Subvenciones para asociaciones de Getafe 2026
Subvención para proyectos de asociaciones de Getafe que impulsen el asociacionismo.
Lo que significa
- Qué es
- Subvención en concurrencia competitiva del Ayuntamiento de Getafe para proyectos que impulsen y fortalezcan el tejido asociativo local.
- Para quién
- Asociaciones y entidades sin ánimo de lucro del municipio de Getafe.
- Cuánto
- Hasta 3.000 € por cada solicitud presentada
- Qué cubre
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- Gastos de personal y servicios profesionales del proyecto
- Material fungible, de oficina o de talleres necesario para la actividad
- Publicidad y difusión, conexión a internet y mantenimiento de equipos informáticos o dominios web, pólizas de seguro de responsabilidad civil contratadas específicamente para la actividad, y gestoría
- Requisitos
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- Tu entidad es una asociación sin ánimo de lucro
- Estás legalmente constituida e inscrita, con los datos actualizados, en el Registro Municipal de Asociaciones y Entidades Ciudadanas de Getafe
- Estás al corriente de tus obligaciones con el Ayuntamiento de Getafe, con Hacienda y con la Seguridad Social
- No tienes deudas con el Ayuntamiento por reintegro de subvenciones en período ejecutivo
- El proyecto se desarrolla en el municipio de Getafe
- El proyecto encaja en alguna de las líneas de actuación de la convocatoria
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No estar inhabilitado para recibir subvenciones públicas
Causas de exclusión (art. 13.2 Ley 38/2003):
- Deudas con Hacienda o Seguridad Social.
- Condena firme por delitos contra la administración (prevaricación, cohecho, malversación, fraude).
- Concurso de acreedores.
- Inhabilitación para contratar con el sector público.
- Residencia fiscal en paraíso fiscal.
- Otras causas listadas en el art. 13.2 de la Ley 38/2003.
- Obligaciones
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- Ejecuta el proyecto y cumple la finalidad para la que se te concede la subvención
- Realiza las actividades entre el 1 de enero y el 30 de diciembre de 2026
- Comunica al Ayuntamiento cualquier otra ayuda que financie el proyecto, siempre antes de justificar los fondos
- Mantén al día los libros contables, de socios y de actas para las comprobaciones
- Justifica la subvención como máximo el 31 de enero de 2027, con la memoria y los justificantes de gasto
- Difunde el carácter público de la financiación y acredítalo en la memoria
- Cuándo
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La convocatoria no publica fechas concretas. La administración fija el plazo en el extracto del boletín oficial; consulta la fuente para conocerlo.
¿Te interesa esta ayuda?
Repasa rápidamente si encajas en los requisitos antes de seguir leyendo.
- Tu asociación no tiene ánimo de lucro y actúa en Getafe
- Estás inscrita en el Registro Municipal de Asociaciones y Entidades Ciudadanas
- Quieres captar nuevas personas socias y ampliar tu base social
- Buscas incorporar jóvenes o renovar los órganos de dirección de tu entidad
- Necesitas digitalizar tu asociación o mejorar su web y redes sociales
- Quieres formarte en gestión de entidades o en estrategias de financiación
- Tu proyecto son actividades ordinarias o anuales de dinamización de la entidad
- Planteas actividades lúdicas, festivas o culturales ajenas a esta convocatoria
- Tu propuesta es una campaña de difusión no integrada en un proceso estratégico
- Solo quieres realizar encuestas o sondeos
- Tu entidad tiene deudas con el Ayuntamiento de Getafe, Hacienda o la Seguridad Social
- La actividad se desarrolla fuera del municipio de Getafe
Cuánto puedes recibir
Cada proyecto puede recibir como máximo 3.000 € por solicitud presentada, y nunca más de lo que hayas pedido ni más que el coste del proyecto contando otras ayudas o ingresos. El reparto es por prorrateo: se divide el presupuesto de la convocatoria entre el total de puntos de todas las solicitudes que llegan al mínimo de 50 puntos, y el valor de cada punto se multiplica por los puntos que saca tu solicitud. Cobras por adelantado el 50% de la subvención concedida y el resto después de justificar y de que se apruebe tu cuenta justificativa.
Cómo solicitarla, paso a paso
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Elige la línea de subvención en la que encaja tu proyecto
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Redacta el proyecto con su presupuesto firmado por el representante legal, según el Anexo III
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Reúne el resto de documentación: certificado de la junta directiva, declaración responsable, CIF, DNI o NIE, estatutos y presupuesto anual
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Presenta la solicitud del Anexo I en la sede electrónica del Ayuntamiento de Getafe con el certificado digital de representante de la entidad
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Hazlo dentro de los 20 días hábiles siguientes a la publicación de la convocatoria en el boletín oficial de la Comunidad de Madrid
Documentación necesaria
- Solicitud de subvención (Anexo I)
- Declaración de la documentación que no se aporta por estar ya en el Registro Municipal de Entidades Ciudadanas (Anexo II)
- Proyecto o actividad para el que pides la subvención, con presupuesto firmado (Anexo III)
- Certificado de la representación legal y de la composición de la junta directiva (Anexo IV)
- Declaración responsable del representante legal (Anexo V)
- Fotocopia del CIF o NIF de la entidad solicitante
- Fotocopia del DNI o NIE del firmante de la solicitud
- Fotocopia de los estatutos de la entidad
- Presupuesto anual de gastos e ingresos firmado por el representante legal