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Ayudas Claras
Subvenciones Asturias Económico
Económico Asturias Versión legible elaborada con ayuda de inteligencia artificial a partir de fuentes oficiales.

Subvenciones a asociaciones de vecinos de Castrillón

Ayuda a los gastos de funcionamiento de las asociaciones de vecinos de Castrillón

Lo que significa

Qué es
Subvención por concurrencia competitiva del Ayuntamiento de Castrillón para los gastos de funcionamiento de las asociaciones de vecinos.
Para quién
Asociaciones de vecinos sin ánimo de lucro del concejo de Castrillón.
Cuánto
Sin cantidad fija: el importe se reparte de forma proporcional a la puntuación que obtenga tu asociación
Qué cubre
  • Gastos de mantenimiento del local social, como la luz y las reparaciones
  • Material de oficina, informático, de limpieza y de bricolaje
  • Seguro del local social, cuota de internet y telefonía y pequeños electrodomésticos
Requisitos
  • Tu asociación está constituida e inscrita en el registro administrativo con el nombre de Asociación de Vecinos
  • Estás inscrita en el Registro de entidades ciudadanas del Ayuntamiento de Castrillón el día que presentas la solicitud
  • Tu asociación carece de ánimo de lucro y así figura de forma explícita en sus Estatutos
  • Estás al corriente de tus obligaciones tributarias con el Estado, el Principado de Asturias y el Ayuntamiento
  • Estás al corriente de tus obligaciones con la Seguridad Social
  • Has justificado debidamente las subvenciones municipales que hayas recibido antes
  • No estar inhabilitado para recibir subvenciones públicas Causas de exclusión (art. 13.2 Ley 38/2003):
    • Deudas con Hacienda o Seguridad Social.
    • Condena firme por delitos contra la administración (prevaricación, cohecho, malversación, fraude).
    • Concurso de acreedores.
    • Inhabilitación para contratar con el sector público.
    • Residencia fiscal en paraíso fiscal.
    • Otras causas listadas en el art. 13.2 de la Ley 38/2003.
Obligaciones
  • Justifica ante el Ayuntamiento el destino de la subvención hasta el 1 de diciembre de 2026
  • Sométete a las comprobaciones, el seguimiento y las inspecciones del órgano que concede la ayuda
  • Comunica cualquier otra ayuda o ingreso que financie la misma actividad, en cuanto la conozcas
  • Dispón de libros contables y registros que permitan comprobar el uso del dinero recibido
  • Conserva los justificantes del gasto, incluidos los electrónicos, mientras puedan ser revisados
  • Devuelve el dinero si incumples el destino, las condiciones o la finalidad de la subvención
Fechas estimadas
  • Abre: 27 de agosto de 2026 Fecha calculada según la convocatoria oficial. Pueden existir matices (festivos locales, modificaciones posteriores); confirma siempre con la fuente oficial antes del último día.
  • Último día: 7 de septiembre de 2026 Fecha calculada según la convocatoria oficial. Pueden existir matices (festivos locales, modificaciones posteriores); confirma siempre con la fuente oficial antes del último día.

Las fechas son estimadas: la convocatoria fija el plazo desde su publicación en el boletín y las calculamos a partir de ese dato. Confírmalas en la convocatoria oficial antes de solicitar.

¿Te interesa esta ayuda?

Repasa rápidamente si encajas en los requisitos antes de seguir leyendo.

  • Representas a una asociación de vecinos del concejo de Castrillón
  • Tu asociación tiene su sede social o una delegación en Castrillón
  • Tu entidad carece de ánimo de lucro y así consta en sus Estatutos
  • Quieres cubrir los gastos de funcionamiento de tu asociación durante 2026
  • Tu asociación está inscrita en el Registro de entidades ciudadanas del Ayuntamiento
  • Tu entidad tiene ánimo de lucro
  • Tu asociación no tiene sede ni delegación en el concejo de Castrillón
  • No estás inscrita como Asociación de Vecinos en el registro administrativo
  • Tienes deudas pendientes con Hacienda, el Principado de Asturias o la Seguridad Social
  • No has justificado subvenciones municipales anteriores
  • Solo quieres financiar gastos de alimentación o bebida

Cuánto puedes recibir

No hay una cantidad fija por asociación. El Ayuntamiento puntúa tu solicitud según el número de socios y tu colaboración en eventos municipales, y reparte la cantidad global entre todas las solicitudes de forma proporcional a esa puntuación. Cobras la ayuda por anticipado y de una sola vez, antes de justificarla, mediante ingreso en la cuenta bancaria que indiques.

Cómo solicitarla, paso a paso

  1. Reúne los Estatutos y los justificantes de inscripción de tu asociación

  2. Rellena la instancia-solicitud y los anexos de datos de la entidad

  3. Presenta la documentación telemáticamente en la sede electrónica del Ayuntamiento de Castrillón

  4. Hazlo dentro de los 10 días naturales siguientes al anuncio en el boletín oficial del Principado de Asturias

  5. Si te proponen como beneficiaria, comunica tu aceptación en 10 días naturales

Documentación necesaria

  • Instancia-solicitud de subvención (Anexo I.1)
  • Estatutos de la entidad, originales o fotocopia compulsada
  • Documento acreditativo de la inscripción en el Registro de asociaciones del Principado de Asturias
  • Justificante de estar inscrita en el Registro de entidades ciudadanas del Ayuntamiento de Castrillón
  • Autorización firmada y sellada para que el Ayuntamiento consulte tus datos tributarios y de Seguridad Social (Anexo I.2)
  • Documento que acredite haber justificado subvenciones anteriores y tu situación tributaria con el Ayuntamiento
  • Datos relacionados con la entidad solicitante (Anexo I.4)
  • Certificado acreditativo del número de socios
  • Ficha de acreedores

Preguntas frecuentes

¿Cuánto tiempo tengo para presentar la solicitud?
Dispones de 10 días naturales a partir del día siguiente a la publicación del anuncio en el boletín oficial del Principado de Asturias.
¿Cobro la ayuda antes o después de justificar los gastos?
El pago se hace por anticipado y en una sola vez, antes de la justificación. No necesitas presentar garantía bancaria, pero sí estar al corriente de tus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social.
¿Qué gastos no me van a admitir?
No se admiten los intereses de cuentas bancarias, los intereses, recargos y sanciones, los gastos de procedimientos judiciales, los impuestos indirectos recuperables, los impuestos sobre la renta ni ningún gasto de alimentación o bebida.
¿Puedo recibir otras ayudas para lo mismo?
Sí, pero debes comunicarlo al Ayuntamiento en cuanto lo sepas. La subvención no puede superar, sola o junto a otras ayudas, el coste de la actividad.
¿Qué pasa si no justifico el gasto en plazo?
El Ayuntamiento te requerirá para que presentes la justificación o subsanes los defectos. Si no lo haces, se inicia el procedimiento para el reintegro de la subvención.

Fuentes oficiales

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