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Ayudas Claras
Subvenciones Región de Murcia
desempleo Región de Murcia Versión legible elaborada con ayuda de inteligencia artificial a partir de fuentes oficiales.

Empleo en entidades sin ánimo de lucro · Murcia 2026

Subvención a entidades sin ánimo de lucro de Murcia para contratar desempleados.

Lo que significa

Qué es
Subvención en concurrencia del servicio de empleo de Murcia para que entidades sin ánimo de lucro contraten a personas desempleadas.
Para quién
Asociaciones, fundaciones y otras entidades sin ánimo de lucro que actúan en la Región de Murcia.
Cuánto
  • El importe subvencionado por cada persona contratada depende de su grupo de cotización a la Seguridad Social.
    Grupo de cotizaciónCoste mensual subvencionadoEquivalente anual
    Grupos 1 y 22.770,84 €/mes33.250 €/año
    Grupos 3 a 72.216,67 €/mes26.600 €/año
    Grupos 8 a 111.662,50 €/mes19.950 €/año
    La subvención cubre los costes salariales y de Seguridad Social de cada persona contratada, según su grupo de cotización, durante un mínimo de seis y un máximo de nueve meses, y hasta dos personas por proyecto. Si el contrato es a tiempo parcial (nunca inferior al 75% de la jornada), la cuantía se reduce proporcionalmente.
Qué cubre
  • Los costes salariales de las personas desempleadas que contratas para el proyecto
  • Hasta nueve meses trabajados por puesto, con jornada de al menos el 75%
Requisitos
  • Eres una asociación, fundación u otra entidad sin ánimo de lucro con personalidad jurídica propia
  • Tu ámbito de actuación es la Región de Murcia
  • Estás inscrita en tu registro público correspondiente desde hace al menos 3 años
  • Dispones de capacidad técnica y de cuenta de cotización por haber desarrollado actividad
  • No tienes deudas tributarias en periodo ejecutivo con la Administración regional de Murcia
  • No estar inhabilitado para recibir subvenciones públicas Causas de exclusión (art. 13.2 Ley 38/2003):
    • Deudas con Hacienda o Seguridad Social.
    • Condena firme por delitos contra la administración (prevaricación, cohecho, malversación, fraude).
    • Concurso de acreedores.
    • Inhabilitación para contratar con el sector público.
    • Residencia fiscal en paraíso fiscal.
    • Otras causas listadas en el art. 13.2 de la Ley 38/2003.
Obligaciones
  • Contratas a personas desempleadas inscritas en la Oficina de Empleo para el proyecto
  • Ejecutas el proyecto por administración directa
  • Comunicas al servicio de empleo el inicio de los contratos en un plazo de 15 días hábiles
  • Justificas el proyecto en los dos meses siguientes al fin de las contrataciones, con memoria final y memoria económica
Cuándo
  • Abre: 28 de julio de 2026 Fecha calculada según la convocatoria oficial. Pueden existir matices (festivos locales, modificaciones posteriores); confirma siempre con la fuente oficial antes del último día.
  • Último día: 11 de septiembre de 2026 Fecha calculada según la convocatoria oficial. Pueden existir matices (festivos locales, modificaciones posteriores); confirma siempre con la fuente oficial antes del último día.

¿Te interesa esta ayuda?

Repasa rápidamente si encajas en los requisitos antes de seguir leyendo.

  • Eres una asociación, fundación u otra entidad sin ánimo de lucro
  • Tu ámbito de actuación es la Región de Murcia
  • Estás inscrita en tu registro público desde hace al menos 3 años
  • Quieres contratar personas desempleadas para un servicio de interés general y social
  • Dispones de cuenta de cotización por haber desarrollado actividad
  • Tu entidad tiene ánimo de lucro
  • Tu entidad se inscribió en el registro hace menos de 3 años
  • Tu ámbito de actuación está fuera de la Región de Murcia
  • Quieres contratar a más de dos personas trabajadoras en el proyecto
  • Quieres presentar más de una solicitud o más de un proyecto

Cuánto puedes recibir

Recibes una subvención que cubre los costes salariales y de Seguridad Social de las personas desempleadas que contratas para el proyecto, calculada mediante costes unitarios según el grupo de cotización de cada persona: 2.770,84 € al mes (33.250 € al año) para los grupos de cotización 1 y 2; 2.216,67 € al mes (26.600 € al año) para los grupos 3 a 7; y 1.662,50 € al mes (19.950 € al año) para los grupos 8 a 11. Se financia el número de meses efectivamente trabajados, entre un mínimo de seis y un máximo de nueve por puesto, y cada proyecto puede incluir hasta dos personas con jornada de al menos el 75% (si es a tiempo parcial, la cuantía se reduce proporcionalmente). El pago se hace de una sola vez y de forma anticipada, tras presentar la documentación de la fase de inicio del proyecto.

Cómo solicitarla, paso a paso

  1. Solicita a la Oficina de Empleo el informe del número de personas desempleadas con el perfil de tu proyecto

  2. Elabora la memoria del proyecto que vas a realizar

  3. Reúne la documentación exigida: declaración responsable, estatutos, certificado registral y certificado bancario

  4. Presenta la solicitud en la sede electrónica de la Región de Murcia (procedimiento 9842) antes del 11 de septiembre de 2026

Documentación necesaria

  • Solicitud en formato XLS o XLSX (Anexo II)
  • Memoria del proyecto a realizar (Anexo III)
  • Informe de la Oficina de Empleo sobre el número de personas inscritas con el perfil del proyecto
  • Declaración responsable de cumplimiento de condiciones (Anexo IV)
  • Escritura pública de constitución, estatutos o documento que acredite la personalidad jurídica y la ausencia de ánimo de lucro
  • Certificado o nota registral que acredite la inscripción con una antelación mínima de tres años
  • Certificado bancario actualizado de la cuenta donde domiciliar el abono

Preguntas frecuentes

¿Cuántos proyectos puedo presentar?
Cada entidad solo puede presentar una solicitud referida a un único proyecto, con un máximo de dos personas trabajadoras por proyecto.
¿Cuánto tiempo se subvenciona a cada trabajador?
Se subvenciona el número de meses efectivamente trabajados y acreditados, con un tope máximo de nueve meses por puesto.
¿Cómo se seleccionan las personas a contratar?
Presentas una oferta de empleo genérica y la Oficina de Empleo te envía candidatos desempleados inscritos, entre los que haces la selección final.
¿Cuándo se cobra la subvención?
El pago se realiza de una sola vez y de forma anticipada, una vez que presentas la documentación de la fase de inicio del proyecto.
¿Puedo presentar la solicitud en papel?
No. Debe presentarse por medios electrónicos; si la presentas presencialmente, se te requerirá que la subsanes por vía electrónica.

Fuentes oficiales

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