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Becas de guardería para familias de Castellví de Rosanes

Becas para gastos de guardería de familias empadronadas en Castellví de Rosanes

Lo que significa

Qué es
Beca municipal de Castellví de Rosanes para cubrir los gastos de guardería en el primer ciclo de educación infantil.
Para quién
Familias de Castellví de Rosanes con hijos en el primer ciclo de educación infantil (guardería).
Cuánto
  • La beca cubre un porcentaje del gasto de guardería según los ingresos de tu familia, con un tope máximo por tramo.
    TramoBonificaciónImporte máximo
    Tramo 130%60€
    Tramo 240%100€
    Tramo 350%125€
    El tramo depende de los ingresos de tu unidad familiar; quien supere el umbral del Tramo 1 no puede ser beneficiario.
Qué cubre
  • Los gastos de escolaridad de la guardería (primer ciclo de educación infantil)
  • La escolarización en guarderías públicas, concertadas o privadas
Requisitos
  • Estás empadronado en Castellví de Rosanes
  • El niño está empadronado en el municipio al solicitar y durante el curso
  • Tienes al niño matriculado en una guardería en 2026, o previsto matricularlo
  • Los ingresos de tu familia no superan los umbrales de renta de la convocatoria
    MiembrosTramo 1Tramo 2Tramo 3
    244.444,04€ a 36.001,78€36.000,70€ a 27.111,37€menos de 27.110,29€
    354.701,68€ a 44.306,38€44.305,30€ a 33.367,43€menos de 33.366,35€
    464.959,32€ a 52.636,84€52.635,76€ a 39.623,49€menos de 39.622,41€
    575.216,96€ a 60.968,38€60.967,30€ a 45.879,55€menos de 45.878,47€
    685.474,60€ a 69.298,84€69.297,76€ a 52.135,61€menos de 52.134,53€
    Tabla de ejemplo calculada con un SMI de 1.221€; se actualiza según el SMI vigente en cada convocatoria.
  • No recibes otra ayuda por el mismo concepto de otra administración
  • No tienes deudas de escolaridad de otros cursos
  • No estar inhabilitado para recibir subvenciones públicas Causas de exclusión (art. 13.2 Ley 38/2003):
    • Deudas con Hacienda o Seguridad Social.
    • Condena firme por delitos contra la administración (prevaricación, cohecho, malversación, fraude).
    • Concurso de acreedores.
    • Inhabilitación para contratar con el sector público.
    • Residencia fiscal en paraíso fiscal.
    • Otras causas listadas en el art. 13.2 de la Ley 38/2003.
Obligaciones
  • El niño debe asistir diariamente a la guardería, salvo causas debidamente justificadas
  • Presenta la documentación firmada y original o copia autenticada
  • Si te requieren subsanar la documentación, hazlo en 10 días hábiles
  • Devuelve las cantidades cobradas indebidamente si incumples los requisitos y se revoca la beca
Cuándo
  • Abre: 1 de julio de 2026 Fecha calculada según la convocatoria oficial. Pueden existir matices (festivos locales, modificaciones posteriores); confirma siempre con la fuente oficial antes del último día.
  • Último día: 1 de octubre de 2026 Fecha calculada según la convocatoria oficial. Pueden existir matices (festivos locales, modificaciones posteriores); confirma siempre con la fuente oficial antes del último día.

¿Te interesa esta ayuda?

Repasa rápidamente si encajas en los requisitos antes de seguir leyendo.

  • Estás empadronado en Castellví de Rosanes
  • Tienes un hijo en una guardería de primer ciclo de educación infantil
  • Eres el padre, la madre o el tutor legal del niño
  • Tienes previsto matricular a tu hijo en una guardería durante 2026
  • Los ingresos de tu familia están dentro de los umbrales de la convocatoria
  • No estás empadronado en Castellví de Rosanes
  • Los ingresos de tu familia superan el umbral del primer tramo
  • Recibes otra ayuda por el mismo concepto de otra administración
  • Tienes deudas de escolaridad de otros cursos

Cuánto puedes recibir

La beca cubre un porcentaje del coste de la guardería según los ingresos de tu familia: un 30% hasta 60€, un 40% hasta 100€ o un 50% hasta 125€. El tramo depende de la renta de tu unidad familiar; si superas el umbral del primer tramo no puedes recibir la beca.

Cómo solicitarla, paso a paso

  1. Reúne la documentación exigida (DNI, justificante de matrícula, datos bancarios y documentación de ingresos)

  2. Cumplimenta el modelo normalizado de solicitud, disponible en la web municipal

  3. Presenta la solicitud firmada en el registro oficial antes del 1 de octubre de 2026

  4. Si te lo requieren, subsana la documentación en el plazo de 10 días hábiles

  5. Espera la resolución, que se dicta en un máximo de tres meses desde el cierre del plazo

Documentación necesaria

  • Fotocopia del DNI o NIE del solicitante (padre, madre o tutor legal)
  • Fotocopia del DNI o NIE del niño
  • Documento acreditativo de la tutela, acogimiento o adopción, si procede
  • Justificante de matriculación en la guardería
  • Declaración de la intención de matricular al niño durante el año
  • Documento con los datos bancarios para el ingreso de la beca
  • Volante de convivencia que acredite la residencia en Castellví de Rosanes
  • Declaración del IRPF del último ejercicio fiscal, o certificado de no estar obligado a presentarla junto con los justificantes de ingresos
  • Acreditación de otros ingresos no incluidos en el IRPF (pensiones, prestaciones o ayudas)
  • En caso de separación o divorcio, sentencia y convenio regulador con la pensión de manutención
  • Justificante de tramitación de otras ayudas por el mismo concepto, o declaración responsable de no tenerlas

Preguntas frecuentes

¿Tengo que estar empadronado para pedir la beca?
Sí. Tanto la familia como el niño deben estar empadronados en Castellví de Rosanes en el momento de solicitar la beca y durante el resto del curso.
¿Puedo pedirla si todavía no he matriculado a mi hijo?
Sí, puedes solicitarla si tienes previsto matricularlo en una guardería durante 2026. Deberás presentar una declaración de intención de matrícula.
¿Qué pasa si mi documentación está incompleta?
Te requerirán para que la corrijas en un plazo de 10 días hábiles desde la notificación. Si no lo haces, se entenderá que desistes de la solicitud.
¿Puedo cobrar esta beca y otra ayuda por el mismo concepto?
No. No puedes recibir ayudas o subvenciones de otras administraciones por el mismo concepto.
¿Cuándo sabré si me la han concedido?
La concesión se resuelve en un máximo de tres meses desde el cierre del plazo de solicitud. La falta de resolución en ese plazo tiene efectos desestimatorios.

Fuentes oficiales

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