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Ayudas Claras
Subvenciones Valencia Servicios sociales
Servicios sociales Valencia Versión legible elaborada con ayuda de inteligencia artificial a partir de fuentes oficiales.

Ayudas a propietarios de vivienda en Quart de Poblet

Hasta 350€ para propietarios de vivienda habitual en Quart de Poblet

Lo que significa

Qué es
Subvención por concurrencia del Ayuntamiento de Quart de Poblet para propietarios de vivienda habitual en situación de vulnerabilidad.
Para quién
Familias propietarias de su vivienda habitual, empadronadas y residentes en Quart de Poblet.
Cuánto
Hasta 350€ por solicitante, entre el 30% y el 100% según tu situación sociofamiliar
Qué cubre
  • Ayuda económica para propietarios de vivienda habitual en situación de vulnerabilidad
  • El importe se calcula tomando como referencia el importe del IBI de tu vivienda
Requisitos
  • Eres propietario de tu vivienda habitual en Quart de Poblet
  • Estás empadronado y resides en esa vivienda desde hace al menos un año
  • No tienes otras propiedades urbanas o rústicas en el territorio nacional

    No se tienen en cuenta un trastero, una plaza de garaje, las fincas rústicas cuyo valor catastral no supere los 5.000€, ni la participación en propiedades heredadas cuyo usufructo sea de otra persona.

  • La renta de tu familia no supera los umbrales establecidos

    La renta per cápita de la unidad familiar no puede superar el IPREM anual (14 pagas) en vigor, y la renta familiar no puede superar el doble del IPREM anual (14 pagas).

  • Superas la puntuación mínima de 11 puntos del baremo de valoración
  • Estás al corriente del pago de los impuestos municipales
  • No estar inhabilitado para recibir subvenciones públicas Causas de exclusión (art. 13.2 Ley 38/2003):
    • Deudas con Hacienda o Seguridad Social.
    • Condena firme por delitos contra la administración (prevaricación, cohecho, malversación, fraude).
    • Concurso de acreedores.
    • Inhabilitación para contratar con el sector público.
    • Residencia fiscal en paraíso fiscal.
    • Otras causas listadas en el art. 13.2 de la Ley 38/2003.
Obligaciones
  • Comunica en un plazo máximo de 10 días cualquier variación de las circunstancias que motivaron la ayuda
  • Justifica debidamente el gasto de la ayuda
  • Mantente al corriente del pago del IBI de tu vivienda; el Ayuntamiento lo comprobará en diciembre
Cuándo
  • Abre: 1 de enero de 2026 Fecha calculada según la convocatoria oficial. Pueden existir matices (festivos locales, modificaciones posteriores); confirma siempre con la fuente oficial antes del último día.
  • Último día: 31 de diciembre de 2026 Fecha calculada según la convocatoria oficial. Pueden existir matices (festivos locales, modificaciones posteriores); confirma siempre con la fuente oficial antes del último día.

¿Te interesa esta ayuda?

Repasa rápidamente si encajas en los requisitos antes de seguir leyendo.

  • Eres propietario de tu vivienda habitual en Quart de Poblet
  • Estás empadronado y resides en esa vivienda desde hace al menos un año
  • Tu unidad familiar carece de recursos económicos suficientes
  • Estás al corriente del pago de tus impuestos municipales
  • No estás empadronado ni resides en Quart de Poblet
  • Tienes otras propiedades urbanas o rústicas en el territorio nacional
  • La renta per cápita de tu familia supera el IPREM anual
  • No alcanzas la puntuación mínima de 11 puntos del baremo

Cuánto puedes recibir

La cuantía depende de tu situación sociofamiliar y tiene un límite máximo general de 350€. Según la valoración con el baremo, se te aplica un porcentaje de ayuda que va desde el 30% hasta el 100%.

Cómo solicitarla, paso a paso

  1. Reúne la documentación requerida, incluida la declaración del IRPF de 2025 de los miembros de la unidad de convivencia mayores de 16 años

  2. Presenta la solicitud con el modelo de instancia oficial en los registros habilitados del Ayuntamiento

  3. Preséntala dentro del plazo, del 8 al 25 de septiembre de 2026

  4. Si el Ayuntamiento te lo requiere, subsana la falta o aporta los documentos que falten

Documentación necesaria

  • Impreso de solicitud cumplimentado y firmado según modelo oficial
  • Documento de autovaloración de la situación familiar
  • Ficha de alta de terceros con los datos bancarios, si eres nuevo perceptor o cambias de cuenta
  • DNI, NIE o pasaporte de todos los miembros de la unidad de convivencia
  • Libro de familia
  • Último recibo del préstamo hipotecario, solo si lo estás pagando
  • Declaración del IRPF del ejercicio 2025 de todos los miembros mayores de 16 años
  • Declaración responsable de no estar incurso en prohibiciones para ser beneficiario y de estar al corriente de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social
  • Última nómina o contrato de trabajo, si trabajas por cuenta ajena
  • Declaración trimestral de autónomos del último trimestre (modelo 130 o 131), si eres autónomo
  • Documentación específica según tu situación: título de familia monoparental, orden de protección, sentencia de separación o resolución del INSS por incapacidad permanente
  • Autorización firmada para la consulta de datos a otras administraciones

Preguntas frecuentes

¿Cuándo puedo presentar la solicitud?
Del 8 al 25 de septiembre de 2026, ambos inclusive, en los registros habilitados del Ayuntamiento.
¿Es compatible con otras ayudas?
Sí, es compatible con otras ayudas de la misma finalidad de otras administraciones o entidades, siempre que la suma no supere el coste de la actividad subvencionada.
¿Qué pasa si mi solicitud está incompleta?
El Ayuntamiento te requerirá por escrito para que subsanes la falta o aportes los documentos; si no lo haces en el plazo, se te tendrá por desistido de la petición.
¿Cuánto tarda en resolverse?
El plazo máximo para resolver y notificar es de tres meses desde el día siguiente al fin del plazo de solicitudes. Si no hay resolución en ese plazo, se entiende desestimada por silencio administrativo.
¿Qué ocurre si no justifico el gasto?
El Ayuntamiento podrá iniciar el expediente de reintegro de la ayuda concedida y denegar nuevas solicitudes de ayuda.

Fuentes oficiales

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