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Ayudas Claras
Subvenciones Cataluña Económico
Económico Cataluña Versión legible elaborada con ayuda de inteligencia artificial a partir de fuentes oficiales.

Ayudas para caminos rurales en comarcas de montaña y Arán

Subvención máxima de 299.000€ a 970.000€ por territorio para caminos de montaña

Lo que significa

Qué es
Subvención en concurrencia no competitiva de la Generalitat de Catalunya para mejorar y mantener caminos vecinales y rurales.
Para quién
Las comarcas de montaña de Cataluña y el Arán.
Cuánto
  • Subvención máxima por territorio: 100.000€ fijos más una parte variable según la longitud de su red estructurante de caminos
    TerritorioSubvención máxima
    Alta Ribagorça322.000€
    Alt Urgell970.000€
    Arán299.000€
    Berguedà622.500€
    Cerdanya446.000€
    Garrotxa523.500€
    Pallars Jussà821.500€
    Pallars Sobirà667.500€
    Ripollès496.000€
    Solsonès851.500€
    La subvención nunca puede superar el coste de la actividad subvencionada, ni sola ni sumada a otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos.
Qué cubre
  • Actuaciones de mejora de caminos de la red vecinal y rural
  • Actuaciones de mantenimiento de caminos de la red vecinal y rural
  • El detalle de actuaciones y gastos subvencionables está en las bases reguladoras; consulta directamente con la administración
Requisitos
  • Tu territorio es una de las comarcas de montaña incluidas en la convocatoria o el Arán

    Alta Ribagorça, Alt Urgell, Arán, Berguedà, Cerdanya, Garrotxa, Pallars Jussà, Pallars Sobirà, Ripollès y Solsonès.

  • Los caminos forman parte de la red vecinal y rural
  • Los titulares de los caminos son municipios de esa comarca de montaña o del Arán
  • Cumples los requisitos para ser beneficiario que fijan las bases reguladoras
Obligaciones
  • Ejecuta las actuaciones entre el 1 de enero y el 31 de octubre de 2027, salvo que se amplíe el plazo
  • Presenta la justificación entre el día siguiente a la publicación de la concesión (siempre que sea posterior al 1 de enero de 2027) y el 10 de noviembre de 2027
  • Justifica mediante una cuenta justificativa, sin aportar justificantes de gasto
  • Adjunta una declaración responsable de la persona titular de la Intervención o de la Secretaría-Intervención
  • Acredita los medios que usaste para dar publicidad y difusión a la actuación
Cuándo

La convocatoria no publica fechas concretas. La administración fija el plazo en el extracto del boletín oficial; consulta la fuente para conocerlo.

¿Te interesa esta ayuda?

Repasa rápidamente si encajas en los requisitos antes de seguir leyendo.

  • Tu territorio es una comarca de montaña de Cataluña o el Arán
  • Quieres mejorar caminos de la red vecinal y rural
  • Quieres mantener caminos de la red vecinal y rural
  • Los caminos que quieres arreglar son de titularidad municipal
  • Puedes ejecutar las actuaciones entre enero y octubre de 2027
  • Tu territorio no es una comarca de montaña ni el Arán
  • Los caminos no son de titularidad municipal
  • Los caminos no forman parte de la red vecinal y rural
  • Eres una persona física

Cuánto puedes recibir

Tu subvención máxima suma una parte fija de 100.000€, igual para todos los beneficiarios, y una parte variable según la longitud de la red estructurante de caminos de tu territorio. El máximo va desde 299.000€ en el Arán hasta 970.000€ en el Alt Urgell. El importe nunca puede superar el coste de la actividad subvencionada. Puedes pedir cobrar por anticipado hasta el 80% del importe si lo indicas en el formulario de solicitud.

Cómo solicitarla, paso a paso

  1. Descarga el modelo normalizado de memoria y presupuesto desde la plataforma EACAT

  2. Prepara la memoria y el presupuesto con ese modelo

  3. Marca en el formulario si quieres recibir un pago anticipado

  4. Presenta la solicitud por vía telemática, según los modelos de la Sede electrónica, en los dos meses siguientes a la publicación de la convocatoria en el Diari Oficial de la Generalitat de Catalunya

  5. Consulta la resolución en el Tablón electrónico de la Administración de la Generalitat de Catalunya

Documentación necesaria

  • Formulario de solicitud
  • Memoria según el modelo normalizado (se descarga en la plataforma EACAT)
  • Presupuesto según el modelo normalizado
  • El resto de documentos que exigen las bases reguladoras; consulta directamente con la administración

Preguntas frecuentes

¿Está garantizada la subvención si cumplo los requisitos?
No del todo. La convocatoria es anticipada, así que la concesión queda condicionada a que exista crédito adecuado y suficiente cuando se dicte la resolución.
¿Cuándo se resuelve y cómo me entero?
La resolución debe dictarse y publicarse en un máximo de seis meses desde el día siguiente a la publicación de la convocatoria. Se publica en el Tablón electrónico de la Generalitat de Catalunya y esa publicación sustituye a la notificación individual. Si pasa ese plazo sin resolución, la solicitud se entiende desestimada.
¿Puedo ampliar el plazo para ejecutar o justificar?
Sí, por razones justificadas. La ampliación de la ejecución se pide mediante el trámite que indique la resolución de concesión. La de justificación se pide antes de que venza el plazo y no puede superar la mitad del plazo inicial.
¿Puedo modificar mi solicitud para ajustarla a lo que me concedan?
Sí. La solicitud se puede reformular para ajustar los compromisos y las condiciones a la subvención que se pueda otorgar.
¿Qué pasa si no justifico la subvención?
Pierdes el derecho a cobrarla, de forma total o parcial. Si quieres devolver dinero por tu cuenta, pide la renuncia al órgano competente, que te notificará la cuantía a reintegrar con intereses de demora desde el pago.

Fuentes oficiales

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