Ayudas a la pesca y acuicultura en Comunitat Valenciana
Subvención del 50% del gasto, hasta 6.000.000€ por operación, en la Comunitat Valenciana.
Lo que significa
- Qué es
- Subvención por concurrencia de la Conselleria de Agricultura de la Comunitat Valenciana para pesca sostenible, acuicultura y promoción
- Para quién
- Personas físicas, empresas y entidades sin personalidad jurídica del sector pesquero y acuícola de la Comunitat Valenciana
- Cuánto
- 50% del gasto subvencionable de la operación, con un máximo de 6.000.000€ por operación.
- Qué cubre
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- Inversiones en pesca sostenible
Incluye: disminución del efecto de la pesca; eficiencia energética y mitigación del cambio climático; mejora de las condiciones laborales y de seguridad a bordo; valor añadido, economía circular y seguridad alimentaria; puertos pesqueros, lugares de desembarque, lonjas y fondeaderos; motores; y control, inspección y observancia.
- Inversiones en acuicultura sostenible
Inversiones productivas y creación de empresas en la acuicultura, e inversiones para la neutralidad climática en la acuicultura.
- Campañas de promoción de productos pesqueros y acuícolas
- Inversiones en pesca sostenible
- Requisitos
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- Realizas la actividad o inversión subvencionada en la Comunitat Valenciana
- Tu volumen anual de negocio es al menos 1,5 veces el coste previsto de la operación, sin IVA
- Dispones de capacidad financiera y técnica para ejecutar la operación
- Cumples la normativa de integración laboral de personas con discapacidad
- Si eres una empresa, cumples los plazos legales de pago a tus proveedores
- Si eres una entidad sin personalidad jurídica, nombras un representante o apoderado único
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No estar inhabilitado para recibir subvenciones públicas
Causas de exclusión (art. 13.2 Ley 38/2003):
- Deudas con Hacienda o Seguridad Social.
- Condena firme por delitos contra la administración (prevaricación, cohecho, malversación, fraude).
- Concurso de acreedores.
- Inhabilitación para contratar con el sector público.
- Residencia fiscal en paraíso fiscal.
- Otras causas listadas en el art. 13.2 de la Ley 38/2003.
- Obligaciones
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- Ejecuta la actuación y justifícala con una memoria económica, facturas y justificantes de pago
- Presenta la solicitud de pago en el plazo de un mes desde la fecha de finalización de la acción
- Da publicidad al carácter público de la financiación, incluyendo el logotipo de la Generalitat
- Facilita la información que te requiera la administración en un plazo de 15 días hábiles
- Permite los controles e inspecciones posteriores sobre la ayuda concedida
- Cumple las obligaciones de transparencia si superas los umbrales de ayuda recibida
- Cuándo
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La convocatoria no publica fechas concretas. La administración fija el plazo en el extracto del boletín oficial; consulta la fuente para conocerlo.
¿Te interesa esta ayuda?
Repasa rápidamente si encajas en los requisitos antes de seguir leyendo.
- Eres persona física, empresa o entidad sin personalidad jurídica del sector pesquero o acuícola
- Realizas tu actividad o inversión en la Comunitat Valenciana
- Quieres invertir en eficiencia energética, seguridad a bordo o motores de tu barco
- Vas a hacer inversiones productivas o de neutralidad climática en acuicultura
- Quieres financiar campañas de promoción de productos pesqueros y acuícolas
- Tu actividad o inversión se realiza fuera de la Comunitat Valenciana
- Estás implicado en pesca ilegal, no declarada o no reglamentada
- Tu empresa se encuentra en situación de crisis según la normativa comunitaria
- Tienes pendiente devolver ayudas declaradas ilegales por la Comisión Europea
Cuánto puedes recibir
Recibes una subvención del 50% del gasto subvencionable de tu operación, con un límite máximo de 6.000.000€ por operación; algunos tipos de actividad pueden tener porcentajes distintos. El importe se abona después de que justifiques el gasto realizado.
Cómo solicitarla, paso a paso
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Reúne la documentación y las declaraciones responsables que exige la convocatoria
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Presenta la solicitud telemáticamente en la sede electrónica de la Generalitat, firmada con certificado digital, dentro del plazo de tu tipo de ayuda
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Espera la propuesta de resolución provisional y presenta alegaciones si procede, en un plazo de 10 días
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Tras la concesión, ejecuta la actuación y presenta la solicitud de pago con su justificación
Documentación necesaria
- Acreditación de la identidad del solicitante y, en su caso, de su representante legal
- Documentación de la válida constitución e inscripción registral, en el caso de personas jurídicas
- Acreditación de estar al corriente de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social
- Certificado de antecedentes penales
- Memoria valorada de las actuaciones, con presupuesto desglosado y calendario de ejecución
- Acreditación de la capacidad financiera (cuentas anuales, documentación tributaria o volumen de negocio)
- Documentación acreditativa de la titularidad del bien sobre el que se solicita la ayuda
- Tres ofertas de diferentes proveedores cuando el gasto sea igual o superior a 40.000€ en obras o 15.000€ en suministros o servicios
- Declaración sobre el tamaño de empresa (PYME) para las ayudas de acuicultura
- Proyecto técnico cuando las inversiones contemplen obras o instalaciones que lo requieran