Ayuda a familias vulnerables en Sant Pere de Ribes
300€ para familias vulnerables propietarias de su vivienda en Sant Pere de Ribes
Lo que significa
- Qué es
- Prestación social por concurrencia del Ayuntamiento de Sant Pere de Ribes para afrontar los gastos de la vivienda habitual.
- Para quién
- Familias y personas propietarias de la vivienda habitual donde residen en Sant Pere de Ribes.
- Cuánto
- Importe fijo de 300€ por unidad de convivencia que cumpla los requisitos, en un pago único.
- Qué cubre
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- Suministros de tu vivienda habitual
- Seguro del hogar
- Gastos comunitarios
- Requisitos
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- Ser mayor de 18 años o estar legalmente emancipado
- Tener residencia legal en Cataluña
- Estar empadronado en Sant Pere de Ribes y ser propietario de la vivienda que es tu domicilio habitual
- Los ingresos anuales de tu unidad de convivencia no superan los 33.677,63€
Este tope equivale a 3,5 veces el indicador de renta de suficiencia de Cataluña vigente (801,85€/mes; 9.622,18€/año).
- Que la base imponible del ahorro de tu declaración de IRPF no supere los 500€
- Estar al corriente del pago del IBI de 2025 de tu vivienda habitual
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No estar inhabilitado para recibir subvenciones públicas
Causas de exclusión (art. 13.2 Ley 38/2003):
- Deudas con Hacienda o Seguridad Social.
- Condena firme por delitos contra la administración (prevaricación, cohecho, malversación, fraude).
- Concurso de acreedores.
- Inhabilitación para contratar con el sector público.
- Residencia fiscal en paraíso fiscal.
- Otras causas listadas en el art. 13.2 de la Ley 38/2003.
- Obligaciones
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- Acreditar que cumples los requisitos exigidos para acceder a la ayuda
- Comunicar a Servicios Sociales cualquier cambio en tu situación social y económica
- Someterte a las comprobaciones y al control financiero del Ayuntamiento y aportar la información que te pidan
- Cuándo
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- Abre: 2 de julio de 2026 Fecha calculada según la convocatoria oficial. Pueden existir matices (festivos locales, modificaciones posteriores); confirma siempre con la fuente oficial antes del último día.
- Último día: 31 de agosto de 2026 Fecha calculada según la convocatoria oficial. Pueden existir matices (festivos locales, modificaciones posteriores); confirma siempre con la fuente oficial antes del último día.
¿Te interesa esta ayuda?
Repasa rápidamente si encajas en los requisitos antes de seguir leyendo.
- Eres propietario de la vivienda habitual donde resides
- Estás empadronado en Sant Pere de Ribes
- Eres mayor de 18 años o estás legalmente emancipado
- Tienes residencia legal en Cataluña
- Los ingresos anuales de tu unidad de convivencia no superan los 33.677,63€
- Estás al corriente del pago del IBI 2025 de tu vivienda
- No eres propietario de la vivienda donde vives
- No estás empadronado en Sant Pere de Ribes
- Los ingresos de tu unidad de convivencia superan los 33.677,63€ anuales
- La base imponible del ahorro de tu IRPF supera los 500€
- Ya recibes de otra administración una ayuda suficiente para la misma necesidad
Cuánto puedes recibir
Recibes un importe fijo de 300€ en un único pago si tu unidad de convivencia cumple los requisitos. Las ayudas se conceden por orden de fecha de solicitud y se abonan por transferencia bancaria.
Cómo solicitarla, paso a paso
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Reúne los justificantes de ingresos de los miembros mayores de 16 años y las facturas de gastos de tu vivienda de 2025
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Cumplimenta el modelo de solicitud y justificación de ayudas covid
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Presenta la solicitud firmada en la sede electrónica municipal o de forma presencial en una Oficina de Atención Ciudadana con cita previa
Documentación necesaria
- Solicitud según modelo normalizado, debidamente cumplimentada
- Justificantes de ingresos de cada miembro adulto de la unidad de convivencia: declaración de la renta de 2025 de los mayores de 16 años, o certificado de imputaciones para quienes no están obligados a declarar
- Declaración responsable de cumplir los requisitos y no incurrir en ningún motivo de exclusión
- Datos bancarios de la cuenta de tu titularidad donde ingresar la ayuda
- Declaración responsable de no haber obtenido otras ayudas públicas o privadas con la misma finalidad
- Facturas de gastos de la vivienda de 2025 (seguro del hogar, gastos comunitarios, suministros) por un valor igual o superior al importe de la ayuda