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Ayudas Claras
Subvenciones A Coruña Vivienda
Vivienda A Coruña Versión legible elaborada con ayuda de inteligencia artificial a partir de fuentes oficiales.

Subvenciones para ascensores y accesibilidad en Arteixo

Subvención para instalar ascensores y eliminar barreras en edificios de Arteixo

Lo que significa

Qué es
Subvención por concurrencia competitiva del Ayuntamiento de Arteixo para instalar ascensores y eliminar barreras en edificios residenciales
Para quién
Comunidades de propietarios de edificios residenciales colectivos y titulares de viviendas unifamiliares de Arteixo
Cuánto
Consulta directamente con la administración
Qué cubre
  • Primera instalación de ascensores, salvaescaleras, plataformas elevadoras, rampas u otros dispositivos de accesibilidad
  • Elementos de apoyo, como grúas o aparatos análogos, que faciliten el acceso y uso por personas con discapacidad
  • Elementos de información y aviso, luminoso y sonoro, y obras que salven desniveles y barreras en escaleras y vestíbulos
Requisitos
  • El edificio es de tipología residencial y está en el municipio de Arteixo
  • El edificio carece de los dispositivos de accesibilidad que solicitas
  • Si es un edificio residencial colectivo, tiene como mínimo bajo y dos plantas
  • Al menos el 60% de la superficie tiene uso residencial, excluidos bajos y entresuelos
  • El edificio no tiene expediente incoado ni resuelto por infracción urbanística
  • La actuación cuenta con licencia municipal de obras o comunicación previa
  • No estar inhabilitado para recibir subvenciones públicas Causas de exclusión (art. 13.2 Ley 38/2003):
    • Deudas con Hacienda o Seguridad Social.
    • Condena firme por delitos contra la administración (prevaricación, cohecho, malversación, fraude).
    • Concurso de acreedores.
    • Inhabilitación para contratar con el sector público.
    • Residencia fiscal en paraíso fiscal.
    • Otras causas listadas en el art. 13.2 de la Ley 38/2003.
Obligaciones
  • Presenta la cuenta justificativa de la subvención antes del 30 de septiembre de 2027
  • Si la inversión justificada es inferior al presupuesto de la concesión, acepta la reducción proporcional de la subvención
  • Reformula la solicitud inicial manteniendo el objeto, condiciones y finalidad de la subvención si justificas una inversión menor
Cuándo
  • Abre: 10 de julio de 2026 Fecha calculada según la convocatoria oficial. Pueden existir matices (festivos locales, modificaciones posteriores); confirma siempre con la fuente oficial antes del último día.
  • Último día: 10 de agosto de 2026 Fecha calculada según la convocatoria oficial. Pueden existir matices (festivos locales, modificaciones posteriores); confirma siempre con la fuente oficial antes del último día.

¿Te interesa esta ayuda?

Repasa rápidamente si encajas en los requisitos antes de seguir leyendo.

  • Formas parte de una comunidad de propietarios de un edificio residencial en Arteixo
  • Eres titular de una vivienda unifamiliar en Arteixo
  • Quieres instalar un ascensor, salvaescaleras, plataforma elevadora o rampa
  • Tu edificio carece de los dispositivos de accesibilidad que solicitas
  • La actuación se inició después del 1 de enero de 2025
  • Tu edificio está fuera del municipio de Arteixo
  • El edificio ya cuenta con los dispositivos de accesibilidad que solicitas
  • Tu edificio residencial colectivo no llega a bajo y dos plantas
  • Menos del 60% de la superficie del edificio tiene uso residencial
  • El edificio tiene expediente incoado o resuelto por infracción urbanística
  • La actuación no cuenta con licencia municipal de obras ni comunicación previa

Cuánto puedes recibir

El importe por solicitante no está especificado en la convocatoria; consulta directamente con la administración. Si la inversión que justificas es inferior al presupuesto que sirvió de base para la concesión, la subvención se reduce proporcionalmente.

Cómo solicitarla, paso a paso

  1. Si eres comunidad de propietarios, acuerda en la Junta de Propietarios realizar la actuación y solicitar la subvención

  2. Reúne la documentación, incluido el anteproyecto técnico con el presupuesto desglosado

  3. Presenta la solicitud en el plazo de un mes desde la publicación del extracto en el Boletín Oficial de la Provincia

  4. Espera la notificación electrónica de la resolución

  5. Presenta la cuenta justificativa antes del 30 de septiembre de 2027

Documentación necesaria

  • Impreso de solicitud y declaración responsable (Anexo I y Anexo II)
  • Copia del DNI del solicitante o del CIF de la comunidad de propietarios
  • DNI del representante de la comunidad y acreditación documental de la representación (comunidades de propietarios)
  • Certificado del secretario de la comunidad o acta de la Junta de Propietarios con el acuerdo de realizar la actuación y de solicitar la subvención (comunidades de propietarios)
  • Anteproyecto técnico firmado por técnico competente, con presupuesto desglosado y detallado del coste de la inversión, o autorización para solicitar el proyecto al departamento de urbanismo
  • Acta de la Junta de Propietarios que adjudica la obra a la empresa contratista, con justificación de los presupuestos solicitados (mínimo 3 ofertas si el gasto subvencionable supera los 20.000€)
  • Escritura de propiedad u otro documento que acredite la titularidad de la vivienda (viviendas unifamiliares)
  • Modelo de Designación de Cuenta Bancaria (DCB)
  • Certificados de estar al corriente con el Ayuntamiento, con Hacienda del Estado y de la Comunidad Autónoma de Galicia y con la Seguridad Social, o autorización para que el Ayuntamiento acceda a esa información
  • Acreditación documental de las circunstancias previstas en los criterios de selección

Preguntas frecuentes

¿Cómo se decide quién recibe la subvención?
Por concurrencia competitiva con criterios de puntuación: accesibilidad de los residentes (hasta 50 puntos), número de plantas del edificio (hasta 20 puntos) y tipo de actuación (hasta 30 puntos). En caso de empate, gana la mayor puntuación en accesibilidad de los residentes.
¿Puedo pedir la ayuda para una obra ya empezada?
La convocatoria abarca actuaciones iniciadas con posterioridad al 1 de enero de 2025.
¿Qué pasa si la obra cuesta menos de lo previsto?
La subvención se reduce proporcionalmente si la inversión justificada es inferior al presupuesto que sirvió de base para la concesión. Debes reformular la solicitud manteniendo el objeto, condiciones y finalidad de la subvención.
¿Cómo me comunicarán la decisión?
La resolución se notifica electrónicamente a todos los solicitantes, de forma expresa, en el plazo de 10 días desde la fecha de la resolución.

Fuentes oficiales

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