Subvenciones para fiestas populares en l'Alcora 2026
Subvención municipal para asociaciones que organicen fiestas populares en l'Alcora.
Lo que significa
- Qué es
- Subvención por concurrencia competitiva del Ayuntamiento de l'Alcora para organizar y fomentar fiestas populares en los barrios.
- Para quién
- Asociaciones y entidades sin ánimo de lucro de l'Alcora.
- Cuánto
- El importe depende de los puntos que obtenga tu solicitud y nunca supera el 60% del coste subvencionable de tu actividad ni la cantidad que hayas pedido.
- Qué cubre
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- Gastos corrientes de organización de las fiestas populares y actividades en los barrios
- Salarios del personal, solo en la parte proporcional dedicada a la actividad
- Requisitos
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- Eres una entidad sin ánimo de lucro
- Estás inscrita en el Registro municipal de Asociaciones de l'Alcora
- La realización de estas actividades consta en tus estatutos
- No tienes pendiente de justificar subvenciones anteriores del Ayuntamiento con el plazo ya vencido
- Estás al corriente de tus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social
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No estar inhabilitado para recibir subvenciones públicas
Causas de exclusión (art. 13.2 Ley 38/2003):
- Deudas con Hacienda o Seguridad Social.
- Condena firme por delitos contra la administración (prevaricación, cohecho, malversación, fraude).
- Concurso de acreedores.
- Inhabilitación para contratar con el sector público.
- Residencia fiscal en paraíso fiscal.
- Otras causas listadas en el art. 13.2 de la Ley 38/2003.
- Obligaciones
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- Realiza la actividad y cumple la finalidad por la que se concedió la subvención
- Justifica los gastos antes del 15 de octubre de 2026
- Comunica al Ayuntamiento otras ayudas o ingresos que financien la misma actividad
- Da publicidad del carácter público de la financiación incluyendo la imagen del Ayuntamiento
- Conserva los justificantes de los gastos durante 5 años
- Cuándo
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La convocatoria no publica fechas concretas. La administración fija el plazo en el extracto del boletín oficial; consulta la fuente para conocerlo.
¿Te interesa esta ayuda?
Repasa rápidamente si encajas en los requisitos antes de seguir leyendo.
- Eres una entidad sin ánimo de lucro
- Estás inscrita en el Registro municipal de Asociaciones de l'Alcora
- Organizas fiestas populares en los barrios de l'Alcora
- Tus estatutos recogen la realización de estas actividades
- Tu actividad se celebra entre el 1 de octubre de 2025 y el 30 de septiembre de 2026
- Tu entidad tiene ánimo de lucro
- No estás inscrita en el Registro municipal de Asociaciones de l'Alcora
- Solo quieres financiar gastos de inversión
- Tienes pendiente de justificar otra subvención municipal ya vencida
Cuánto puedes recibir
El importe se calcula repartiendo el crédito disponible entre los puntos que obtienen todas las solicitudes: se fija un valor por punto y se multiplica por los puntos de tu entidad. En ningún caso cobrarás más de la cantidad que solicitaste ni más del 60% del coste subvencionable de tu actividad. Se abona el 50% por anticipado y el 50% restante una vez aprobada la justificación.
Cómo solicitarla, paso a paso
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Reúne la memoria descriptiva del proyecto y el presupuesto pormenorizado de gastos e ingresos
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Presenta la solicitud en la sede electrónica del Ayuntamiento dentro del plazo de 10 días hábiles
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Subsana la documentación si el Ayuntamiento te lo requiere
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Espera la propuesta de resolución provisional y presenta alegaciones si no estás de acuerdo
Documentación necesaria
- Memoria descriptiva de las actividades o proyecto, con objetivos y fecha de ejecución
- Presupuesto pormenorizado de gastos e ingresos de la actividad
- Declaración responsable de otras subvenciones recibidas o pendientes de otras instituciones
- Declaración responsable de estar al corriente de pagos y no incurrir en prohibiciones
- Descripción de los medios para dar publicidad de la financiación municipal
- Ficha de mantenimiento de terceros (solo en altas nuevas o cambio de datos bancarios)