Subvenciones para ascensores y accesibilidad en Arteixo
Subvención para instalar ascensores y eliminar barreras en edificios de Arteixo
Lo que significa
- Qué es
- Subvención por concurrencia competitiva del Ayuntamiento de Arteixo para instalar ascensores y eliminar barreras en edificios residenciales
- Para quién
- Comunidades de propietarios de edificios residenciales colectivos y titulares de viviendas unifamiliares de Arteixo
- Cuánto
- Consulta directamente con la administración
- Qué cubre
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- Primera instalación de ascensores, salvaescaleras, plataformas elevadoras, rampas u otros dispositivos de accesibilidad
- Elementos de apoyo, como grúas o aparatos análogos, que faciliten el acceso y uso por personas con discapacidad
- Elementos de información y aviso, luminoso y sonoro, y obras que salven desniveles y barreras en escaleras y vestíbulos
- Requisitos
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- El edificio es de tipología residencial y está en el municipio de Arteixo
- El edificio carece de los dispositivos de accesibilidad que solicitas
- Si es un edificio residencial colectivo, tiene como mínimo bajo y dos plantas
- Al menos el 60% de la superficie tiene uso residencial, excluidos bajos y entresuelos
- El edificio no tiene expediente incoado ni resuelto por infracción urbanística
- La actuación cuenta con licencia municipal de obras o comunicación previa
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No estar inhabilitado para recibir subvenciones públicas
Causas de exclusión (art. 13.2 Ley 38/2003):
- Deudas con Hacienda o Seguridad Social.
- Condena firme por delitos contra la administración (prevaricación, cohecho, malversación, fraude).
- Concurso de acreedores.
- Inhabilitación para contratar con el sector público.
- Residencia fiscal en paraíso fiscal.
- Otras causas listadas en el art. 13.2 de la Ley 38/2003.
- Obligaciones
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- Presenta la cuenta justificativa de la subvención antes del 30 de septiembre de 2027
- Si la inversión justificada es inferior al presupuesto de la concesión, acepta la reducción proporcional de la subvención
- Reformula la solicitud inicial manteniendo el objeto, condiciones y finalidad de la subvención si justificas una inversión menor
- Cuándo
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- Abre: 10 de julio de 2026 Fecha calculada según la convocatoria oficial. Pueden existir matices (festivos locales, modificaciones posteriores); confirma siempre con la fuente oficial antes del último día.
- Último día: 10 de agosto de 2026 Fecha calculada según la convocatoria oficial. Pueden existir matices (festivos locales, modificaciones posteriores); confirma siempre con la fuente oficial antes del último día.
¿Te interesa esta ayuda?
Repasa rápidamente si encajas en los requisitos antes de seguir leyendo.
- Formas parte de una comunidad de propietarios de un edificio residencial en Arteixo
- Eres titular de una vivienda unifamiliar en Arteixo
- Quieres instalar un ascensor, salvaescaleras, plataforma elevadora o rampa
- Tu edificio carece de los dispositivos de accesibilidad que solicitas
- La actuación se inició después del 1 de enero de 2025
- Tu edificio está fuera del municipio de Arteixo
- El edificio ya cuenta con los dispositivos de accesibilidad que solicitas
- Tu edificio residencial colectivo no llega a bajo y dos plantas
- Menos del 60% de la superficie del edificio tiene uso residencial
- El edificio tiene expediente incoado o resuelto por infracción urbanística
- La actuación no cuenta con licencia municipal de obras ni comunicación previa
Cuánto puedes recibir
El importe por solicitante no está especificado en la convocatoria; consulta directamente con la administración. Si la inversión que justificas es inferior al presupuesto que sirvió de base para la concesión, la subvención se reduce proporcionalmente.
Cómo solicitarla, paso a paso
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Si eres comunidad de propietarios, acuerda en la Junta de Propietarios realizar la actuación y solicitar la subvención
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Reúne la documentación, incluido el anteproyecto técnico con el presupuesto desglosado
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Presenta la solicitud en el plazo de un mes desde la publicación del extracto en el Boletín Oficial de la Provincia
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Espera la notificación electrónica de la resolución
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Presenta la cuenta justificativa antes del 30 de septiembre de 2027
Documentación necesaria
- Impreso de solicitud y declaración responsable (Anexo I y Anexo II)
- Copia del DNI del solicitante o del CIF de la comunidad de propietarios
- DNI del representante de la comunidad y acreditación documental de la representación (comunidades de propietarios)
- Certificado del secretario de la comunidad o acta de la Junta de Propietarios con el acuerdo de realizar la actuación y de solicitar la subvención (comunidades de propietarios)
- Anteproyecto técnico firmado por técnico competente, con presupuesto desglosado y detallado del coste de la inversión, o autorización para solicitar el proyecto al departamento de urbanismo
- Acta de la Junta de Propietarios que adjudica la obra a la empresa contratista, con justificación de los presupuestos solicitados (mínimo 3 ofertas si el gasto subvencionable supera los 20.000€)
- Escritura de propiedad u otro documento que acredite la titularidad de la vivienda (viviendas unifamiliares)
- Modelo de Designación de Cuenta Bancaria (DCB)
- Certificados de estar al corriente con el Ayuntamiento, con Hacienda del Estado y de la Comunidad Autónoma de Galicia y con la Seguridad Social, o autorización para que el Ayuntamiento acceda a esa información
- Acreditación documental de las circunstancias previstas en los criterios de selección