Ayudas al alquiler para jóvenes en Astigarraga
Hasta 300€ al mes para el alquiler si tienes entre 18 y 35 años en Astigarraga
Lo que significa
- Qué es
- Subvención del Ayuntamiento de Astigarraga para ayudar a pagar el alquiler de tu vivienda habitual
- Para quién
- Jóvenes de 18 a 35 años que viven de alquiler en Astigarraga, solos o en unidad de convivencia
- Cuánto
- El 50% de tu renta mensual, con un máximo de 300€ al mes durante 12 meses como máximo
- Qué cubre
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- Parte de la renta mensual del alquiler de tu vivienda habitual en Astigarraga
- Cubre los recibos de 2025; no incluye fianza, garaje, comunidad, administración ni impuestos
- Requisitos
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- Tienes entre 18 y 35 años a 31 de diciembre de 2025
- Estás empadronado en Astigarraga desde al menos 6 meses antes del período subvencionado
- Eres titular de un contrato de alquiler de al menos 12 meses de una vivienda libre en Astigarraga
- Esa vivienda es tu residencia habitual y permanente
- Tus ingresos netos anuales no superan 28.000€ viviendo solo o 39.000€ en unidad de convivencia
- No tienes vivienda en propiedad ni deudas con la hacienda municipal, salvo las excepciones previstas
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No estar inhabilitado para recibir subvenciones públicas
Causas de exclusión (art. 13.2 Ley 38/2003):
- Deudas con Hacienda o Seguridad Social.
- Condena firme por delitos contra la administración (prevaricación, cohecho, malversación, fraude).
- Concurso de acreedores.
- Inhabilitación para contratar con el sector público.
- Residencia fiscal en paraíso fiscal.
- Otras causas listadas en el art. 13.2 de la Ley 38/2003.
- Obligaciones
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- Tramita primero, de forma obligatoria y prioritaria, las ayudas al alquiler del Gobierno Vasco
- Mantén durante todo el año 2025 las condiciones que te dieron derecho a la ayuda
- Paga el alquiler mediante transferencia bancaria o documento bancario
- Presenta en plazo los justificantes de pago; si no los registras a tiempo, se anula la ayuda
- Cuándo
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- Abre: 3 de julio de 2026 Fecha calculada según la convocatoria oficial. Pueden existir matices (festivos locales, modificaciones posteriores); confirma siempre con la fuente oficial antes del último día.
- Último día: 30 de septiembre de 2026 Fecha calculada según la convocatoria oficial. Pueden existir matices (festivos locales, modificaciones posteriores); confirma siempre con la fuente oficial antes del último día.
¿Te interesa esta ayuda?
Repasa rápidamente si encajas en los requisitos antes de seguir leyendo.
- Tienes entre 18 y 35 años a 31 de diciembre de 2025
- Estás empadronado en Astigarraga al menos 6 meses antes del alquiler subvencionado
- Eres titular del contrato de alquiler de tu vivienda habitual en Astigarraga
- Pagas la renta mediante transferencia o documento bancario
- Has solicitado las ayudas al alquiler del Gobierno Vasco y te las han denegado
- Puedes recibir otra ayuda al alquiler similar como Gaztelagun, la PCV o las AES
- Tus ingresos netos anuales superan 28.000€ solo o 39.000€ en unidad de convivencia
- El alquiler mensual de tu vivienda supera los 950€
- Tienes una vivienda en propiedad, salvo las excepciones previstas
- Tienes vínculos familiares con la persona arrendadora hasta segundo grado
- Tienes deudas pendientes con la hacienda municipal
Cuánto puedes recibir
Recibes el 50% de tu renta mensual computable, con un máximo de 300€ al mes, y se concede por un máximo de 12 meses en función de tus ingresos. Si el alquiler incluye garaje o comunidad, se descuentan 30€ al mes salvo que justifiques su coste real. La ayuda se abona en un único pago tras comprobar los justificantes.
Cómo solicitarla, paso a paso
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Solicita primero, de forma obligatoria y prioritaria, las ayudas al alquiler del Gobierno Vasco
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Reúne la documentación: formulario oficial, contrato de alquiler, justificantes de pago y datos bancarios
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Presenta la solicitud antes del 30 de septiembre, de forma telemática en el portal municipal o presencial en el registro
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Espera la resolución, que se notifica en un plazo máximo de seis meses
Documentación necesaria
- Formulario oficial cumplimentado y firmado
- Fotocopia del DNI, pasaporte o permiso de residencia de cada solicitante
- Datos de identidad de todas las personas que viven en la vivienda
- Copia del contrato de alquiler vigente y dentro del período subvencionable
- Justificante del depósito del contrato en el registro de fianzas de arrendamientos del País Vasco
- Documento que acredite la titularidad de tu cuenta bancaria
- Justificantes bancarios de los pagos mensuales del alquiler