Ayudas a instalaciones fotovoltaicas y eólicas en Lanzarote
Hasta 3.000€ por instalación fotovoltaica o eólica en Lanzarote y La Graciosa
Lo que significa
- Qué es
- Subvención en concurrencia competitiva del Cabildo de Lanzarote para instalaciones de energía fotovoltaica y eólica en edificaciones.
- Para quién
- Personas físicas y entidades con personalidad jurídica que hagan la instalación en las islas de Lanzarote y La Graciosa.
- Cuánto
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- Importe por kW instalado según la modalidad, con tope por instalación
En ningún caso la subvención puede superar el 50% de la instalación.Modalidad Por kW instalado Tope por instalación Edificación no conectada a la red, menos de 10 kW 2.000€ 3.000€ Edificación conectada a la red, menos de 10 kW 1.100€ 3.000€ Conectada a la red con apoyo de baterías, menos de 10 kW 1.500€ 3.000€
- Importe por kW instalado según la modalidad, con tope por instalación
- Qué cubre
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- Equipos de la instalación: módulos fotovoltaicos, inversor, regulador de carga y baterías
Edificaciones no conectadas a la red: módulos fotovoltaicos y estructuras soporte; aerogeneradores, mástil y accesorios; regulador de carga; inversor; baterías. Edificaciones conectadas a la red: módulos fotovoltaicos y elementos de apoyo; inversor. Conectadas a la red con apoyo de baterías: módulos fotovoltaicos y elementos de apoyo; regulador de carga; inversor; baterías.
- Aerogeneradores, mástil y accesorios en edificaciones no conectadas a la red
- Conexiones, pequeña albañilería y elementos de protección, seguridad, maniobra y medida
- Equipos de la instalación: módulos fotovoltaicos, inversor, regulador de carga y baterías
- Requisitos
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- Planteas la instalación en una edificación de las islas de Lanzarote o La Graciosa
- Has realizado la actuación a partir del 11 de octubre de 2025
- Tu edificación no es objeto de un expediente de disciplina urbanística
- La potencia de la instalación es inferior a 10 kW
- Presentas un único proyecto en esta línea de subvención
- Tienes tu domicilio o sede social en la isla de Lanzarote
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No estar inhabilitado para recibir subvenciones públicas
Causas de exclusión (art. 13.2 Ley 38/2003):
- Deudas con Hacienda o Seguridad Social.
- Condena firme por delitos contra la administración (prevaricación, cohecho, malversación, fraude).
- Concurso de acreedores.
- Inhabilitación para contratar con el sector público.
- Residencia fiscal en paraíso fiscal.
- Otras causas listadas en el art. 13.2 de la Ley 38/2003.
- Obligaciones
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- Ejecuta los gastos hasta cuatro meses después de publicarse la resolución definitiva
- Justifica la subvención en el mes siguiente al fin del plazo de ejecución
- Presenta las facturas y los documentos que acrediten el pago de la instalación
- Mantén en buen estado y no vendas la instalación durante al menos cuatro años
- Comunica al Cabildo cualquier otra ayuda o ingreso que financie la misma actuación
- Permite las visitas de comprobación de la instalación y las actuaciones de control
- Cuándo
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La convocatoria no publica fechas concretas. La administración fija el plazo en el extracto del boletín oficial; consulta la fuente para conocerlo.
¿Te interesa esta ayuda?
Repasa rápidamente si encajas en los requisitos antes de seguir leyendo.
- Vas a instalar paneles fotovoltaicos en una edificación de Lanzarote o La Graciosa
- Tu edificación no está conectada a la red y quieres electrificarla con renovables
- Quieres una instalación conectada a la red con apoyo de baterías
- Amplías o renuevas una instalación de energías renovables ya existente
- Eres una persona física o una entidad con personalidad jurídica propia
- La instalación está fuera de las islas de Lanzarote y La Graciosa
- Tu edificación es objeto de un expediente de disciplina urbanística
- La instalación tiene una potencia igual o superior a 10 kW
- Realizaste la actuación antes del 11 de octubre de 2025
- Ya presentas otro proyecto en esta misma línea de subvención
Cuánto puedes recibir
Cobras una cantidad por cada kW instalado que depende de la modalidad: 2.000€ por kW en edificaciones no conectadas a la red, 1.100€ en las conectadas a la red y 1.500€ en las conectadas con apoyo de baterías. La ayuda nunca supera el 50% de la instalación ni 3.000€ por instalación. Se abona en un único pago tras la publicación de la resolución de concesión definitiva.
Cómo solicitarla, paso a paso
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Reúne el presupuesto o la factura de la instalación y la documentación del inmueble
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Cumplimenta la solicitud y los anexos que exige la convocatoria
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Presenta la solicitud en el registro electrónico de la entidad colaboradora o en persona en su sede de Arrecife
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Hazlo dentro del mes siguiente a la publicación de la convocatoria en el boletín de la provincia de Las Palmas
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Si te requieren subsanar, aporta la documentación que falte en diez días hábiles
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Comunica tu aceptación de la ayuda en los diez días hábiles tras la resolución provisional
Documentación necesaria
- Solicitud cumplimentada (Anexo I)
- Declaración jurada (Anexo II)
- Declaración responsable de cumplimiento de requisitos (Anexo III)
- Memoria explicativa del proyecto (Anexo IV)
- Documento de presupuestos de gastos (Anexo V)
- Documento de alta o modificación de terceros (Anexo VI)
- Copia del DNI o NIE del solicitante y, en su caso, de quien le represente
- Si eres entidad: copia del CIF, estatutos y acreditación del representante
- Documentación acreditativa del instalador autorizado
- Nota simple u otro documento que acredite tu relación con el inmueble de la instalación
- Cédula de habitabilidad, licencia de primera ocupación, declaración responsable de primera ocupación o licencia de apertura
- Presupuesto o copia de la factura de la actuación a realizar
- Documento acreditativo del título de familia numerosa, si lo tienes
- Si la subvención supera los 3.000 euros, certificados de estar al corriente con la Hacienda estatal, la Hacienda canaria y la Seguridad Social