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Ayudas Claras
Subvenciones Ceuta Económico
Económico Ceuta Versión legible elaborada con ayuda de inteligencia artificial a partir de fuentes oficiales.

Subvenciones a asociaciones de consumidores en Ceuta

Subvención por concurrencia para asociaciones de consumidores y usuarios de Ceuta.

Lo que significa

Qué es
Subvención por concurrencia de la Consejería de Sanidad y Servicios Sociales de Ceuta a asociaciones de consumidores y usuarios.
Para quién
Asociaciones, cooperativas y federaciones de consumidores y usuarios que actúan en Ceuta.
Cuánto
Hasta el 99% del coste de la actividad subvencionada
Qué cubre
  • Gastos de funcionamiento de una oficina de información al consumidor

    Alquiler del local sede, luz, agua y teléfono fijo, gastos de comunidad, mantenimiento de la página web, material de oficina, folletos, libros y publicaciones, anuncios en medios y honorarios del personal que participe en la actividad.

  • Honorarios del personal técnico y jurídico de asesoramiento y reclamaciones

    Solo se financian los honorarios del personal especializado en consumo que asesora y gestiona reclamaciones.

  • Actividades formativas en materia de consumo

    Honorarios de las personas que desarrollan la actividad y adquisición o alquiler del material necesario. Materias como telefonía, transporte, seguros, servicios bancarios, agua y electricidad.

Requisitos
  • Eres una asociación, cooperativa o federación de consumidores con personalidad jurídica
  • Estás inscrito en el Registro Público de Asociaciones de Consumidores de Ceuta, o lo has solicitado antes de la publicación
  • Careces de ánimo de lucro
  • Tienes una estructura interna y un régimen de funcionamiento democrático
  • Desarrollas tu actividad en la Ciudad Autónoma de Ceuta
  • No estar inhabilitado para recibir subvenciones públicas Causas de exclusión (art. 13.2 Ley 38/2003):
    • Deudas con Hacienda o Seguridad Social.
    • Condena firme por delitos contra la administración (prevaricación, cohecho, malversación, fraude).
    • Concurso de acreedores.
    • Inhabilitación para contratar con el sector público.
    • Residencia fiscal en paraíso fiscal.
    • Otras causas listadas en el art. 13.2 de la Ley 38/2003.
Obligaciones
  • Destina la subvención a la actividad y justifica el empleo de los fondos y el gasto total de la actividad
  • Presenta la cuenta justificativa dentro de los tres meses siguientes a la realización de la actividad subvencionada
  • Entrega una memoria de actuación y una memoria económica con las facturas y los justificantes de pago
  • Si no justificas en plazo, devuelve la subvención con los intereses de demora
  • Permite el control financiero de la actividad por parte de la Ciudad
Cuándo
  • Abre: 3 de julio de 2026 Fecha calculada según la convocatoria oficial. Pueden existir matices (festivos locales, modificaciones posteriores); confirma siempre con la fuente oficial antes del último día.
  • Último día: 13 de julio de 2026 Fecha calculada según la convocatoria oficial. Pueden existir matices (festivos locales, modificaciones posteriores); confirma siempre con la fuente oficial antes del último día.

¿Te interesa esta ayuda?

Repasa rápidamente si encajas en los requisitos antes de seguir leyendo.

  • Eres una asociación de consumidores y usuarios con personalidad jurídica
  • Tu cooperativa o federación de consumidores actúa en Ceuta
  • Estás inscrito en el Registro de Asociaciones de Consumidores de Ceuta, o lo has solicitado
  • Programas actividades de información, formación o defensa de los consumidores
  • Careces de ánimo de lucro y tienes un funcionamiento democrático
  • No eres una asociación, cooperativa o federación de consumidores
  • Tu entidad tiene ánimo de lucro
  • Tu actividad no se desarrolla en la Ciudad Autónoma de Ceuta
  • No estás inscrito ni has solicitado la inscripción en el Registro de Consumidores de Ceuta

Cuánto puedes recibir

La ayuda cubre como máximo el 99% del presupuesto de ejecución de tu actividad y nunca puede superar su coste total, ni siquiera sumada a otras ayudas. La convocatoria no fija una cantidad concreta por asociación: se decide en concurrencia competitiva según la valoración de tu solicitud.

Cómo solicitarla, paso a paso

  1. Reúne el modelo de solicitud, el proyecto de la actividad y la documentación exigida

  2. Firma la solicitud como máximo responsable de la asociación y dirígela a la Consejería de Sanidad y Servicios Sociales

  3. Presenta la solicitud de forma telemática en la sede electrónica de la Ciudad de Ceuta dentro del plazo de 7 días

  4. Si te lo requieren, subsana la documentación en un plazo de 10 días hábiles

  5. Espera la valoración de la Comisión y la resolución, que se dicta en un máximo de 3 meses

Documentación necesaria

  • Solicitud de subvenciones para actividades de utilidad pública o interés social (modelo PDF)
  • Proyecto de la actividad a subvencionar
  • Declaración responsable
  • Declaración de no estar incurso en las prohibiciones para ser beneficiario (Anexo 04)
  • Datos bancarios de la asociación: entidad y número de cuenta para el ingreso
  • Declaración sobre otras subvenciones o ayudas solicitadas o recibidas para la misma actividad
  • Certificación de estar al corriente de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social

Preguntas frecuentes

¿Quién puede pedir esta subvención?
Las asociaciones, cooperativas y federaciones de asociaciones de consumidores y usuarios con personalidad jurídica que actúen en Ceuta, carezcan de ánimo de lucro y estén inscritas (o lo hayan solicitado) en el Registro de Consumidores de la Ciudad.
¿Cuánto tiempo tengo para solicitarla?
El plazo es de 7 días, a contar desde el día siguiente a la publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Ciudad de Ceuta.
¿Cómo presento la solicitud?
De forma telemática, a través de la sede electrónica de la Ciudad de Ceuta.
¿Qué pasa si no justifico la subvención en plazo?
Se acuerda el reintegro de la subvención previo requerimiento, más el pago de los intereses de demora y sin perjuicio de las sanciones que puedan imponerse.
¿Puedo reformular mi solicitud si me conceden menos de lo pedido?
Sí. Si la subvención concedida es inferior al 80% del importe de la actividad, puedes reformular tu solicitud para ajustarla a la cuantía propuesta, respetando el objeto y la finalidad.

Fuentes oficiales

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