Ayuda a rehabilitar viviendas vacías en Sant Pere de Ribes
Hasta 10.000€ por vivienda (50% del coste) para rehabilitarla y darla en alquiler.
Lo que significa
- Qué es
- Subvención del Ayuntamiento de Sant Pere de Ribes para rehabilitar por dentro viviendas vacías y sumarlas a la bolsa de alquiler municipal.
- Para quién
- Propietarios de viviendas vacías, personas físicas o jurídicas, y usufructuarios, arrendatarios o usuarios con derecho a hacer las obras.
- Cuánto
- 50% del presupuesto protegible, con un máximo de 10.000€ por vivienda.
- Qué cubre
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- Obras para que la vivienda alcance las condiciones mínimas de habitabilidad
- Adaptación a la normativa de las instalaciones de agua, electricidad y gas canalizado
- Requisitos
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- Tener la propiedad o un derecho que te permita hacer las obras (usufructo, alquiler o uso)
- La vivienda está en el municipio de Sant Pere de Ribes y tiene uso residencial
- La vivienda está desocupada en la fecha de solicitud y necesita obras de arreglo
- Disponer de cédula de habitabilidad y certificado energético, o poder obtenerlos tras la reforma
- Comprometerte a incorporar la vivienda a la bolsa de alquiler municipal 5 años (persona física) o 7 años (persona jurídica)
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No estar inhabilitado para recibir subvenciones públicas
Causas de exclusión (art. 13.2 Ley 38/2003):
- Deudas con Hacienda o Seguridad Social.
- Condena firme por delitos contra la administración (prevaricación, cohecho, malversación, fraude).
- Concurso de acreedores.
- Inhabilitación para contratar con el sector público.
- Residencia fiscal en paraíso fiscal.
- Otras causas listadas en el art. 13.2 de la Ley 38/2003.
- Obligaciones
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- Ejecutar las obras conforme al proyecto y a la licencia municipal concedida
- Incorporar la vivienda a la bolsa de mediación municipal de alquiler durante 5 o 7 años
- Justificar el cumplimiento de los requisitos y la realización de las obras
- Estar al corriente de tus obligaciones con Hacienda y la Seguridad Social
- Conservar los documentos justificativos durante al menos 6 años
- Comunicar si obtienes otras subvenciones para la misma actividad
- Cuándo
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- Abre: 3 de julio de 2026 Fecha calculada según la convocatoria oficial. Pueden existir matices (festivos locales, modificaciones posteriores); confirma siempre con la fuente oficial antes del último día.
- Último día: 30 de septiembre de 2026 Fecha calculada según la convocatoria oficial. Pueden existir matices (festivos locales, modificaciones posteriores); confirma siempre con la fuente oficial antes del último día.
¿Te interesa esta ayuda?
Repasa rápidamente si encajas en los requisitos antes de seguir leyendo.
- Eres propietario de una vivienda vacía en Sant Pere de Ribes
- Tienes un derecho (propiedad, usufructo, alquiler o uso) que te permite hacer las obras
- La vivienda tiene uso residencial y necesita obras de reforma o rehabilitación
- Te comprometes a ceder la vivienda a la bolsa de alquiler municipal 5 o 7 años
- La vivienda está desocupada en el momento de solicitar la ayuda
- Eres una entidad financiera, banco o entidad de crédito
- Eres un fondo de inversión inmobiliaria o fondo buitre con fin especulativo
- Te han sancionado por incumplir normativa urbanística, de vivienda o de alquiler
- La vivienda está fuera del municipio de Sant Pere de Ribes
Cuánto puedes recibir
Recibes el 50% del presupuesto protegible de las obras, con un máximo de 10.000€ por vivienda. El pago se tramita después de que justifiques las actuaciones realizadas.
Cómo solicitarla, paso a paso
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Reúne el presupuesto o memoria valorada de las obras y el resto de documentación exigida
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Rellena la instancia de solicitud (Modelo A) dirigida a la Alcaldía
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Presenta la solicitud presencialmente con cita previa en la Oficina de Atención Ciudadana o por la sede electrónica municipal
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Si te la conceden, justifica las actuaciones subvencionadas en el plazo previsto
Documentación necesaria
- Instancia de solicitud (Modelo A)
- Declaración responsable de que cumples los requisitos y estás al corriente con Hacienda y la Seguridad Social (Modelo B)
- Presupuesto, proyecto o memoria valorada de las obras, con el presupuesto de ejecución material firmado por el constructor y su alta en el IAE
- Declaración responsable sobre la deducción o no del IVA de la actuación (Modelo C)
- Declaración responsable de que las obras se ajustan a la ayuda solicitada y a la licencia (Modelo D)
- Solicitud de transferencia bancaria de subvención nominativa (Modelo E)
- DNI/NIF/NIE del solicitante o CIF de la comunidad, y acreditación de la propiedad o del derecho sobre la vivienda
- Facturas, recibos o justificantes que acrediten el 100% del coste, si las obras ya están hechas
- Fotografías de las actuaciones realizadas, en su caso
- Declaración responsable de compromiso de incorporar la vivienda a la bolsa municipal de alquiler 5 o 7 años