Ayuda por nacimiento o adopción en Sahagún
Hasta 500€ por hijo nacido o adoptado en Sahagún; plazo hasta el 31 de julio de 2026
Lo que significa
- Qué es
- Subvención del Ayuntamiento de Sahagún por el nacimiento, adopción o guarda legal de un hijo, para apoyar a las familias del municipio.
- Para quién
- Madres y padres, adoptantes o personas con la guarda legal de un menor en el municipio de Sahagún.
- Cuánto
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- Importe fijo por cada hijo, según cuántos progenitores estén empadronados
Situación Importe por hijo Ambos progenitores empadronados, o familia monoparental 500€ Solo uno de los progenitores empadronado 250€
- Importe fijo por cada hijo, según cuántos progenitores estén empadronados
- Qué cubre
- Apoyo económico directo a la familia por cada hijo nacido, adoptado o en guarda legal
- Requisitos
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- Tú y el menor estáis empadronados en el municipio de Sahagún en la fecha de la solicitud
- El bebé nació entre el 1 de julio de 2025 y el 30 de junio de 2026 y está empadronado en tu mismo domicilio
- En caso de adopción, el menor está inscrito en el Padrón en el plazo de un mes desde la resolución judicial
- Figuras como titular del Libro de Familia donde consta el nacimiento o la adopción
- Estás al corriente de tus obligaciones fiscales con el Ayuntamiento de Sahagún
- Si eres extranjero, resides legalmente en España y estás empadronado en Sahagún
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No estar inhabilitado para recibir subvenciones públicas
Causas de exclusión (art. 13.2 Ley 38/2003):
- Deudas con Hacienda o Seguridad Social.
- Condena firme por delitos contra la administración (prevaricación, cohecho, malversación, fraude).
- Concurso de acreedores.
- Inhabilitación para contratar con el sector público.
- Residencia fiscal en paraíso fiscal.
- Otras causas listadas en el art. 13.2 de la Ley 38/2003.
- Obligaciones
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- Mantén tu empadronamiento y el del menor en Sahagún durante al menos 24 meses tras la concesión de la ayuda
- Comunica al Ayuntamiento cualquier cambio en las circunstancias que dan lugar a la ayuda
- Devuelve la ayuda de forma proporcional si dejas de cumplir alguno de los requisitos
- Cuándo
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- Abre: 1 de julio de 2026 Fecha calculada según la convocatoria oficial. Pueden existir matices (festivos locales, modificaciones posteriores); confirma siempre con la fuente oficial antes del último día.
- Último día: 31 de julio de 2026 Fecha calculada según la convocatoria oficial. Pueden existir matices (festivos locales, modificaciones posteriores); confirma siempre con la fuente oficial antes del último día.
¿Te interesa esta ayuda?
Repasa rápidamente si encajas en los requisitos antes de seguir leyendo.
- Has tenido un hijo, lo has adoptado o tienes su guarda legal entre julio de 2025 y junio de 2026
- Estás empadronado en el municipio de Sahagún junto con tu hijo
- Figuras como titular del Libro de Familia donde consta el nacimiento o la adopción
- Eres extranjero con residencia legal en España y empadronado en Sahagún
- Puedes comprometerte a seguir empadronado en Sahagún durante 24 meses
- Estás privado total o parcialmente de la patria potestad de tu hijo
- La tutela del menor la ha asumido una institución pública
- Ni tú ni el menor estáis empadronados en Sahagún
- El menor nació fuera del periodo entre julio de 2025 y junio de 2026
Cuánto puedes recibir
Recibes una ayuda fija por cada hijo nacido, adoptado o en guarda legal. Son 500€ si ambos progenitores (o el progenitor en familias monoparentales) están empadronados en Sahagún, o 250€ si solo lo está uno de los progenitores.
Cómo solicitarla, paso a paso
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Consigue la solicitud y los anexos en las oficinas municipales de la Plaza Mayor nº 13 o en la sede electrónica del Ayuntamiento
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Reúne la documentación: DNI/NIE, Libro de Familia y las declaraciones responsables que correspondan
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Presenta la solicitud en el Registro General del Ayuntamiento de Sahagún, de lunes a viernes de 9:00 a 14:00, o por la sede electrónica, antes del 31 de julio de 2026
Documentación necesaria
- Solicitud (Anexo I)
- DNI/NIE o, en su caso, NIEX y documento del país de origen del beneficiario
- Documento acreditativo de la representación y DNI/NIE del representante (si procede)
- Documento acreditativo de la calidad de familia acogedora (si procede)
- Libro de Familia
- Convenio regulador o sentencia judicial de nulidad, separación o divorcio (solo en esos supuestos)
- Declaración responsable y de compromisos (Anexo II a o II b)
- Autorización para recabar los datos de estar al corriente con Hacienda y la Seguridad Social (Anexo III)
- Declaración para familia monoparental (Anexo IV), solo en ese caso