Subvenciones de acción social para asociaciones de Parres
Hasta el 100% del coste de la actividad para asociaciones sin ánimo de lucro de Parres
Lo que significa
- Qué es
- Subvención por concurrencia competitiva del Ayuntamiento de Parres para actividades y programas de interés social.
- Para quién
- Entidades sin ánimo de lucro, asociaciones de personas mayores y centros sociales de Parres, y agrupaciones sin personalidad jurídica.
- Cuánto
- Hasta el 100% del coste de la actividad, con un límite de actuación subvencionable de 5.000€ por entidad y ejercicio
- Qué cubre
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- Programas generales: el plan o programa anual de tu entidad
- Programas específicos: una actividad concreta de interés social
- Actividades y gastos de mantenimiento de los centros de personas mayores
- Requisitos
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- Tu entidad está legalmente constituida
- Tu entidad carece de ánimo de lucro
- Estás radicado en el municipio de Parres, con sede y ámbito de actuación en él
- Estás inscrito en el Registro de Asociaciones del Ayuntamiento de Parres
- Mantienes actualizados tus datos en ese Registro
- Tienes justificadas las subvenciones municipales recibidas en años anteriores
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No estar inhabilitado para recibir subvenciones públicas
Causas de exclusión (art. 13.2 Ley 38/2003):
- Deudas con Hacienda o Seguridad Social.
- Condena firme por delitos contra la administración (prevaricación, cohecho, malversación, fraude).
- Concurso de acreedores.
- Inhabilitación para contratar con el sector público.
- Residencia fiscal en paraíso fiscal.
- Otras causas listadas en el art. 13.2 de la Ley 38/2003.
- Obligaciones
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- Justifica la actividad presentando una cuenta justificativa simplificada
- Presenta la justificación como fecha límite el 30 de octubre de 2026
- Incluye una memoria con las actividades realizadas y los resultados obtenidos
- Aporta la relación clasificada de gastos con acreedor, importe y fecha
- Da publicidad de la subvención del Ayuntamiento en tus actos y publicaciones
- Devuelve los remanentes no aplicados y los intereses que se deriven
- Cuándo
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La convocatoria no publica fechas concretas. La administración fija el plazo en el extracto del boletín oficial; consulta la fuente para conocerlo.
¿Te interesa esta ayuda?
Repasa rápidamente si encajas en los requisitos antes de seguir leyendo.
- Tu asociación está radicada en el concejo de Parres
- Tu entidad carece de ánimo de lucro
- Estás inscrito en el Registro Municipal de Asociaciones de Parres
- Organizas actividades o programas de interés social en Parres
- Tu asociación de personas mayores necesita cubrir gastos del centro social
- Formas parte de una agrupación de personas sin personalidad jurídica
- Tu entidad tiene convenio de colaboración con el Ayuntamiento de Parres
- Tu asociación no está inscrita en el Registro Municipal de Asociaciones
- Tienes pendiente de justificar una subvención municipal de años anteriores
- Tu sede o ámbito de actuación está fuera del concejo de Parres
- Ya recibiste ayuda municipal de otra partida para la misma actividad
- Tu entidad persigue ánimo de lucro
Cuánto puedes recibir
La cuantía es variable: se fija según el crédito disponible, lo que solicite tu entidad y la puntuación que obtenga en la baremación. El límite máximo es el cien por cien del coste de la actividad, y se establece un límite de actuación subvencionable de 5.000€ por entidad para el ejercicio. Lo que recibas nunca puede superar el coste de la actividad sumado a otros ingresos. El pago se realiza en el plazo de 30 días desde que se valida la justificación.
Cómo solicitarla, paso a paso
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Reúne los estatutos, el CIF de la entidad y el NIF del representante
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Cumplimenta el modelo de solicitud del Anexo I y fírmalo como representante
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Rellena la ficha de detalle de cada proyecto o actividad que presentes
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Presenta la solicitud dirigida al Alcalde-Presidente dentro del plazo abierto
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Subsana en diez días si el Ayuntamiento te requiere documentación
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Espera la resolución de la Junta de Gobierno Local
Documentación necesaria
- Solicitud de participación (Anexo I), firmada por el representante
- Fotocopia del CIF de la entidad y del NIF de su representante
- Un ejemplar de los estatutos, salvo que ya estén depositados en el Registro Municipal
- Declaración responsable (Anexo Ia)
- Ficha de acreedor (Anexo Ib)
- Ficha del detalle del proyecto o actividad (Anexo proyecto/Actividad)