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Ayudas Claras
Subvenciones Comunidad Valenciana Servicios sociales
Servicios sociales Comunidad Valenciana Versión legible elaborada con ayuda de inteligencia artificial a partir de fuentes oficiales.

Subvenciones 0,7% IRPF para entidades sociales en Valencia

Programas sociales de interés general para entidades del tercer sector valenciano

Lo que significa

Qué es
Subvención por concurrencia competitiva de la Generalitat Valenciana para programas sociales de interés general con cargo al 0,7% del IRPF
Para quién
Entidades del tercer sector de acción social, ONG, federaciones y agrupaciones de entidades
Cuánto
  • El importe que solicitas depende del ámbito de tu programa: hay un mínimo por ámbito y un máximo de 5.900.000€ por entidad.
    Ámbito del programaImporte mínimo a solicitar
    Local12.500€
    Provincial25.000€
    Dos provincias35.000€
    Autonómico45.000€
    Modalidad Tejido Social de Base (ámbito local o comarcal): entre 7.000€ y 10.000€.
Qué cubre
  • Gastos corrientes y de capital de programas de interés social
  • Programas de atención sociosanitaria, socioeducativa o de inserción sociolaboral
  • Equipamiento y obras: nueva construcción, reforma o rehabilitación de centros
Requisitos
  • Tu entidad está legalmente constituida al menos dos años antes de la publicación de la convocatoria
  • Estás inscrita en el registro administrativo que corresponde a tu naturaleza jurídica
  • Tienes sede o delegación permanente en la Comunitat Valenciana, con actividad real y personal fijo
  • Tu entidad carece de fines de lucro y así consta en sus estatutos
  • Tus fines estatutarios encajan con la finalidad social de la subvención
  • No estar inhabilitado para recibir subvenciones públicas Causas de exclusión (art. 13.2 Ley 38/2003):
    • Deudas con Hacienda o Seguridad Social.
    • Condena firme por delitos contra la administración (prevaricación, cohecho, malversación, fraude).
    • Concurso de acreedores.
    • Inhabilitación para contratar con el sector público.
    • Residencia fiscal en paraíso fiscal.
    • Otras causas listadas en el art. 13.2 de la Ley 38/2003.
Obligaciones
  • Da publicidad del carácter público de la financiación e incluye el logotipo de la Generalitat Valenciana en la difusión de la actividad
  • Comunica si obtienes otras ayudas para la misma actividad, indicando su importe y procedencia
  • Ejecuta el programa y mantén los requisitos hasta su completa ejecución
  • Justifica los gastos, que deben realizarse entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2026
  • Facilita la información que te requiera la administración para cumplir la Ley de transparencia, en 15 días hábiles
  • Devuelve el exceso, con intereses de demora, si la financiación total supera el coste de la actividad
Fechas estimadas
  • Abre: Consulta directamente con la administración
  • Último día: 31 de julio de 2026 Fecha calculada según la convocatoria oficial. Pueden existir matices (festivos locales, modificaciones posteriores); confirma siempre con la fuente oficial antes del último día.

Las fechas son estimadas: la convocatoria fija el plazo desde su publicación en el boletín y las calculamos a partir de ese dato. Confírmalas en la convocatoria oficial antes de solicitar.

¿Te interesa esta ayuda?

Repasa rápidamente si encajas en los requisitos antes de seguir leyendo.

  • Eres una entidad del tercer sector de acción social o una ONG
  • Tu entidad tiene sede o delegación permanente en la Comunitat Valenciana
  • Tu entidad lleva al menos dos años legalmente constituida
  • Quieres financiar un programa social de interés general (infancia, mayores, familias, inclusión)
  • Tu programa se ejecuta en la Comunitat Valenciana
  • Tu entidad tiene ánimo de lucro
  • No tienes sede ni delegación permanente en la Comunitat Valenciana
  • Tu entidad se constituyó hace menos de dos años
  • El programa se ejecuta fuera de la Comunitat Valenciana

Cuánto puedes recibir

La cuantía depende del ámbito territorial de tu programa. Debes solicitar al menos 12.500€ en ámbito local, 25.000€ provincial, 35.000€ para dos provincias y 45.000€ autonómico; en la modalidad Tejido Social de Base, entre 7.000€ y 10.000€. Ninguna entidad puede recibir más de 5.900.000€.

Cómo solicitarla, paso a paso

  1. Reúne la documentación preceptiva y valorativa de tu programa

  2. Presenta una única solicitud telemática por entidad en la sede electrónica de la Generalitat, con firma electrónica

  3. Hazlo dentro de los 15 días hábiles siguientes a la publicación del extracto en el Diari Oficial

Documentación necesaria

  • Solicitud general de subvención, telemática y con firma electrónica
  • Declaración responsable de la representación legal
  • Presupuesto de la inversión en programas de equipamiento (tres presupuestos a partir de 15.000€)
  • Proyecto técnico y presupuestos en programas de obras
  • En agrupaciones, acuerdo de colaboración y hoja de cálculo con importes y porcentajes de participación de cada entidad

Preguntas frecuentes

¿Puedo compaginar esta subvención con otras ayudas?
Sí, es compatible con otras ayudas de la misma finalidad, siempre que el conjunto no supere el coste de la actividad. Debes comunicar cualquier otra ayuda que obtengas para el mismo programa.
¿Cuántas solicitudes puede presentar mi entidad?
Se admite una solicitud general por entidad. Puedes presentar como máximo dos programas por modalidad, salvo en los ejes de Mayores y Discapacidad, donde puedes presentar hasta cinco.
¿Qué pasa si me conceden menos de lo que pedí?
La administración puede pedirte que reformules tu solicitud en 10 días hábiles para ajustar el programa a la cuantía que se te concede.
¿Cuánto tarda en resolverse?
El plazo máximo para resolver y notificar es de 3 meses desde la publicación de la convocatoria. Si no hay respuesta, se entiende desestimada por silencio administrativo.

Fuentes oficiales

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