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Ayudas Claras
Subvenciones Alicante Económico
Económico Alicante Versión legible elaborada con ayuda de inteligencia artificial a partir de fuentes oficiales.

Subvenciones para asociaciones vecinales de Los Montesinos

Hasta el 100% del coste de actividades para asociaciones vecinales de Los Montesinos

Lo que significa

Qué es
Subvención por concurrencia competitiva del Ayuntamiento de Los Montesinos para actividades de interés municipal de asociaciones vecinales.
Para quién
Asociaciones vecinales de Los Montesinos que organizan actividades culturales, educativas, sociales, económicas o deportivas.
Cuánto
Hasta el 100% del coste de las actuaciones justificadas, según la puntuación obtenida y la dotación presupuestaria disponible.
Qué cubre
  • Actividades culturales, educativas, sociales, económicas y deportivas acordes con los fines de la asociación
  • Gastos que respondan de manera indubitada a la naturaleza de la actividad subvencionada, sin superar el valor de mercado
Requisitos
  • Tu asociación está legalmente constituida e inscrita en el Registro Municipal de Asociaciones
  • El domicilio social de la asociación está en Los Montesinos
  • Estás al corriente de tus obligaciones frente al Ayuntamiento de Los Montesinos
  • Estás al corriente del pago de obligaciones por reintegro de subvenciones
  • Tu entidad no es destinataria de una subvención nominativa del Presupuesto Municipal vigente
  • No estar inhabilitado para recibir subvenciones públicas Causas de exclusión (art. 13.2 Ley 38/2003):
    • Deudas con Hacienda o Seguridad Social.
    • Condena firme por delitos contra la administración (prevaricación, cohecho, malversación, fraude).
    • Concurso de acreedores.
    • Inhabilitación para contratar con el sector público.
    • Residencia fiscal en paraíso fiscal.
    • Otras causas listadas en el art. 13.2 de la Ley 38/2003.
Obligaciones
  • Realiza las actividades conforme a la actuación subvencionada objeto de la solicitud
  • Justifica los gastos de la totalidad del proyecto presentado, no solo de la cantidad concedida
  • Inserta el logotipo del Ayuntamiento en todo impreso, publicidad, equipaciones o material promocional de las actuaciones
  • Publica en las redes sociales o web de la asociación el nombre del proyecto y el importe recibido
  • Comunica al Ayuntamiento cualquier alteración de las condiciones tenidas en cuenta para la concesión
  • Presenta la justificación de los gastos antes del 31 de enero de 2027
Cuándo

La convocatoria no publica fechas concretas. La administración fija el plazo en el extracto del boletín oficial; consulta la fuente para conocerlo.

¿Te interesa esta ayuda?

Repasa rápidamente si encajas en los requisitos antes de seguir leyendo.

  • Representas una asociación inscrita en el Registro Municipal de Asociaciones de Los Montesinos
  • Tu asociación tiene su domicilio social en Los Montesinos
  • Tu asociación realiza actividades culturales, educativas, sociales, económicas o deportivas
  • Tus actividades se desarrollan dentro del término municipal de Los Montesinos
  • Tus actividades se ejecutan entre el 1 de octubre de 2025 y el 31 de diciembre de 2026
  • Tu asociación no está inscrita en el Registro Municipal de Asociaciones
  • Tu entidad recibe una subvención nominativa del Presupuesto Municipal vigente
  • Tu asociación no está al corriente de sus obligaciones con el Ayuntamiento
  • Tienes pagos pendientes por reintegro de subvenciones
  • Tus actividades son únicamente lúdicas o festivas, como viajes o comidas de socios

Cuánto puedes recibir

Puedes recibir hasta el 100% del coste de las actuaciones que justifiques, en función de la puntuación obtenida con los criterios de valoración y de la dotación presupuestaria. La ayuda se liquida una vez realizadas y justificadas en su totalidad las acciones subvencionadas. Si no justificas los gastos de la totalidad del proyecto presentado, la subvención concedida se minora proporcionalmente.

Cómo solicitarla, paso a paso

  1. Prepara el impreso de solicitud con las actividades previstas y su importe estimado (Anexo I)

  2. Reúne la memoria explicativa del proyecto y el resto de anexos y certificados exigidos

  3. Presenta la solicitud en la sede electrónica del Ayuntamiento de Los Montesinos dentro del plazo de 1 mes

  4. Subsana los defectos en 10 días hábiles si el Ayuntamiento te lo requiere

  5. Justifica los gastos del proyecto antes del 31 de enero de 2027

Documentación necesaria

  • Impreso de solicitud firmado por el presidente o presidenta, con las actividades previstas y su importe estimado (Anexo I)
  • Memoria explicativa del proyecto con el presupuesto desglosado por conceptos de cada actividad (Anexo II)
  • Declaración responsable de que la contabilidad se lleva conforme a las normas contables de entidades sin fines lucrativos (Anexo IV)
  • Certificado del secretario o secretaria con el número de socios de la asociación (Anexo V)
  • Certificado del secretario o secretaria sobre el funcionamiento de la asociación (Anexo VI)
  • Datos de la cuenta bancaria de la asociación (Anexo VII)
  • Declaración de no estar obligado a presentar los datos de cumplimiento de obligaciones tributarias y de Seguridad Social (Anexo VIII)
  • Declaración de no estar incursa en prohibiciones para obtener subvenciones (Anexo IX)

Preguntas frecuentes

¿Es compatible con otras subvenciones?
Sí, es compatible con subvenciones de otras administraciones o entes públicos o privados. En cualquier caso, la financiación total obtenida no puede superar el coste del programa subvencionado.
¿Puedo presentar la solicitud en papel?
La solicitud se presenta en la sede electrónica del Ayuntamiento. Si la presentas presencialmente te requerirán subsanarla por vía electrónica y la fecha válida de registro será la de la presentación telemática; por cualquier otro medio será inadmitida.
¿Puedo presentar más de una solicitud?
No. Se presenta una única solicitud. Si presentas varias, solo se admite la presentada correctamente en último lugar.
¿Cuándo sabré si me conceden la ayuda?
El plazo máximo para resolver cada solicitud es de tres meses desde la finalización del plazo de presentación. Si pasa ese plazo sin resolución, la solicitud se entiende desestimada.
¿Qué gastos quedan excluidos?
Las actividades únicamente lúdicas o festivas (viajes, almuerzos, comidas de socios), comisiones bancarias y gastos notariales, rifas o sorteos, premios en metálico, donativos u obsequios, intereses, recargos y sanciones, gastos judiciales y gastos ya financiados por otras ayudas.

Fuentes oficiales

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