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Ayudas Claras
Ayudas A Coruña Servicios sociales
Servicios sociales A Coruña Versión legible elaborada con ayuda de inteligencia artificial a partir de fuentes oficiales.

Ayudas para terapias infantiles y celiaquía en Santiago

Hasta 1.200€ al año por menor para terapias privadas o dieta sin gluten.

Lo que significa

Qué es
Ayuda del Ayuntamiento de Santiago de Compostela para financiar tratamientos terapéuticos privados o la dieta sin gluten de menores.
Para quién
Familias con hijos menores de edad empadronados en Santiago de Compostela.
Cuánto
  • Depende de la modalidad
    ModalidadCuantía
    Tratamientos terapéuticos90% del gasto, hasta 1.200€ al año
    Enfermedad celíaca1.200€ fijos por menor
    Puedes recibir las dos ayudas si cumples los requisitos de cada una, sin límite conjunto.
Qué cubre
  • Tratamientos terapéuticos privados para menores

    Trastornos del aprendizaje, trastornos del lenguaje, trastornos de conducta, estimulación temprana, altas capacidades intelectuales y terapia ocupacional.

  • El sobrecoste de la dieta sin gluten para menores con enfermedad celíaca
Requisitos
  • El beneficiario es una persona menor de edad
  • Está empadronado y reside en el término municipal de Santiago de Compostela
  • Los ingresos de tu familia no superan 5 veces el IPREM anual

    Se suman todos los ingresos de los miembros computables de la unidad familiar, tomando la base imponible general más la del ahorro de la última declaración de la renta cerrada.

  • No recibes otra ayuda o prestación pública por el mismo concepto
  • Para tratamientos: informe de profesional colegiado que acredite la necesidad de tratamiento periódico en un centro especializado
  • Para celiaquía: diagnóstico de enfermedad celíaca acreditado por profesional colegiado
  • No estar inhabilitado para recibir subvenciones públicas Causas de exclusión (art. 13.2 Ley 38/2003):
    • Deudas con Hacienda o Seguridad Social.
    • Condena firme por delitos contra la administración (prevaricación, cohecho, malversación, fraude).
    • Concurso de acreedores.
    • Inhabilitación para contratar con el sector público.
    • Residencia fiscal en paraíso fiscal.
    • Otras causas listadas en el art. 13.2 de la Ley 38/2003.
Obligaciones
  • Mantente de alta en el Padrón municipal mientras percibas la ayuda
  • Justifica los tratamientos con las facturas de los gastos realizados entre el 1 de enero y el 15 de octubre
  • Presenta la justificación como fecha límite el 15 de octubre
  • Aporta los justificantes bancarios del pago efectivo de las facturas
Cuándo
  • Abre: 3 de julio de 2026 Fecha calculada según la convocatoria oficial. Pueden existir matices (festivos locales, modificaciones posteriores); confirma siempre con la fuente oficial antes del último día.
  • Último día: 16 de julio de 2026 Fecha calculada según la convocatoria oficial. Pueden existir matices (festivos locales, modificaciones posteriores); confirma siempre con la fuente oficial antes del último día.

¿Te interesa esta ayuda?

Repasa rápidamente si encajas en los requisitos antes de seguir leyendo.

  • Tu hijo o hija es menor de edad y está empadronado en Santiago de Compostela
  • Tu hijo recibe tratamiento privado por un trastorno del aprendizaje, del lenguaje o de conducta
  • Tu hijo necesita estimulación temprana, terapia ocupacional o apoyo por altas capacidades
  • Tu hijo tiene diagnosticada la enfermedad celíaca y sigue dieta sin gluten
  • Los ingresos de tu familia no superan 5 veces el IPREM anual
  • El menor no está empadronado en Santiago de Compostela
  • El beneficiario es mayor de edad
  • Ya recibes otra ayuda pública por el mismo concepto
  • Los ingresos familiares superan 5 veces el IPREM anual
  • Solicitas por sensibilidad al gluten no celíaca o alergia al gluten o al trigo

Cuánto puedes recibir

Si tu hijo recibe tratamientos terapéuticos privados, cubres el 90% del gasto realizado, hasta un máximo de 1.200€ al año. Si tiene enfermedad celíaca, recibes un importe fijo de 1.200€ por menor para la dieta sin gluten. Puedes cobrar las dos ayudas si cumples los requisitos de cada una.

Cómo solicitarla, paso a paso

  1. Reúne la documentación común y el informe de profesional colegiado según tu modalidad

  2. Cumplimenta el impreso de solicitud del modelo normalizado

  3. Preséntala preferentemente en la sede electrónica del Ayuntamiento, o en papel en la Oficina de Asistencia en Materia de Registros

  4. Si te lo requieren, subsana la documentación en el plazo de 10 días

Documentación necesaria

  • Impreso de solicitud en modelo normalizado, cumplimentado y firmado
  • DNI, NIE o pasaporte en vigor de cada miembro mayor de edad de la unidad familiar
  • Libro de familia o documentación oficial que lo sustituya
  • Certificación bancaria de la titularidad del IBAN a nombre de la persona solicitante
  • Declaración responsable de no recibir otra prestación pública por el mismo concepto
  • Modalidad tratamientos: informe de profesional colegiado sobre la necesidad de tratamiento periódico en centro especializado
  • Modalidad celiaquía: informe de profesional colegiado que acredite el diagnóstico de enfermedad celíaca

Preguntas frecuentes

¿Puedo recibir las dos ayudas a la vez?
Sí. Una misma persona puede ser beneficiaria de las dos modalidades si cumple los requisitos de cada una, y no se aplica un límite conjunto entre ambas.
¿Qué pasa si el presupuesto no llega para todas las solicitudes?
Las ayudas se conceden priorizando a las familias con menor renta per cápita, de menor a mayor, hasta agotar el crédito disponible.
¿Cubre la ayuda la sensibilidad al gluten no celíaca o la alergia al trigo?
No. La modalidad de celiaquía excluye expresamente la sensibilidad al gluten no celíaca, la alergia al gluten o al trigo y otras patologías distintas de la enfermedad celíaca.
¿Quién puede presentar la solicitud?
La persona que ejerza la representación legal del menor: madre, padre, tutor legal o persona acogedora.

Fuentes oficiales

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