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Ayudas Claras
Subvenciones Comunidad Valenciana Servicios sociales
Servicios sociales Comunidad Valenciana Versión legible elaborada con ayuda de inteligencia artificial a partir de fuentes oficiales.

Subvención a entidades para proyectos sobre VIH e ITS

Mínimo 10.000€ por proyecto para entidades con actuaciones sobre VIH e ITS.

Lo que significa

Qué es
Subvención en concurrencia competitiva de la Generalitat Valenciana para proyectos que combaten la discriminación de personas con VIH e ITS.
Para quién
Entidades sin ánimo de lucro y entidades de la administración local que desarrollan proyectos de apoyo a la diversidad.
Cuánto
Mínimo 10.000€ por proyecto. La cuantía final es proporcional a la puntuación obtenida; lo que solicitas no puede superar el 10% del presupuesto de la línea, o el 30% si tu entidad ya ha sido beneficiaria antes.
Qué cubre
  • Gastos de personal y otros costes corrientes del proyecto, con límites por concepto
    ConceptoLímite
    Personal del proyecto65%
    Alquiler de locales7%
    Material de oficina7%
    Locomoción y dietas5%
    Reparación y mantenimiento5%
    Suministros5%
    Asesoría fiscal, laboral o contable5%
    Porcentajes sobre la cuantía concedida
  • Material específico, seguros y difusión y publicidad del proyecto
  • Cursos, jornadas, seminarios y edición de estudios vinculados al proyecto
Requisitos
  • Estar inscrita en el Registro de titulares de actividades, servicios y centros de servicios sociales de la Comunitat Valenciana
  • Tener estatutos en vigor que recojan los fines y actividades de la entidad
  • Disponer de tarjeta NIF
  • Presentar una declaración responsable sobre tu plan de igualdad
  • Si atiendes a personas migrantes, comprometerte a proteger sus derechos humanos en los países de origen
  • No estar inhabilitado para recibir subvenciones públicas Causas de exclusión (art. 13.2 Ley 38/2003):
    • Deudas con Hacienda o Seguridad Social.
    • Condena firme por delitos contra la administración (prevaricación, cohecho, malversación, fraude).
    • Concurso de acreedores.
    • Inhabilitación para contratar con el sector público.
    • Residencia fiscal en paraíso fiscal.
    • Otras causas listadas en el art. 13.2 de la Ley 38/2003.
Obligaciones
  • Ejecutar el proyecto y pagar los gastos dentro del mismo ejercicio de la convocatoria
  • Justificar los gastos con facturas, nóminas y justificantes de pago
  • Si tu proyecto atiende a menores, tener los certificados negativos del Registro central de delincuentes sexuales del personal y del voluntariado
  • Someterte a las visitas y controles que realice el órgano concedente
  • Dar publicidad a las ayudas públicas recibidas si superan los umbrales de transparencia
Fechas estimadas
  • Abre: Consulta directamente con la administración
  • Último día: 30 de julio de 2026 Fecha calculada según la convocatoria oficial. Pueden existir matices (festivos locales, modificaciones posteriores); confirma siempre con la fuente oficial antes del último día.

Las fechas son estimadas: la convocatoria fija el plazo desde su publicación en el boletín y las calculamos a partir de ese dato. Confírmalas en la convocatoria oficial antes de solicitar.

¿Te interesa esta ayuda?

Repasa rápidamente si encajas en los requisitos antes de seguir leyendo.

  • Eres una entidad sin ánimo de lucro que trabaja en proyectos de diversidad
  • Tu proyecto sensibiliza o combate la discriminación de personas con VIH u otras ITS
  • Estás inscrita en el Registro de servicios sociales de la Comunitat Valenciana
  • Vas a desarrollar el proyecto en la Comunitat Valenciana
  • Tu proyecto ya ha sido financiado íntegramente por otra administración o entidad
  • Pides menos de 10.000€ para tu proyecto
  • El servicio de tu proyecto ya está cubierto por un concierto con la Generalitat
  • No estás inscrita en el Registro de servicios sociales de la Comunitat Valenciana

Cuánto puedes recibir

La cuantía que recibes se calcula de forma proporcional a la puntuación que obtenga tu proyecto, al presupuesto aceptado de gastos subvencionables y al límite de la línea de subvención. La ayuda concedida no puede ser inferior a 10.000€ por proyecto. Al solicitarla, si tu entidad no ha sido beneficiaria antes de esta línea no puedes pedir más del 10% del presupuesto de la línea; si ya lo has sido, hasta el 30%.

Cómo solicitarla, paso a paso

  1. Reúne la memoria explicativa del proyecto (máximo 15 páginas) y la documentación obligatoria

  2. Rellena la solicitud telemática en la sede electrónica de la Generalitat

  3. Indica la provincia de la dirección territorial donde desarrollarás el proyecto

  4. Firma la solicitud con el certificado electrónico de la entidad o de su representante

  5. Presenta la solicitud dentro del plazo de 15 días hábiles

Documentación necesaria

  • Memoria explicativa del proyecto (máximo 15 páginas)
  • Estatutos en vigor de la entidad o declaración responsable con documentos probatorios
  • Tarjeta NIF
  • Declaración responsable sobre el plan de igualdad
  • Certificados de estar al corriente con Hacienda estatal, la Administración Tributaria Valenciana y la Seguridad Social, si no autorizas la consulta telemática
  • Si el proyecto atiende a menores, declaración responsable de disponer de los certificados negativos del Registro central de delincuentes sexuales
  • Documentos acreditativos del trabajo en red, para valorar méritos
  • Resolución de adhesión al protocolo de espacio libre de LGTBIQ+fobia o documento de su solicitud, para valorar méritos

Preguntas frecuentes

¿Puede mi entidad presentar solicitud a varias líneas de subvención?
Sí. Puedes presentar una solicitud por cada línea presupuestaria, pero solo una por línea. Si presentas más de una a la misma línea, se tiene en cuenta la última registrada.
¿Qué pasa si mi proyecto ya ha recibido financiación de otra administración?
No es subvencionable si ya ha sido financiado íntegramente por otra administración o entidad. Si se detecta doble financiación, se revoca la subvención y debes reintegrar lo percibido.
¿En qué plazo se resuelve la convocatoria?
El plazo máximo para resolver y publicar la resolución es de tres meses desde el día siguiente a la publicación de la convocatoria. Si pasa ese plazo sin resolución, puedes entender desestimada tu solicitud por silencio administrativo.
¿Cómo debo presentar la solicitud?
Exclusivamente por vía telemática, con la firma electrónica de la entidad o de su representante, en la sede electrónica de la Generalitat.

Fuentes oficiales

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