Ayuda para celíacos e intolerantes a la lactosa, Barbadás
Hasta 400€ por solicitante para comprar alimentos sin gluten o sin lactosa
Lo que significa
- Qué es
- Subvención por concurrencia competitiva del Ayuntamiento de Barbadás para ayudar a comprar alimentos sin gluten o sin lactosa
- Para quién
- Familias en las que una o más personas tienen diagnóstico de celiaquía o intolerancia a la lactosa
- Cuánto
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- El importe depende de la renta per cápita de tu unidad familiar, con un máximo de 400€ por solicitante
Si el número de solicitantes con derecho al importe máximo supera el crédito disponible, las cuantías se reparten de forma proporcional.Renta per cápita Cuantía Hasta 7.500€ 400€ 7.501€ – 10.000€ 350€ 10.001€ – 12.500€ 300€ 12.501€ – 15.000€ 250€ 15.001€ – 17.500€ 200€ 17.501€ – 20.000€ 150€ 20.001€ – 30.000€ 100€ Más de 30.000€ 0€
- El importe depende de la renta per cápita de tu unidad familiar, con un máximo de 400€ por solicitante
- Qué cubre
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- Compra de productos de alimentación sin gluten o sin lactosa
Quedan excluidas las bebidas alcohólicas, las cervezas sin alcohol aptas para celíacos y los refrescos azucarados.
- Compra de productos de alimentación sin gluten o sin lactosa
- Requisitos
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- Tú o un miembro de tu unidad familiar tenéis diagnóstico de celiaquía o intolerancia a la lactosa emitido por la sanidad pública
- La persona diagnosticada está empadronada en Barbadás desde al menos seis meses antes de la publicación de la convocatoria
- Eres residente fiscal en España durante el ejercicio 2025
- Los ingresos totales de tu unidad familiar no superan los 120.000 euros
- Ningún miembro convive con quien esté obligado a presentar el Impuesto sobre el Patrimonio, ni vuestro patrimonio conjunto supera los 600.000 euros
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No estar inhabilitado para recibir subvenciones públicas
Causas de exclusión (art. 13.2 Ley 38/2003):
- Deudas con Hacienda o Seguridad Social.
- Condena firme por delitos contra la administración (prevaricación, cohecho, malversación, fraude).
- Concurso de acreedores.
- Inhabilitación para contratar con el sector público.
- Residencia fiscal en paraíso fiscal.
- Otras causas listadas en el art. 13.2 de la Ley 38/2003.
- Obligaciones
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- Gasta toda la ayuda en alimentos especiales sin gluten o sin lactosa
- Realiza las compras en establecimientos comerciales del municipio de Barbadás
- Gasta la ayuda durante el año natural en que se concede
- Conserva los tickets, facturas o justificantes durante 4 años desde el pago
- Mantente al día en el pago de los impuestos municipales
- Comunica al Ayuntamiento si obtienes otras ayudas para la misma finalidad
- Cuándo
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- Abre: 1 de julio de 2026 Fecha calculada según la convocatoria oficial. Pueden existir matices (festivos locales, modificaciones posteriores); confirma siempre con la fuente oficial antes del último día.
- Último día: 30 de julio de 2026 Fecha calculada según la convocatoria oficial. Pueden existir matices (festivos locales, modificaciones posteriores); confirma siempre con la fuente oficial antes del último día.
¿Te interesa esta ayuda?
Repasa rápidamente si encajas en los requisitos antes de seguir leyendo.
- Tú o un miembro de tu familia tenéis diagnóstico de celiaquía o intolerancia a la lactosa
- La persona diagnosticada está empadronada en Barbadás desde hace al menos seis meses
- Eres residente fiscal en España durante el ejercicio 2025
- Los ingresos totales de tu unidad familiar no superan los 120.000 euros
- Compras alimentos sin gluten o sin lactosa en comercios de Barbadás
- Ningún miembro de tu familia tiene diagnóstico de celiaquía o intolerancia a la lactosa
- La persona diagnosticada lleva menos de seis meses empadronada en Barbadás
- Los ingresos totales de tu unidad familiar superan los 120.000 euros
- En tu familia convive alguien obligado a presentar el Impuesto sobre el Patrimonio
- Vuestro patrimonio familiar conjunto supera los 600.000 euros
Cuánto puedes recibir
Recibes una cantidad que depende de la renta per cápita de tu unidad familiar: cuanto menores son los ingresos, mayor es la ayuda, hasta un máximo de 400€ por solicitante. Si el número de solicitantes con derecho al importe máximo supera el crédito disponible, las cuantías se reparten de forma proporcional.
Cómo solicitarla, paso a paso
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Reúne tu DNI, el certificado médico del diagnóstico y los documentos que acrediten los ingresos de tu familia
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Rellena el trámite específico de ayuda para personas celíacas o intolerantes a la lactosa
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Presenta la solicitud en la sede electrónica del Ayuntamiento o en sus registros presenciales
Documentación necesaria
- DNI de la persona solicitante
- DNI del representante legal, en caso de menores o personas con medidas de apoyo
- Fotocopia del libro de familia si el solicitante es menor de edad
- Sentencia de separación o divorcio, si la unidad familiar está formada por personas separadas o divorciadas
- Certificación de la cuenta bancaria para el pago de la ayuda
- Informe o certificado médico de la sanidad pública con el diagnóstico de celiaquía o intolerancia a la lactosa
- Copia del Modelo 100 de IRPF del ejercicio 2025 de los miembros obligados a declarar
- Documentación que acredite los ingresos de 2025 de los miembros no obligados a declarar (certificado de empresa, vida laboral, pensiones, RISGA, IMV o declaración jurada de no percibir ingresos)