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Ayudas Claras
Subvenciones Cádiz Servicios sociales
Servicios sociales Cádiz Versión legible elaborada con ayuda de inteligencia artificial a partir de fuentes oficiales.

Subvenciones a entidades sin ánimo de lucro en Puerto Real

Ayuda municipal a asociaciones de Puerto Real para proyectos de interés general

Lo que significa

Qué es
Subvención por concurrencia competitiva del Ayuntamiento de Puerto Real para proyectos y actividades de interés general.
Para quién
Asociaciones y entidades ciudadanas sin ánimo de lucro del municipio de Puerto Real.
Cuánto
Consulta directamente con la administración
Qué cubre
  • Proyectos, programas y actividades de interés general en el municipio, ejecutados entre el 1 de enero y el 31 de octubre de 2026
  • Iniciativas sociales, culturales, deportivas, educativas, vecinales, medioambientales y comunitarias
  • El IVA solo cuando lo soportas realmente y no puedes recuperarlo ni compensarlo
Requisitos
  • Tu entidad está legalmente constituida e inscrita en el registro público que le corresponda
  • Estás inscrita en el Registro Municipal de Entidades Ciudadanas con los datos actualizados
  • Tienes la sede social en Puerto Real o una delegación en el municipio
  • Entre tus fines estatutarios está realizar actividades relacionadas con el objeto de la convocatoria
  • Has justificado las subvenciones anteriores del Ayuntamiento cuyo plazo ya venció
  • Mantienes estos requisitos desde el fin del plazo de solicitud hasta justificar la ayuda
  • No estar inhabilitado para recibir subvenciones públicas Causas de exclusión (art. 13.2 Ley 38/2003):
    • Deudas con Hacienda o Seguridad Social.
    • Condena firme por delitos contra la administración (prevaricación, cohecho, malversación, fraude).
    • Concurso de acreedores.
    • Inhabilitación para contratar con el sector público.
    • Residencia fiscal en paraíso fiscal.
    • Otras causas listadas en el art. 13.2 de la Ley 38/2003.
Obligaciones
  • Justifica que has hecho la actividad y que has aplicado el dinero a su finalidad
  • Presenta la cuenta justificativa con memoria de actuación y relación clasificada de gastos
  • Aporta las facturas y los justificantes de pago de los gastos realizados
  • Comunica cualquier modificación del proyecto antes de que acabe el plazo de ejecución
  • Informa de otras subvenciones o ingresos que hayan financiado la misma actividad
  • Sométete a las comprobaciones y al control financiero y conserva los justificantes
Fechas estimadas
  • Abre: 1 de agosto de 2026 Fecha calculada según la convocatoria oficial. Pueden existir matices (festivos locales, modificaciones posteriores); confirma siempre con la fuente oficial antes del último día.
  • Último día: 14 de agosto de 2026 Fecha calculada según la convocatoria oficial. Pueden existir matices (festivos locales, modificaciones posteriores); confirma siempre con la fuente oficial antes del último día.

Las fechas son estimadas: la convocatoria fija el plazo desde su publicación en el boletín y las calculamos a partir de ese dato. Confírmalas en la convocatoria oficial antes de solicitar.

¿Te interesa esta ayuda?

Repasa rápidamente si encajas en los requisitos antes de seguir leyendo.

  • Eres una entidad ciudadana sin ánimo de lucro de Puerto Real
  • Tu entidad está inscrita en el Registro Municipal de Entidades Ciudadanas
  • Vas a desarrollar un proyecto o actividad de interés general en el municipio
  • Tu asociación trabaja en el ámbito social, cultural, deportivo, educativo o vecinal
  • Puedes tramitar la solicitud por medios electrónicos
  • Tu entidad tiene ánimo de lucro
  • Recibes en 2026 una subvención nominativa del Ayuntamiento de Puerto Real
  • Tu entidad no está inscrita en el Registro Municipal de Entidades Ciudadanas
  • Tu entidad no tiene sede ni delegación en el municipio de Puerto Real
  • No justificaste subvenciones anteriores del Ayuntamiento con plazo ya vencido

Cuánto puedes recibir

El importe por entidad no está especificado; consulta directamente con la administración. La cuantía individual se fija según la puntuación que obtenga tu proyecto y el crédito disponible, y nunca puede superar el coste total de la actividad, ni sola ni sumada a otras ayudas. Cobras después de la resolución de concesión y una vez justificada la actividad: no hay pagos anticipados ni a cuenta.

Cómo solicitarla, paso a paso

  1. Comprueba que tu entidad está inscrita en el Registro Municipal de Entidades Ciudadanas

  2. Prepara la memoria de la entidad y la memoria descriptiva del proyecto con su presupuesto

  3. Presenta la solicitud en el modelo normalizado por la sede electrónica del ayuntamiento

  4. Hazlo dentro de los 10 días hábiles siguientes a la publicación del extracto de la convocatoria

  5. Si te lo requieren, subsana la documentación en 10 días hábiles por medios electrónicos

Documentación necesaria

  • Solicitud y declaración responsable (Anexo I)
  • Memoria de la entidad y memoria descriptiva del proyecto o actividad (Anexo II)
  • Presupuesto detallado del proyecto y plan de financiación (Anexo III)

Preguntas frecuentes

¿Puedo presentar más de un proyecto?
No. Cada entidad presenta una única solicitud para un único proyecto o actividad. Si presentas varias dentro del plazo, solo se considera válida la última.
¿Qué pasa si me falta algún documento?
El ayuntamiento te requerirá para que subsanes en 10 días hábiles. Si no lo haces, se te tendrá por desistida de la solicitud.
¿Hay una puntuación mínima para recibir la ayuda?
Sí. Cada solicitud se valora sobre un máximo de 100 puntos y no pueden ser beneficiarias las que no alcancen 50 puntos.
¿Cuánto tarda la resolución?
El plazo máximo para resolver y publicar es de tres meses desde el día siguiente a la publicación del extracto en el Boletín Oficial de la Provincia de Cádiz. Si pasa ese plazo sin resolución, puedes entender desestimada tu solicitud.
¿Cómo se cobra la subvención?
Mediante transferencia bancaria a la cuenta que designe tu entidad, después de presentar la documentación justificativa y de que el órgano gestor la informe favorablemente.

Fuentes oficiales

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