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Ayudas Claras
Subvenciones Galicia Económico
Económico Galicia Versión legible elaborada con ayuda de inteligencia artificial a partir de fuentes oficiales.

Subvenciones para clubes y entidades deportivas de Padrón

Hasta 3.000€ por actividad para entidades deportivas sin ánimo de lucro de Padrón

Lo que significa

Qué es
Subvención por concurrencia competitiva del Ayuntamiento de Padrón para participar en competiciones y organizar eventos deportivos
Para quién
Clubes y entidades deportivas sin ánimo de lucro de Padrón
Cuánto
  • Hasta 3.000€ por actividad, en proporción a los puntos obtenidos
    ModalidadPuntuación máxima
    Actividad competitiva100 puntos
    Organización de eventos deportivos de carácter extraordinario50 puntos
    Cuantía = puntos obtenidos por la actividad × valor del punto (crédito a distribuir entre el total de puntos de todas las solicitudes). Lo que solicites no puede superar el 80% del presupuesto de gastos previsto o realizado.
Qué cubre
  • Personal, equipamiento deportivo y desplazamientos

    Personal directamente dedicado a la actividad (técnicos, monitores, deportistas, médicos...), equipamiento deportivo y desplazamientos (viajes, alojamiento y manutención).

  • Gastos de la actividad federativa

    Licencias, arbitrajes, cánones o cuotas de participación.

  • Otros gastos corrientes necesarios para la actividad

    Cartelería, dípticos y trípticos, suministros y servicios de proveedores o profesionales.

Requisitos
  • Tu entidad deportiva no tiene ánimo de lucro
  • Tu entidad desarrolla sus actividades en el término municipal de Padrón
  • Tu entidad está inscrita en el Registro Municipal de Asociaciones del Ayuntamiento de Padrón
  • No tienes pendiente de justificar ninguna subvención concedida por el Ayuntamiento de Padrón
  • La actividad se realiza en Padrón, salvo proyectos para competir fuera de entidades con sede social en el municipio
  • La actividad encaja en una de las dos modalidades de la convocatoria

    Actividad competitiva: participación en competiciones de modalidades reconocidas oficialmente por alguna federación deportiva gallega o española. Organización de eventos deportivos de carácter extraordinario: eventos y competiciones de periodicidad anual o superior que se celebran en Padrón.

  • No estar inhabilitado para recibir subvenciones públicas Causas de exclusión (art. 13.2 Ley 38/2003):
    • Deudas con Hacienda o Seguridad Social.
    • Condena firme por delitos contra la administración (prevaricación, cohecho, malversación, fraude).
    • Concurso de acreedores.
    • Inhabilitación para contratar con el sector público.
    • Residencia fiscal en paraíso fiscal.
    • Otras causas listadas en el art. 13.2 de la Ley 38/2003.
Obligaciones
  • Destina la subvención solo a los fines para los que se concede, según la memoria presentada
  • Justifica el gasto en la sede electrónica como fecha límite el 15 de noviembre de 2026
  • Indica la financiación municipal con el logotipo del Ayuntamiento en tu publicidad y un cartel mínimo A3 visible
  • Comunica al Ayuntamiento si obtienes otras subvenciones de entidades públicas o privadas
  • Sométete a las comprobaciones y al control financiero de los órganos competentes
  • Usa un lenguaje no sexista y una comunicación inclusiva en tus actividades
Cuándo
  • Abre: 21 de septiembre de 2026 Fecha calculada según la convocatoria oficial. Pueden existir matices (festivos locales, modificaciones posteriores); confirma siempre con la fuente oficial antes del último día.
  • Último día: 4 de octubre de 2026 Fecha calculada según la convocatoria oficial. Pueden existir matices (festivos locales, modificaciones posteriores); confirma siempre con la fuente oficial antes del último día.

¿Te interesa esta ayuda?

Repasa rápidamente si encajas en los requisitos antes de seguir leyendo.

  • Tu entidad deportiva no tiene ánimo de lucro
  • Tu club compite en competiciones federadas o reconocidas oficialmente
  • Organizas en Padrón un evento deportivo de periodicidad anual o superior
  • Tu entidad desarrolla su actividad en el término municipal de Padrón
  • Tu entidad está inscrita en el Registro Municipal de Asociaciones de Padrón
  • Tu entidad tiene ánimo de lucro
  • Tienes pendiente de justificar una subvención del Ayuntamiento de Padrón
  • Tu actividad está sujeta a un convenio de colaboración con el Ayuntamiento
  • Tu actividad ya recibe otra aportación del Ayuntamiento
  • Compites fuera de Padrón y tu entidad no tiene sede social en el municipio

Cuánto puedes recibir

Tu ayuda se calcula multiplicando los puntos que obtiene tu actividad por el valor del punto, que sale de dividir el crédito disponible entre los puntos de todas las solicitudes. En ningún caso supera 3.000€ por actividad, y lo que solicites no puede pasar del 80% del presupuesto de gastos. Cobras una vez justificados totalmente los gastos; si justificas menos de lo asignado, la ayuda se reduce en proporción.

Cómo solicitarla, paso a paso

  1. Descarga el formulario normalizado de solicitud y los anexos en la sede electrónica del Ayuntamiento de Padrón

  2. Reúne la documentación común y la específica de tu modalidad: actividad competitiva o evento extraordinario

  3. Firma digitalmente la solicitud con el presidente y el secretario de la entidad, o quien tenga la delegación

  4. Presenta la solicitud en la sede electrónica, con certificado electrónico, en 15 días naturales desde el día siguiente a la publicación del extracto

  5. Si te piden subsanar, acepta la notificación en 5 días naturales y corrige en 10 días hábiles

  6. Justifica el gasto en la sede electrónica como fecha límite el 15 de noviembre de 2026

Documentación necesaria

  • Solicitud de subvención en el modelo normalizado, firmada digitalmente por el presidente y el secretario de la entidad
  • Declaraciones responsables del modelo de solicitud: ayudas pedidas o concedidas para la misma actividad, personal en contacto habitual con menores, compromiso de justificar y de mantener la cofinanciación
  • Fotocopia del DNI del representante legal
  • Fotocopia de los estatutos de la entidad, inscritos en el registro de asociaciones correspondiente
  • Certificación de la entidad con el domicilio social actual y los miembros de la junta directiva
  • Copia del CIF de la entidad
  • Certificación de la federación deportiva de la inscripción del club en la competición oficial federada para la que pides la ayuda
  • Actividad competitiva: Anexo I cumplimentado
  • Actividad competitiva: memoria de la actividad (Anexo II)
  • Actividad competitiva: certificación de la federación gallega y/o estatal con categorías, licencias y equipos de la entidad
  • Actividad competitiva: certificación federativa del ranking de los deportistas, si procede
  • Actividad competitiva: copia de la inscripción de la entidad en el registro de la Xunta de Galicia
  • Actividad competitiva: calendarios de competición
  • Eventos extraordinarios: Anexo III cumplimentado
  • Eventos extraordinarios: memoria del evento (Anexo IV) con denominación, descripción, destinatarios, localización, objetivos y presupuesto de gastos e ingresos
  • Eventos federados o puntuables: certificado de la federación correspondiente

Preguntas frecuentes

¿Es compatible con otras ayudas?
Sí, es compatible con otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos de cualquier otra administración o entidad pública o privada, siempre que en conjunto no superen el coste de la actividad. Eso sí, no se subvencionan las actividades sujetas a un convenio de colaboración con el Ayuntamiento de Padrón ni las que ya reciban otra aportación municipal.
¿Qué pasa si falta documentación en mi solicitud?
El Ayuntamiento te lo requerirá: tienes 5 días naturales para aceptar la notificación y 10 días hábiles desde entonces para corregirlo. Si los documentos de méritos están incompletos o tienen defectos esenciales, esos criterios se valoran con cero puntos.
¿Qué ocurre si no justifico a tiempo?
Si no presentas la justificación dentro del plazo, la Junta de Gobierno Local iniciará el expediente de anulación del compromiso. Incumplir las condiciones o la obligación de justificar también puede suponer la revocación y la devolución de lo cobrado.
¿Cuándo se resuelve la convocatoria?
El plazo máximo para resolver es el 31 de octubre de 2026. La resolución se publica también en el tablón de anuncios electrónico del Ayuntamiento.
¿Se subvenciona el IVA o el uso de instalaciones municipales?
No. El IVA no se subvenciona en ningún caso, ni tampoco lo que pagues al Ayuntamiento de Padrón por usar sus instalaciones deportivas o culturales.

Fuentes oficiales

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