Saltar al contenido
Ayudas Claras
Subvenciones Barcelona Servicios sociales
Servicios sociales Barcelona Versión legible elaborada con ayuda de inteligencia artificial a partir de fuentes oficiales.

Subvenciones a entidades deportivas en Barberà del Vallès

Ayuda municipal para programas deportivos de clubes y entidades sin ánimo de lucro

Lo que significa

Qué es
Subvención por concurrencia competitiva del Ayuntamiento de Barberà del Vallès para programas de actividades físicas y deportivas.
Para quién
Clubes, entidades y asociaciones sin ánimo de lucro que organizan programas de actividades físicas y deportivas.
Cuánto
Hasta el 50% del coste del programa, o hasta el 100% en casos excepcionales, según su puntuación y sin superar lo que pidas
Qué cubre
  • Gastos necesarios de tu programa de actividades físicas y deportivas, pagados antes de que acabe el periodo de justificación
  • Alojamiento y desplazamientos de deportistas en competiciones oficiales, con límites

    Alojamiento: solo el de deportistas federados que sean socios de la entidad y participen en una competición oficial en territorio español representándola, con un máximo de 3 noches. Desplazamientos: solo los de deportistas locales para participar en competiciones oficiales de carácter supralocal.

  • Bebidas, fruta, trofeos y camisetas de carreras populares o caminatas

    Bebidas y fruta usadas en la organización de eventos deportivos tipo carreras populares, maratones, caminatas o similares. Trofeos, camisetas o similares usados en la organización de eventos tipo carreras populares, caminatas o similares.

  • Uso de edificios, alquiler del local, servicios y material, con topes por concepto

    Gastos por el uso de edificios (consumos, conserjería, limpieza): hasta el 25% de la subvención concedida. Alquiler de locales como sede de la entidad: hasta el 25% de la subvención. Publicidad, contratación de profesionales o servicios, seguros de locales o actividades, impresión de documentos y material fungible: hasta el 100% de la subvención. Material inventariable imprescindible para el programa (material informático, mobiliario, equipos de música): hasta el 25% de la subvención y con un máximo de 500 €.

Requisitos
  • Tu club, entidad o asociación no tiene ánimo de lucro y está legalmente constituida
  • Tu entidad está inscrita en un registro público oficial

    Vale el Registro General de Entidades Jurídicas, el Registro de Entidades Deportivas de la Generalitat de Catalunya, el Registro Nacional de Asociaciones del Ministerio del Interior, el Registro del Ministerio de Justicia o cualquier otro registro público oficial. Si tu sede social está en Barberà del Vallès, además debes estar inscrita en el Registro Municipal de Asociaciones con los datos actualizados.

  • Tu programa se hace en Barberà del Vallès y está abierto a toda su población

    El programa debe realizarse en la ciudad y tener como beneficiaria a la ciudadanía de Barberà del Vallès, o bien desarrollarse fuera del municipio si se considera de interés para la proyección exterior de la ciudad. No puede limitar la participación a determinados colectivos ni discriminar el acceso por razones de sexo, condición social, cultural, condiciones personales, capacidades o destrezas u otras razones. Debe estar previsto en el Plan Anual aprobado por la Junta Directiva o la Asamblea General de la entidad.

  • Tus estatutos están adaptados a la normativa catalana sobre personas jurídicas

    Quedan exceptuadas las asociaciones deportivas inscritas en la Secretaría General del Deporte y las asociaciones de ámbito estatal. También vale presentar un documento que acredite que has iniciado los trámites de adaptación ante la Secretaría de Entidades Jurídicas de la Generalitat de Catalunya.

  • Tienes los seguros de accidentes y de responsabilidad civil que exige la normativa vigente
  • No tienes pendiente justificar ni debes reintegros de subvenciones anteriores del ayuntamiento
  • No estar inhabilitado para recibir subvenciones públicas Causas de exclusión (art. 13.2 Ley 38/2003):
    • Deudas con Hacienda o Seguridad Social.
    • Condena firme por delitos contra la administración (prevaricación, cohecho, malversación, fraude).
    • Concurso de acreedores.
    • Inhabilitación para contratar con el sector público.
    • Residencia fiscal en paraíso fiscal.
    • Otras causas listadas en el art. 13.2 de la Ley 38/2003.
Obligaciones
  • Acepta la subvención firmando el convenio en los dos meses siguientes a la notificación
  • Informa a la Asamblea General de tu entidad de la concesión de la ayuda
  • Destina los ingresos que genere cada actividad a pagar los gastos de esa misma actividad
  • Asiste a los cursos sobre normativa, organización y gestión asociativa que organice el ayuntamiento
  • Justifica la ayuda por la sede electrónica, como máximo un mes después de que acabe la vigencia del convenio, con una memoria del proyecto y una memoria económica con la relación de gastos
  • Comunica al ayuntamiento, al justificar, otras subvenciones que obtengas para el mismo programa
Cuándo
  • Abre: 19 de septiembre de 2026 Fecha calculada según la convocatoria oficial. Pueden existir matices (festivos locales, modificaciones posteriores); confirma siempre con la fuente oficial antes del último día.
  • Último día: 8 de octubre de 2026 Fecha calculada según la convocatoria oficial. Pueden existir matices (festivos locales, modificaciones posteriores); confirma siempre con la fuente oficial antes del último día.

¿Te interesa esta ayuda?

Repasa rápidamente si encajas en los requisitos antes de seguir leyendo.

  • Eres un club, entidad o asociación sin ánimo de lucro
  • Organizas un programa de actividades físicas o deportivas en 2026
  • Tu programa se desarrolla en Barberà del Vallès para su ciudadanía
  • Tu programa está abierto a toda la población de Barberà del Vallès
  • Tu entidad está inscrita en un registro público oficial
  • Tu entidad tiene ánimo de lucro
  • Tienes pendiente justificar convenios de años anteriores con el ayuntamiento
  • Debes reintegros de subvenciones anteriores de este ayuntamiento
  • Tu entidad tiene sanciones o condenas firmes por discriminación laboral por sexo
  • Tu programa limita la participación a determinados colectivos

Cuánto puedes recibir

La subvención de cada programa se calcula de forma proporcional a los puntos que obtiene en la valoración, que va de 0 a 100 puntos, y nunca supera el importe que pides. Si pides menos del 50% del coste total del programa, lo que pides es el máximo que puedes recibir. Si pides más, por lo general el máximo es el 50% del coste total. Solo de forma excepcional puede llegar hasta el 100% del coste: actividades de interés público para la ciudad o entidades con especial dificultad para conseguir otra financiación, programas sin otras subvenciones públicas, actividades dirigidas a colectivos en situación social o económica desfavorecida o con diversidad funcional o dependencia, u otras situaciones en las que se justifique que no es posible cofinanciarlo. Como norma general, debes justificar gastos por al menos el doble de la subvención concedida; si justificas menos, la ayuda se reduce de forma proporcional. Por lo general cobras el 100% cuando has justificado el programa y los servicios técnicos y la intervención municipal lo han revisado e informado favorablemente.

Cómo solicitarla, paso a paso

  1. Prepara la memoria y el programa de actividades físicas y deportivas de tu entidad

  2. Rellena la solicitud y los modelos de la convocatoria, incluida la declaración responsable

  3. Presenta la solicitud en el registro general del Ayuntamiento de Barberà del Vallès

  4. Corrige los defectos o aporta la documentación que te pidan en un máximo de 5 días

  5. Si te lo piden, reformula tu solicitud cuando la ayuda propuesta sea menor que la solicitada

  6. Acepta la subvención firmando el convenio en los dos meses siguientes a la notificación

Documentación necesaria

  • Solicitud de participación en la convocatoria
  • Programa detallado de las actividades, con descripción, días y horarios, espacios necesarios, titulación y vinculación con la entidad del personal responsable, y presupuesto de gastos e ingresos
  • Datos de la entidad solicitante, en el modelo de la convocatoria
  • Solicitud de alta o modificación de datos bancarios
  • Presupuesto global aprobado de la entidad
  • Solicitud de pago anticipado, si necesitas un anticipo
  • Declaración responsable de la entidad
  • Relación de equipos y volumen de personas participantes
  • Relación del nivel de formación de los técnicos deportivos
  • Estatutos, acta de constitución y DNI de la presidencia de la entidad, salvo que ya los hayas presentado al ayuntamiento y no hayan cambiado
  • Certificados de estar al corriente con Hacienda, la Agència Tributària de Catalunya, la Seguridad Social y el ayuntamiento, solo si no autorizas que el ayuntamiento los consulte

Preguntas frecuentes

¿Puedo cobrar parte de la subvención por adelantado?
Sí, si tu programa necesita financiación anticipada. Lo pides con el modelo de solicitud de pago anticipado, indicando el porcentaje a anticipar, que nunca puede superar el 70% de la subvención solicitada, y explicando por escrito las razones. La forma y el calendario del anticipo se fijan en el convenio.
¿Tengo que declarar otras subvenciones que reciba para el mismo programa?
Sí. En la declaración responsable indicas las subvenciones que has pedido o piensas pedir, y al justificar debes comunicar al ayuntamiento las que hayas obtenido para el mismo programa.
¿En qué periodo deben hacerse las actividades?
El programa debe ejecutarse entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2026.
¿Cuánto tarda la resolución?
El ayuntamiento tiene un máximo de tres meses desde que termina el plazo de presentación de solicitudes para resolver.
¿Hay alguna obligación extra si me conceden más de 10.000€?
Sí. Tu entidad se compromete a comunicar al ayuntamiento las retribuciones de sus órganos de dirección o administración para que se hagan públicas.

Fuentes oficiales

Otras fichas relacionadas