo fijado: las actividades 1 a 3, hasta el 30 de septiembre de 2027
- Si tu proyecto es de la actividad 4, ejecútalo hasta el 31 de diciembre de 2027
- Presenta la justificación en los dos meses siguientes al fin del plazo para realizar la actividad
- Justifica el gasto con cuenta justificativa acompañada de informe de un auditor de cuentas
- Comunica cualquier otra subvención, ayuda o ingreso que financie la actividad en cuanto lo conozcas
- Acredita en la memoria la difusión y publicidad realizada del programa
- Fechas estimadas
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- Abre: 1 de enero de 2028 Fecha calculada según la convocatoria oficial. Pueden existir matices (festivos locales, modificaciones posteriores); confirma siempre con la fuente oficial antes del último día.
- Último día: 17 de enero de 2028 Fecha calculada según la convocatoria oficial. Pueden existir matices (festivos locales, modificaciones posteriores); confirma siempre con la fuente oficial antes del último día.
Las fechas son estimadas: la convocatoria fija el plazo desde su publicación en el boletín y las calculamos a partir de ese dato. Confírmalas en la convocatoria oficial antes de solicitar.
¿Te interesa esta ayuda?
Repasa rápidamente si encajas en los requisitos antes de seguir leyendo.
- Tu entidad carece de ánimo de lucro
- Tu entidad tiene personalidad jurídica propia de naturaleza privada
- Desarrollas tu actividad en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Canarias
- Estás inscrita en el registro regional de entidades colaboradoras de servicios sociales
- Quieres ejecutar un proyecto que promueva los derechos de personas en situación de dependencia
- Tu proyecto también atiende a las familias y al entorno de esas personas
- Tu entidad tiene ánimo de lucro
- No tienes personalidad jurídica propia de naturaleza privada
- Desarrollas tu actividad fuera de la Comunidad Autónoma de Canarias
- Tu proyecto no encaja en ninguna de las actividades subvencionables
- Presentas la solicitud fuera del plazo de diez días hábiles
- Sigues inhabilitado por un proceso concursal aún sin concluir
Cuánto puedes recibir
La cuantía que se solicita no puede ser inferior a 6.000 euros: las solicitudes que bajen de ese suelo se inadmiten sin requerimiento previo. El máximo depende de la actividad a la que se acoja el proyecto dentro del área de dependencia: 20.000 euros en comida a domicilio y en apoyos tecnológicos, 30.000 en formación y acompañamiento a personas cuidadoras, 40.000 en acciones de información a la familia y al entorno, 50.000 en prevención de la soledad no deseada y en integración social, 80.000 en asistencia personal y hasta 100.000 en proyectos de obra o instalación de adecuación de servicios (20.000 si solo se adquiere equipamiento). La subvención puede llegar al 100% del coste total del proyecto, salvo lo que se disponga para cada actividad. Además, cada entidad puede presentar tantas solicitudes como quiera hasta un importe acumulado de 150.000 euros en el área de dependencia. La concesión es por concurrencia competitiva: una comisión valora los proyectos con los criterios de evaluación de la convocatoria. Si algún gasto supera los porcentajes máximos fijados en las bases, se ajusta de oficio y ese ajuste se explica en la resolución provisional o definitiva.
Cómo solicitarla, paso a paso
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Comprueba que tu entidad cumple los requisitos y que el proyecto encaja en una actividad subvencionable
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Prepara la memoria del proyecto con objetivos, actuaciones, organización, personal y evaluación
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Cumplimenta una solicitud por cada proyecto con el formulario de la sede electrónica del Gobierno de Canarias
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Fírmala electrónicamente con la firma de representación de la entidad y preséntala por esa sede
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Hazlo dentro de los diez días hábiles siguientes a la publicación del extracto en el boletín de Canarias
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Si te lo requieren, subsana la solicitud o los documentos en el plazo de diez días
Documentación necesaria
- Memoria descriptiva del proyecto
- Certificación de estar al corriente en las obligaciones tributarias
- Certificación de estar al corriente en las obligaciones con la Seguridad Social
- Certificación del registro de asociaciones de Canarias o del registro nacional de entidades religiosas, con la inscripción y los órganos de representación
- Certificación del registro de fundaciones de Canarias, con la inscripción y los órganos de representación y gobierno
- Certificación de inscripción en el registro regional de entidades colaboradoras en la prestación de servicios sociales de Canarias
- En su caso, certificación de que la entidad está acreditada como servicio o centro de la dependencia