Saltar al contenido
Ayudas Claras
Subvenciones Barcelona Servicios sociales
Servicios sociales Barcelona Versión legible elaborada con ayuda de inteligencia artificial a partir de fuentes oficiales.

Subvención emergencia habitacional en Sant Pere de Ribes

30.000€ para que una entidad sin ánimo de lucro atienda la emergencia habitacional

Lo que significa

Qué es
Subvención por concurrencia competitiva del Ayuntamiento de Sant Pere de Ribes para un proyecto de atención a la emergencia habitacional
Para quién
Entidades del tercer sector sin ánimo de lucro que atienden a personas y familias sin vivienda en el municipio
Cuánto
30.000€ para la realización del proyecto, con pago anticipado del 100%
Qué cubre
  • Alojamiento temporal en hoteles, hostales, pensiones o apartamentos
  • Servicios como manutención, transporte, lavandería o custodia de bienes personales
  • Costes directos del proyecto y costes indirectos, estos hasta el 25% de los directos
Requisitos
  • Ser una persona jurídica sin ánimo de lucro legalmente constituida
  • Haber justificado correctamente las subvenciones que el Ayuntamiento te concedió en años anteriores
  • Estar al corriente de las obligaciones tributarias con el Ayuntamiento y con el resto de administraciones
  • Estar al corriente en la devolución de subvenciones que tuvieras pendientes de reintegro
  • No estar inhabilitado para recibir subvenciones públicas Causas de exclusión (art. 13.2 Ley 38/2003):
    • Deudas con Hacienda o Seguridad Social.
    • Condena firme por delitos contra la administración (prevaricación, cohecho, malversación, fraude).
    • Concurso de acreedores.
    • Inhabilitación para contratar con el sector público.
    • Residencia fiscal en paraíso fiscal.
    • Otras causas listadas en el art. 13.2 de la Ley 38/2003.
Obligaciones
  • Ejecutar el proyecto y cumplir la finalidad que justificó la subvención
  • Justificar el gasto y la actividad realizada antes del 31 de enero de 2027
  • Hacer constar la colaboración del Ayuntamiento en la documentación y difusión del proyecto
  • Comunicar si obtienes otras subvenciones o cualquier cambio importante en el proyecto
  • Conservar los justificantes de los fondos recibidos durante al menos 5 años
  • Si trabajas con menores, acreditar que el personal no tiene antecedentes por delitos sexuales
Cuándo
  • Abre: 2 de julio de 2026 Fecha calculada según la convocatoria oficial. Pueden existir matices (festivos locales, modificaciones posteriores); confirma siempre con la fuente oficial antes del último día.
  • Último día: 22 de julio de 2026 Fecha calculada según la convocatoria oficial. Pueden existir matices (festivos locales, modificaciones posteriores); confirma siempre con la fuente oficial antes del último día.

¿Te interesa esta ayuda?

Repasa rápidamente si encajas en los requisitos antes de seguir leyendo.

  • Eres una entidad del tercer sector sin ánimo de lucro
  • Trabajas con personas o familias en situación de emergencia habitacional
  • Actúas en el municipio de Sant Pere de Ribes
  • Cuentas con profesionales del ámbito social (trabajo, educación o integración social)
  • Tienes experiencia previa interviniendo en emergencia habitacional
  • Eres un particular o persona física, no una entidad
  • Tu organización tiene ánimo de lucro
  • No has justificado subvenciones anteriores ya vencidas del Ayuntamiento
  • Tienes deudas tributarias con el Ayuntamiento u otras administraciones
  • Tu entidad está en proceso concursal

Cuánto puedes recibir

Recibes 30.000€ para ejecutar el proyecto de atención a la emergencia habitacional. El Ayuntamiento paga esta cantidad por adelantado, mediante un anticipo del 100% sin necesidad de aval ni garantías. La subvención puede cubrir costes directos e indirectos, estos últimos hasta un 25% de los costes directos.

Cómo solicitarla, paso a paso

  1. Reúne los formularios de solicitud y de proyecto junto con el presupuesto desglosado

  2. Presenta la solicitud en la sede electrónica del Ayuntamiento o presencialmente con cita previa, dentro de los 15 días hábiles desde la publicación

  3. Espera la resolución de la Junta de Gobierno Local (hasta tres meses tras el cierre del plazo)

  4. Ejecuta el proyecto antes del 31 de diciembre de 2026

  5. Justifica la subvención antes del 31 de enero de 2027

Documentación necesaria

  • Formulario de solicitud de subvención
  • Formulario del proyecto
  • Presupuesto desglosado del coste estimado del proyecto
  • Declaración sobre el tratamiento de datos personales
  • Declaración responsable de que cumples los requisitos para obtener la subvención
  • Solo si no autorizas su consulta: certificados de estar al corriente con Hacienda y la Seguridad Social

Preguntas frecuentes

¿Es compatible con otras ayudas o subvenciones?
Sí. Es compatible con otros ingresos o subvenciones, pero debes comunicarlo al Ayuntamiento y el total no puede superar el 100% del coste de la actividad.
¿Tengo que aceptar la subvención de forma expresa?
No. Se entiende aceptada si no manifiestas tu renuncia en un plazo de 10 días hábiles desde la notificación.
¿Qué pasa si presento la documentación incompleta?
El Ayuntamiento te pedirá que la rectifiques en un plazo máximo de diez días hábiles. Si no lo haces, se archivará tu solicitud.
¿Qué puntuación mínima necesita mi proyecto?
El proyecto se valora sobre un máximo de 10 puntos y necesita alcanzar al menos 6 para poder ser subvencionado.

Fuentes oficiales

Otras fichas relacionadas