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Ayudas Claras
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Empleo La Palma Versión legible elaborada con ayuda de inteligencia artificial a partir de fuentes oficiales.

Subvenciones para jóvenes emprendedores en La Palma

Hasta 8.000€ para jóvenes de 18 a 35 años que emprenden en La Palma.

Lo que significa

Qué es
Subvención en concurrencia competitiva del Cabildo de La Palma para los gastos iniciales de nuevos proyectos empresariales de jóvenes.
Para quién
Jóvenes emprendedores de 18 a 35 años: autónomos, sociedades, entidades de economía social y comunidades de bienes de La Palma.
Cuánto
El 80% de los gastos dados por subvencionables, con un máximo de 8.000€ (hasta 12.000€ si es un relevo generacional).
Qué cubre
  • Cotizaciones a la Seguridad Social del autónomo o del joven representante de la empresa
  • Gastos de constitución: notario, gestoría, licencias, estudios de viabilidad y asesoramientos

    Incluye honorarios de notario, letrados, asesores, gestoría, registrador e ingenieros técnicos; proyectos y dirección de obra para iniciar la actividad; licencias, tasas de inspección sanitaria, fianzas, garantías y patentes; estudios de viabilidad y planes de empresa; y gastos del relevo generacional (notariales, tasas por cambio de titularidad y asesoramiento).

  • Gastos de funcionamiento, digitalización y sostenibilidad: alquiler, seguros, suministros, publicidad y web

    Incluye alquiler del negocio o de salas de coworking; cuotas de colegios profesionales; primas de seguros obligatorios; altas y gastos iniciales de agua y electricidad; programas formativos; publicidad; asesorías laborales y fiscales; diseño de página web, redes sociales, venta online e imagen corporativa; licencias de programas informáticos; implantación de normas de calidad y gestión medioambiental; protección de datos y prevención de riesgos laborales.

Requisitos
  • Tienes entre 18 y 35 años, ambos inclusive, en el momento del alta
  • Estás dado de alta como autónomo (RETA, régimen agrario, del mar o mutualidad equivalente)
  • Línea 1: tu nueva actividad se dio de alta en 2025 estando antes en desempleo

    Alta en el Impuesto de Actividades Económicas (IAE) o en la Clasificación Nacional de Actividades Económicas (CNAE 09) entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2025, ambos inclusive, con la persona autónoma o representante en situación de desempleo antes de iniciar la actividad.

  • Línea 2: estás en activo, con una antigüedad máxima de 48 meses, para relevo o ampliación

    Empresas activas dadas de alta antes del 1 de enero de 2025, con antigüedad máxima de 48 meses al presentar la solicitud, que adquieren negocios consolidados cuyos titulares se jubilan o cesan, o que amplían con una actividad totalmente diferenciada en una nueva sede, con alta de la nueva actividad entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2025.

  • Si es una sociedad, el joven representante aportó al menos el 51% del capital social
  • Estás dado de alta a terceros en el Cabildo antes de la concesión de la subvención
  • No estar inhabilitado para recibir subvenciones públicas Causas de exclusión (art. 13.2 Ley 38/2003):
    • Deudas con Hacienda o Seguridad Social.
    • Condena firme por delitos contra la administración (prevaricación, cohecho, malversación, fraude).
    • Concurso de acreedores.
    • Inhabilitación para contratar con el sector público.
    • Residencia fiscal en paraíso fiscal.
    • Otras causas listadas en el art. 13.2 de la Ley 38/2003.
Obligaciones
  • En la línea 2, contrata en los primeros 30 días al menos una persona indefinida a jornada completa o dos a jornada parcial de 20 horas o más
  • Paga los gastos entre los 4 meses anteriores y los 6 meses posteriores al alta de la actividad
  • Tramita todo el expediente por medios electrónicos, con firma electrónica o certificado digital
  • Facilita datos veraces: la información no ajustada a la realidad puede suponer la denegación o el reintegro de la subvención
Cuándo
  • Abre: Consulta directamente con la administración
  • Último día: 31 de agosto de 2026 Fecha calculada según la convocatoria oficial. Pueden existir matices (festivos locales, modificaciones posteriores); confirma siempre con la fuente oficial antes del último día.

¿Te interesa esta ayuda?

Repasa rápidamente si encajas en los requisitos antes de seguir leyendo.

  • Tienes entre 18 y 35 años en el momento del alta de tu actividad
  • Estabas en desempleo y diste de alta un nuevo proyecto empresarial en 2025
  • Quieres adquirir un negocio consolidado cuyo titular se jubila (relevo generacional)
  • Quieres ampliar tu negocio con una nueva actividad en una nueva sede
  • Tu proyecto empresarial está en la isla de La Palma
  • Eres autónomo colaborador, familiar colaborador o socio de una sociedad mercantil
  • Te diste de baja como autónomo en los 2 meses previos a la convocatoria
  • Tu empresa procede de un cambio de denominación o de forma
  • En la línea 2, tu empresa activa supera los 48 meses de antigüedad

Cuánto puedes recibir

Recibes el 80% de los gastos que el Cabildo dé por subvencionables, con un máximo de 8.000€ de subvención. Si tu proyecto es un relevo generacional para adquirir un negocio consolidado cuyo titular se jubila o cesa, el máximo puede llegar a 12.000€. Las solicitudes que cumplan los requisitos se subvencionan por orden de puntuación hasta agotar el crédito disponible.

Cómo solicitarla, paso a paso

  1. Reúne la documentación: plan de empresa, memoria económica de gastos, facturas y justificantes de pago

  2. Presenta la solicitud únicamente de forma telemática en la sede electrónica del Cabildo de La Palma, firmada electrónicamente

  3. Date de alta a terceros en el Cabildo si aún no lo estás, para poder recibir el pago por transferencia

  4. Espera la resolución: el plazo es de seis meses desde el fin del plazo de presentación de solicitudes

Documentación necesaria

  • Solicitud según el modelo normalizado oficial (Anexo I), firmada electrónicamente
  • Plan de Empresa (Anexo III)
  • Declaración de otras ayudas o subvenciones (Anexo IV)
  • Memoria económica justificativa de los gastos del proyecto empresarial (Anexo V)
  • Copia de las facturas y documentación acreditativa de su pago
  • Copia del alta en el RETA, mutua profesional o régimen equivalente, o Documento Único Electrónico (DUE)
  • Copia del alta en la Declaración Censal (modelo 036/037) o Documento Único Electrónico (DUE)
  • Informe de vida laboral con fecha posterior a la publicación de la convocatoria
  • DNI, o NIE con pasaporte para extranjeros, solo si no autorizas la consulta de tu identidad
  • Para la valoración, en su caso: certificado municipal de actividad novedosa, certificado de discapacidad, título universitario o de ciclo formativo, o documento de demanda de empleo

Preguntas frecuentes

¿Puedo presentar más de una solicitud?
No. Solo se admite una solicitud por trabajador autónomo o empresa. Si presentas varias, solo se considera la primera, salvo que manifiestes por escrito lo contrario en los 2 días posteriores a su presentación.
¿Puedo presentar la solicitud en papel?
No. La presentación es únicamente telemática en la sede electrónica del Cabildo de La Palma, con firma electrónica avanzada o certificado digital. Las solicitudes presentadas por otra vía no se admiten a trámite.
¿Qué gastos quedan fuera de la ayuda?
No se subvencionan las existencias iniciales, el material fungible de oficina, los gastos de inversión, los bienes en arrendamiento financiero, los intereses, recargos y sanciones, los gastos de uso privado ni los pagos de franquicias.
¿Cuándo tienen que estar pagados los gastos?
Dentro del periodo entre los 4 meses anteriores a la fecha del alta de la actividad económica en la declaración censal y los 6 meses posteriores.
¿Cuánto tarda la resolución y puedo reclamar?
El plazo de resolución es de seis meses desde el fin del plazo de solicitudes. Contra la resolución puedes interponer recurso de alzada ante la Presidencia del Cabildo en el plazo de un mes desde su publicación.

Fuentes oficiales

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