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Ayudas Claras
Subvenciones Girona Servicios sociales
Servicios sociales Girona Versión legible elaborada con ayuda de inteligencia artificial a partir de fuentes oficiales.

Ayudas al transporte adaptado en la comarca del Gironès

Hasta 2.500€ en transporte individual y 14.000€ en transporte colectivo

Lo que significa

Qué es
Subvención por concurrencia competitiva del Consorcio de Bienestar Social Gironès-Salt para financiar servicios de transporte adaptado.
Para quién
Personas con discapacidad o personas mayores con dependencia, centros de día y empresas de transporte adaptado.
Cuánto
  • Cuantía máxima según la modalidad de transporte
    ModalidadCuantía máxima
    Transporte individual0,19 euros por kilómetro, con tope de 2.500,00€
    Transporte colectivo14.000,00€
    La subvención se concede por un importe parcial, según las solicitudes presentadas y el crédito disponible.
Qué cubre
  • Gastos de transporte individual en vehículo propio o adaptado
  • Gastos de transporte colectivo organizado por centros o empresas
  • Desplazamientos a centros de día, terapia ocupacional o servicio pre-laboral
Requisitos
  • Eres mayor de 18 años con discapacidad o persona mayor con dependencia
  • Estás empadronado en un municipio del Gironès de menos de 50.000 habitantes
  • No puedes usar el transporte público por movilidad reducida o necesidad de acompañamiento
  • Tienes plaza reconocida en un servicio social especializado de la red pública
  • Si eres centro o empresa, organizas el transporte colectivo de personas empadronadas en municipios del Gironès de menos de 50.000 habitantes
  • Presentas una única solicitud por proyecto o actividad dentro del mismo año
  • No estar inhabilitado para recibir subvenciones públicas Causas de exclusión (art. 13.2 Ley 38/2003):
    • Deudas con Hacienda o Seguridad Social.
    • Condena firme por delitos contra la administración (prevaricación, cohecho, malversación, fraude).
    • Concurso de acreedores.
    • Inhabilitación para contratar con el sector público.
    • Residencia fiscal en paraíso fiscal.
    • Otras causas listadas en el art. 13.2 de la Ley 38/2003.
Obligaciones
  • Justifica el gasto antes del 30 de noviembre del año en curso
  • Comunica al Consorcio cualquier otra subvención o ingreso que financie la actividad
  • Lleva en un lugar visible del vehículo el distintivo que te entrega el Consorcio
  • Haz constar el apoyo económico del Consorcio en la publicidad de la actividad
  • Conserva los documentos justificativos mientras puedan ser objeto de comprobación
  • Devuelve los fondos recibidos si no cumples las condiciones de la concesión
Cuándo
  • Abre: 19 de agosto de 2026 Fecha calculada según la convocatoria oficial. Pueden existir matices (festivos locales, modificaciones posteriores); confirma siempre con la fuente oficial antes del último día.
  • Último día: 30 de septiembre de 2026 Fecha calculada según la convocatoria oficial. Pueden existir matices (festivos locales, modificaciones posteriores); confirma siempre con la fuente oficial antes del último día.

¿Te interesa esta ayuda?

Repasa rápidamente si encajas en los requisitos antes de seguir leyendo.

  • Eres mayor de 18 años y tienes una discapacidad reconocida
  • Eres una persona mayor en situación de dependencia
  • No puedes usar el transporte público por movilidad reducida
  • Estás empadronado en un municipio del Gironès de menos de 50.000 habitantes
  • Gestionas un centro de día que organiza transporte colectivo para sus usuarios
  • Tu empresa de transporte adaptado organiza rutas colectivas hacia esos centros
  • Ya usas un transporte colectivo cuyo centro concurre en la modalidad colectiva
  • El desplazamiento es a un centro especial de trabajo
  • El desplazamiento es a servicios sanitarios, sociosanitarios o de rehabilitación funcional
  • El desplazamiento es a actividades culturales, de ocio o deportivas
  • Quieres financiar la compra o la adaptación de un vehículo
  • Vas por voluntad propia, y sin criterio profesional que lo aconseje, a un servicio social especializado situado fuera de la comarca del Gironès

Cuánto puedes recibir

En la modalidad individual cobras 0,19 euros por kilómetro, con un tope máximo de 2.500,00€. En la modalidad colectiva la ayuda llega como máximo a 14.000,00€. La cantidad se concede de forma parcial en función de las solicitudes presentadas y del crédito disponible. El pago se hace por transferencia bancaria una vez has justificado el gasto.

Cómo solicitarla, paso a paso

  1. Consigue el modelo normalizado de solicitud (Anexo 1) del Consorcio

  2. Reúne la documentación que corresponde a tu modalidad, individual o colectiva

  3. Presenta la solicitud firmada hasta el 30 de septiembre de 2026 incluido

  4. Espera la resolución, que se dicta en un plazo máximo de seis meses desde el cierre del plazo

  5. Justifica el gasto antes del 30 de noviembre para que se tramite el pago

Documentación necesaria

  • Solicitud en modelo normalizado (Anexo 1)
  • Fotocopia compulsada del DNI de la persona beneficiaria y/o del representante legal
  • Certificado de disminución que especifique el grado de disminución y de movilidad
  • Baremo de movilidad, si dispones de él
  • Certificado de la Generalitat de Catalunya que acredite la plaza reconocida en un servicio social especializado de la red pública
  • Certificado de empadronamiento
  • Certificado de convivencia
  • Autorización firmada para que el Consorcio consulte tu información económica
  • Declaración jurada sobre la asistencia al centro (modelo normalizado 1.1)
  • Ficha de acreedor sellada por la entidad bancaria
  • Informe social de los servicios sociales de atención primaria (modalidad individual tipo B)
  • Fotocopia compulsada de los estatutos de la entidad (modalidad colectiva)
  • Certificado del acta de nombramiento del representante legal de la entidad (modalidad colectiva)
  • Certificado de estar al corriente de las obligaciones tributarias con Hacienda y con la Seguridad Social (modalidad colectiva)
  • Copias de los DNI de las personas transportadas (modalidad colectiva)
  • Certificado del director o secretario del centro o empresa conforme los usuarios no pagan cuota por el transporte
  • Declaración jurada sobre el listado de personas transportadas (modelo normalizado 1.2), una hoja por ruta

Preguntas frecuentes

¿Puedo pedirla si ya recibo otra ayuda para lo mismo?
Sí. Estas subvenciones son compatibles con cualquier otra ayuda o ingreso, siempre que la suma de todo lo vinculado al gasto no supere el coste total de la actuación. Debes declarar las ayudas de otras instituciones y, en la modalidad individual, percibir otra ayuda por el mismo concepto te resta puntos en la valoración.
¿Qué gastos de transporte quedan fuera?
No se subvencionan los desplazamientos a centros especiales de trabajo, a servicios sanitarios, sociosanitarios o de rehabilitación funcional, ni a actividades culturales, de ocio y deportivas. Tampoco la compra o adaptación de vehículos, sus amortizaciones ni los gastos financieros.
¿Cómo se decide quién recibe la ayuda?
Es concurrencia competitiva: una comisión calificadora compara las solicitudes y las ordena por puntuación. En la modalidad individual se valoran los ingresos de la persona solicitante y si percibe otras ayudas por el mismo concepto; en la colectiva, el número de personas transportadas, de rutas y de kilómetros.
¿Qué pasa si no me contestan?
La resolución debe dictarse en un plazo máximo de seis meses desde que termina el plazo de presentación de solicitudes. Si pasa ese plazo sin resolución, tu solicitud se entiende desestimada.
¿Qué periodo de gastos se puede subvencionar?
Los gastos de transporte individual o colectivo producidos desde el 1 de octubre de 2025 hasta el 30 de septiembre de 2026.

Fuentes oficiales

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