Ayudas a asociaciones rurales de Cantabria para podología
Entre 3.000€ y 9.500€ por solicitud para dar podología a mayores del medio rural
Lo que significa
- Qué es
- Subvención por concurrencia competitiva del Instituto Cántabro de Servicios Sociales para ofrecer podología a mayores del medio rural.
- Para quién
- Hogares, clubes, federaciones y asociaciones sin ánimo de lucro del medio rural de Cantabria que trabajan con personas mayores.
- Cuánto
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- Entre 3.000€ y 9.500€ por solicitud, con una cantidad fija por sesión
Cada usuario puede recibir un máximo de 12 servicios. El transporte puede financiarse hasta el 15% de la cuantía total concedida para el proyecto.Dónde se presta la sesión Aportación por sesión En los espacios de la asociación o en centros o servicios de podología 25€ En el domicilio de la persona atendida 35€
- Entre 3.000€ y 9.500€ por solicitud, con una cantidad fija por sesión
- Qué cubre
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- Sesiones de atención podológica a personas mayores
Una o varias de estas actuaciones en la misma sesión (la lista no es cerrada): cortar las uñas de los pies, fresado de uñas, desbridar helomas, quitar durezas, hiperqueratosis de talón, y consejos podológicos y recomendación de tratamiento.
- Transporte desde el domicilio o punto de recogida hasta el centro o servicio de podología
No puede superar el 15% de la cuantía total concedida para el proyecto.
- Atención en los espacios de la asociación, en centros o servicios de podología o a domicilio
- Sesiones de atención podológica a personas mayores
- Requisitos
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- Tu entidad es una asociación o federación de Cantabria sin ánimo de lucro que trabaja en el medio rural
- Las personas que han cumplido 60 años están entre los destinatarios habituales de tu entidad
Se acredita con los estatutos de la entidad, memorias de actividades, programas desarrollados o cualquier otro medio de prueba admisible en derecho.
- Tu domicilio social, fiscal y tu sede están en un municipio de Cantabria de menos de 10.000 habitantes
- Estás constituida como asociación e inscrita en el registro correspondiente del Gobierno de Cantabria
- Los servicios se prestan en Cantabria, en municipios donde no los cubre una prestación pública garantizada
- No tienes asignada otra subvención para el mismo objeto de ninguna administración o entidad pública o privada
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No estar inhabilitado para recibir subvenciones públicas
Causas de exclusión (art. 13.2 Ley 38/2003):
- Deudas con Hacienda o Seguridad Social.
- Condena firme por delitos contra la administración (prevaricación, cohecho, malversación, fraude).
- Concurso de acreedores.
- Inhabilitación para contratar con el sector público.
- Residencia fiscal en paraíso fiscal.
- Otras causas listadas en el art. 13.2 de la Ley 38/2003.
- Obligaciones
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- Presta los servicios entre el 1 de julio de 2026 y el 30 de junio de 2027
- Usa profesionales con titulación adecuada y locales con autorización de funcionamiento sanitario
- Justifica la ayuda hasta el 15 de septiembre de 2027 con la memoria (Anexo 3) y la relación de personas atendidas
- Aporta facturas de profesionales o centros de podología a nombre de tu entidad; no valen recibos
- Pon el logotipo del Instituto Cántabro de Servicios Sociales en lugar visible y en la publicidad
- Comunica en cuanto lo sepas si obtienes otras ayudas para la misma finalidad
- Cuándo
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La convocatoria no publica fechas concretas. La administración fija el plazo en el extracto del boletín oficial; consulta la fuente para conocerlo.
¿Te interesa esta ayuda?
Repasa rápidamente si encajas en los requisitos antes de seguir leyendo.
- Tu asociación sin ánimo de lucro trabaja en el medio rural de Cantabria
- Tu sede está en un municipio de menos de 10.000 habitantes
- Tu entidad atiende habitualmente a personas que han cumplido 60 años
- Quieres ofrecer un servicio de podología a personas mayores de 60 años empadronadas en municipios de Cantabria de menos de 10.000 habitantes
- Tu sede está en un municipio de 10.000 habitantes o más
- Tu entidad tiene ánimo de lucro
- Ya tienes otra subvención asignada para el mismo objeto
- Los servicios se prestarían en un municipio donde la podología ya la cubre una prestación pública garantizada
- Los servicios se prestan fuera de Cantabria
- Tu entidad no está inscrita en el registro correspondiente del Gobierno de Cantabria
Cuánto puedes recibir
Tu asociación recibe entre 3.000€ y 9.500€ por solicitud. El Instituto Cántabro de Servicios Sociales aporta una cantidad fija por sesión: 25€ si se presta en los espacios de la asociación o en un centro o servicio de podología, y 35€ si es en el domicilio de la persona atendida. La diferencia con el coste real puede asumirla la asociación o repercutirse a las personas mayores atendidas. Se cobra en un único pago anticipado por la totalidad una vez concedida y notificada la subvención.
Cómo solicitarla, paso a paso
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Descarga la solicitud (Anexo 1-A) y los demás anexos en la web del Instituto Cántabro de Servicios Sociales
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Prepara la memoria del proyecto (Anexo 2) y el resto de documentos exigidos
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Firma la documentación con el certificado electrónico del representante legal de la entidad
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Presenta la solicitud en el Registro Electrónico General del Gobierno de Cantabria en los 20 días hábiles siguientes a la publicación del extracto en el Boletín Oficial de Cantabria
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Subsana los defectos en diez días si te lo requieren; el requerimiento se publica en la sección de Entidades de la web del instituto
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Presenta alegaciones, si lo necesitas, en los diez días hábiles siguientes a la publicación de la resolución provisional
Documentación necesaria
- Solicitud (Anexo 1-A)
- Certificación de ostentar la presidencia de la entidad o poder bastante para actuar en su nombre
- Certificación del acuerdo del órgano competente por el que se decidió pedir la subvención
- Memoria del proyecto (Anexo 2)
- Declaración responsable (Anexo 1-B) de estar al corriente con Hacienda, la Seguridad Social y la Comunidad Autónoma de Cantabria, y de no recibir otras ayudas de igual naturaleza
- NIF de la entidad
- Certificado de titularidad de la cuenta bancaria, emitido y firmado electrónicamente por el banco
- Estatutos de la entidad en vigor
- Memorias de actividades, programas u otras pruebas de que la entidad trabaja con personas mayores
- Plan de igualdad de la entidad, solo si quieres que se puntúe ese criterio