Saltar al contenido
Ayudas Claras
Subvenciones Canarias Servicios sociales
Servicios sociales Canarias Versión legible elaborada con ayuda de inteligencia artificial a partir de fuentes oficiales.

Subvenciones para discapacidad y dependencia en Canarias

Subvención a entidades sin ánimo de lucro para proyectos de discapacidad y dependencia

Lo que significa

Qué es
Subvención por concurrencia del Gobierno de Canarias para proyectos que fomentan los derechos de personas con discapacidad y dependencia
Para quién
Entidades privadas sin ánimo de lucro de Canarias, como asociaciones y fundaciones, que prestan servicios sociales
Cuánto
El máximo por proyecto va de 20.000 a 100.000 € según la actividad y puede cubrir el 100% del coste; no se admite solicitar menos de 6.000 €
Qué cubre
  • Costes de contratación de personal, tanto nuevas contrataciones como contratos ya existentes
  • Gastos generales de funcionamiento de la entidad, en la proporción que corresponda a la actividad subvencionada
  • Gastos de la actividad; los gastos de inversión solo se admiten en las actividades de la línea 4
Requisitos
  • Tu entidad carece de ánimo de lucro
  • Tu entidad tiene personalidad jurídica propia de naturaleza privada
  • Está legalmente constituida e inscrita en el registro administrativo correspondiente
  • Desarrolla su actividad en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Canarias
  • Está inscrita en el registro regional de entidades colaboradoras en la prestación de servicios sociales de Canarias
  • Tu proyecto se acoge a alguna de las actividades subvencionables de la convocatoria
  • No estar inhabilitado para recibir subvenciones públicas Causas de exclusión (art. 13.2 Ley 38/2003):
    • Deudas con Hacienda o Seguridad Social.
    • Condena firme por delitos contra la administración (prevaricación, cohecho, malversación, fraude).
    • Concurso de acreedores.
    • Inhabilitación para contratar con el sector público.
    • Residencia fiscal en paraíso fiscal.
    • Otras causas listadas en el art. 13.2 de la Ley 38/2003.
Obligaciones
  • Comunica cualquier otra ayuda, ingreso o recurso que financie la actividad subvencionada, en cuanto lo conozcas
  • Ejecuta los proyectos de las actividades 1 a 3 entre el 1 de enero de 2026 y el 30 de septiembre de 2027
  • Ejecuta los proyectos de la actividad 4 entre el 1 de enero de 2026 y el 31 de diciembre de 2027
  • Justifica la subvención en los dos meses siguientes a la finalización del plazo de ejecución
  • Presenta la cuenta justificativa acompañada del informe de un auditor de cuentas inscrito como ejerciente
  • Acredita la difusión y la publicidad que hayas hecho del programa
Fechas estimadas
  • Abre: 1 de enero de 2028 Fecha calculada según la convocatoria oficial. Pueden existir matices (festivos locales, modificaciones posteriores); confirma siempre con la fuente oficial antes del último día.
  • Último día: 17 de enero de 2028 Fecha calculada según la convocatoria oficial. Pueden existir matices (festivos locales, modificaciones posteriores); confirma siempre con la fuente oficial antes del último día.

Las fechas son estimadas: la convocatoria fija el plazo desde su publicación en el boletín y las calculamos a partir de ese dato. Confírmalas en la convocatoria oficial antes de solicitar.

¿Te interesa esta ayuda?

Repasa rápidamente si encajas en los requisitos antes de seguir leyendo.

  • Tu entidad carece de ánimo de lucro
  • Tienes personalidad jurídica propia de naturaleza privada
  • Desarrollas tu actividad en Canarias
  • Estás inscrita en el registro regional de entidades colaboradoras de servicios sociales de Canarias
  • Vas a ejecutar un proyecto que promueve los derechos de personas con discapacidad
  • Tu proyecto atiende a personas en situación de dependencia, sus familias o su entorno
  • Tu entidad tiene ánimo de lucro
  • Tu entidad es de naturaleza pública
  • Tu entidad no está inscrita en el registro administrativo que le corresponde
  • Tu proyecto no encaja en ninguna de las actividades subvencionables previstas
  • Tu entidad ha sido declarada en quiebra o en concurso de acreedores
  • Presentas la solicitud fuera del plazo establecido

Cuánto puedes recibir

La cuantía que solicites no puede ser inferior a 6.000 euros y el máximo depende de la actividad a la que te acojas: 100.000 euros por proyecto de obra o instalación de la línea 4 (20.000 euros si solo compras equipamiento), 20.000 euros en comida a domicilio y en apoyos tecnológicos, y entre 30.000 y 80.000 euros en el resto de actividades de servicios. La subvención puede llegar al 100% del coste total del proyecto. Cada entidad tiene además un tope acumulado: 150.000 euros en el área de Dependencia y 200.000 euros en el área de Discapacidad, donde solo se admiten tres solicitudes por entidad. Las subvenciones se conceden en concurrencia competitiva: una comisión valora los proyectos y los créditos se asignan por orden decreciente de puntuación hasta agotarse. Si después se libera crédito por renuncias o por falta de aceptación, puede repartirse entre las solicitudes que se quedaron fuera solo por falta de crédito.

Cómo solicitarla, paso a paso

  1. Comprueba que tu proyecto encaja en alguna de las actividades subvencionables

  2. Redacta una memoria detallada del proyecto

  3. Cumplimenta una solicitud por cada proyecto con el formulario de la sede electrónica

  4. Firma la solicitud electrónicamente como representante legal de la entidad

  5. Preséntala dentro de plazo en la sede electrónica del Gobierno de Canarias

  6. Guarda el recibo con la fecha y hora de presentación que devuelve el sistema

Documentación necesaria

  • Solicitud en el formulario normalizado, una por cada proyecto
  • Memoria del proyecto con el objeto, la necesidad, la metodología, los objetivos, las actuaciones, el personal, los bienes a adquirir y la evaluación
  • Certificación de estar al corriente de las obligaciones tributarias
  • Certificación de estar al corriente con la Seguridad Social
  • Certificación del registro de asociaciones de Canarias o del registro nacional de entidades religiosas
  • Certificación del registro de fundaciones de Canarias, si eres una fundación
  • Certificación de inscripción en el registro regional de entidades colaboradoras en la prestación de servicios sociales de Canarias
  • Certificación de estar acreditada como servicio o centro de la dependencia, en su caso

Preguntas frecuentes

¿Puedo presentar más de un proyecto?
Sí, pero debes presentar una solicitud por cada proyecto y respetar los límites fijados para cada línea de actividad. Si presentas más de las permitidas, se tramitan por orden de entrada hasta ese límite y se inadmiten las posteriores.
¿Puedo entregar la solicitud en papel?
No. La presentación se hace obligatoriamente a través de la sede electrónica del Gobierno de Canarias; si la presentas de otra forma no se admite y no hay posibilidad de subsanarla.
¿Tengo que aportar los certificados de estar al corriente de pagos?
La administración los recaba directamente de los organismos competentes si lo autorizas y no te opones en la solicitud. Si te opones, tienes que aportarlos tú.
¿Qué pasa si falta algún documento?
Te requerirán para que subsanes la falta en el plazo de diez días. Si no lo haces, se te tendrá por desistido de tu solicitud.
¿Cuánto tardan en resolver?
El plazo máximo para resolver y notificar es de seis meses desde la publicación de la convocatoria en el boletín oficial. Si transcurre sin respuesta, tu solicitud se entiende desestimada.

Fuentes oficiales

Otras fichas relacionadas