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Ayudas Claras
AyudasSubvenciones Cataluña Agricultura
Agricultura Cataluña Versión legible elaborada con ayuda de inteligencia artificial a partir de fuentes oficiales.

Ayudas antigranizo y antihelada para frutales en Cataluña

Hasta 120.000€ por persona beneficiaria para proteger frutales del granizo y las heladas

Lo que significa

Qué es
Subvención por concurrencia competitiva del Departamento de Agricultura de la Generalitat para proteger frutales del granizo y las heladas
Para quién
Personas físicas con actividad económica, pymes y grandes empresas con explotaciones agrarias de árboles frutales
Cuánto
  • Hasta 120.000€ por persona beneficiaria, con costes máximos de referencia por hectárea
    InversiónCoste de referencia máximo
    Red antigranizo8.000€/ha
    Estructura y red conjuntamente23.100€/ha
    El porcentaje máximo de ayuda sobre el presupuesto se remite a la normativa europea y no se detalla en la convocatoria; consulta directamente con la administración.
Qué cubre
  • Redes antigranizo, o estructura y red antigranizo en conjunto, en frutales
  • Sistemas antihelada de aspersión en frutales
  • Compra de la inversión y los materiales y el montaje necesarios para ponerla en marcha
Requisitos
  • Tus plantaciones de árboles frutales están en Cataluña
  • La inversión es en redes antigranizo o en sistemas antihelada de aspersión
  • No has empezado la inversión antes de presentar la solicitud y de que se levante el acta de no inicio
  • Cumples los requisitos de persona beneficiaria que fijan las bases reguladoras; consulta directamente con la administración
Obligaciones
  • Ejecuta la inversión después del acta de no inicio y como máximo hasta el 31 de julio de 2027
  • Justifica la ayuda entre la resolución de concesión y el 15 de septiembre de 2027
  • Presenta facturas y justificantes de pago; no se aceptan los anteriores a la fecha de solicitud
  • Justifica el presupuesto completo que presentaste, aunque te concedan menos; las diferencias abren un procedimiento de revocación
  • Entrega una memoria de ejecución y una declaración responsable sobre tus justificantes y otras ayudas recibidas
  • Si eres persona jurídica y la ayuda supera 10.000€, comunica las retribuciones de tus órganos de dirección o administración
Cuándo

La convocatoria no publica fechas concretas. La administración fija el plazo en el extracto del boletín oficial; consulta la fuente para conocerlo.

¿Te interesa esta ayuda?

Repasa rápidamente si encajas en los requisitos antes de seguir leyendo.

  • Tienes plantaciones de árboles frutales en Cataluña
  • Quieres instalar redes antigranizo en tus frutales
  • Quieres instalar sistemas antihelada de aspersión en tus frutales
  • Eres joven agricultor de instalación reciente: suma 2 puntos en la valoración
  • Eres agricultor profesional: suma 1 punto en la valoración
  • Tu explotación agraria es prioritaria en Cataluña: suma 1 punto
  • Tus frutales están fuera de Cataluña
  • Tu cultivo no son árboles frutales
  • Ya empezaste la inversión antes de pedir la ayuda
  • Tienes facturas o pagos anteriores a la fecha de solicitud
  • No puedes ejecutar la inversión antes del 31 de julio de 2027

Cuánto puedes recibir

Puedes recibir hasta 120.000€ por persona beneficiaria, calculados como un porcentaje del presupuesto de la inversión; ese porcentaje no se detalla en la convocatoria. Los costes máximos de referencia son 8.000€ por hectárea para la red antigranizo y 23.100€ por hectárea para estructura y red conjuntamente. La ayuda, sola o sumada a otras, nunca puede superar el coste de la inversión. Cobras después de justificar que has realizado la inversión.

Cómo solicitarla, paso a paso

  1. Prepara la memoria detallada de la inversión con el impreso normalizado del formulario

  2. Reúne el presupuesto o factura proforma de la inversión

  3. Presenta la solicitud por vía telemática en la sede electrónica, en el plazo de un mes desde la publicación en el Diari Oficial de la Generalitat de Catalunya

  4. Recibe la visita del personal técnico del Departamento, que levanta el acta de no inicio

  5. Consulta la resolución en el Tablón electrónico de la Generalitat de Cataluña

  6. Justifica la ayuda como máximo hasta el 15 de septiembre de 2027

Documentación necesaria

  • Acreditación de la representación, si procede
  • Copia de las escrituras o estatutos registrados, si eres persona jurídica y procede
  • Documento que acredite la representación de la persona jurídica, si no está inscrita en un registro público o en el Registro electrónico general de la representación (Representa)
  • Documento de nombramiento de la persona representante o apoderada única, si eres comunidad de bienes, sociedad civil privada o agrupación de productores
  • Memoria detallada de la inversión según el impreso normalizado: finalidad y objetivos, gastos, ayuda solicitada y fuentes de financiación
  • Presupuesto o factura proforma con fecha, tus datos y la descripción del tipo de inversión, material y montaje
  • Al menos tres presupuestos de proveedores distintos si el gasto en sistemas antihelada de aspersión supera 15.000 euros
  • Documentación que acredite la puntuación de los criterios de valoración que alegues, si procede

Preguntas frecuentes

¿Puedo empezar la instalación antes de que me concedan la ayuda?
Solo después de presentar la solicitud y de que el personal técnico del Departamento visite la finca y levante el acta de no inicio. Las actuaciones hechas antes no se subvencionan.
¿Cómo se decide quién recibe la ayuda?
Se comparan las solicitudes y se conceden a las mejor puntuadas: 2 puntos a personas jóvenes agricultoras instaladas con la ayuda de primera instalación en las últimas 10 convocatorias (incluida la pedida a la vez que esta) o, sin esa ayuda, con alta en la Seguridad Social agraria o aportación de capital desde el 1 de febrero de 2017; y 1 punto a explotaciones prioritarias, agricultores profesionales o personas jurídicas con al menos el 50% de socios y capital en manos de agricultores profesionales. Los puntos se acumulan y, si falta dinero para las empatadas en el último tramo, se reparte proporcionalmente.
¿Cuándo sabré si me la conceden?
La resolución se dicta y publica en un máximo de seis meses, contados desde el día siguiente al fin del plazo de solicitudes o al de la publicación de la convocatoria. Se publica en el Tablón electrónico de la Generalitat, lo que sustituye a la notificación individual. Si pasado ese plazo no hay resolución, la solicitud se entiende desestimada.
¿Qué pasa si al final gasto menos de lo que presupuesté?
No se admiten desviaciones: debes justificar el total del presupuesto presentado, sea cual sea el importe concedido. Las diferencias entre el presupuesto inicial y el justificado abren un procedimiento de revocación.
¿Tengo que volver a aportar documentos que ya entregué a la Generalitat?
No, si los presentaste a cualquier órgano de la Generalitat hace menos de cinco años y no han cambiado. Indica la fecha, el órgano y el procedimiento en que los entregaste.

Fuentes oficiales

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