Subvenciones para asociaciones de vecinos de Almería 2026
Subvención del Ayuntamiento de Almería para proyectos de asociaciones de vecinos.
Lo que significa
- Qué es
- Subvención por concurrencia competitiva del Ayuntamiento de Almería para promover el tejido asociativo vecinal y la participación ciudadana.
- Para quién
- Asociaciones vecinales y federaciones de asociaciones de vecinos del municipio de Almería.
- Cuánto
- Sin importe fijo: la cuantía de cada línea se reparte entre las entidades de forma proporcional a la puntuación obtenida, con un mínimo exigido de 30 puntos.
- Qué cubre
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- Gastos corrientes del proyecto o actividad (queda excluido cualquier gasto de inversión)
- Costes indirectos de funcionamiento como luz, agua, teléfono, internet, alquileres, limpieza, mantenimiento o seguros
- Gastos de restauración, viajes, dietas y transporte directamente relacionados con las actividades
- Requisitos
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- Tu entidad está inscrita en el Registro Municipal de Entidades Ciudadanas del Ayuntamiento de Almería
- Tu asociación o federación tiene sede social o delegación permanente en el municipio de Almería
- No tienes pendiente la justificación de otras subvenciones del Ayuntamiento cuyo plazo de presentación ya venció
- Estás al corriente del pago de obligaciones por reintegro de subvenciones
- Estás al corriente de tus obligaciones tributarias, con la Seguridad Social y con el Ayuntamiento de Almería
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No estar inhabilitado para recibir subvenciones públicas
Causas de exclusión (art. 13.2 Ley 38/2003):
- Deudas con Hacienda o Seguridad Social.
- Condena firme por delitos contra la administración (prevaricación, cohecho, malversación, fraude).
- Concurso de acreedores.
- Inhabilitación para contratar con el sector público.
- Residencia fiscal en paraíso fiscal.
- Otras causas listadas en el art. 13.2 de la Ley 38/2003.
- Obligaciones
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- Ejecuta el proyecto durante 2026, entre el 1 de enero y el 31 de diciembre
- Justifica la subvención en el plazo de dos meses desde que termina la ejecución del proyecto
- Da publicidad del carácter público de la financiación municipal en tus materiales y actividades
- Comunica al Ayuntamiento cualquier otra subvención que recibas para esa actividad
- Devuelve el importe, con intereses de demora, si no justificas la subvención en plazo
- Cuándo
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- Abre: 7 de julio de 2026 Fecha calculada según la convocatoria oficial. Pueden existir matices (festivos locales, modificaciones posteriores); confirma siempre con la fuente oficial antes del último día.
- Último día: 27 de julio de 2026 Fecha calculada según la convocatoria oficial. Pueden existir matices (festivos locales, modificaciones posteriores); confirma siempre con la fuente oficial antes del último día.
¿Te interesa esta ayuda?
Repasa rápidamente si encajas en los requisitos antes de seguir leyendo.
- Eres una asociación vecinal del municipio de Almería
- Eres una federación de asociaciones de vecinos del municipio de Almería
- Entre los fines de tu entidad está promover el tejido asociativo y la participación ciudadana
- Vas a desarrollar actividades o proyectos vecinales durante 2026
- Tu entidad no tiene sede social ni delegación permanente en el municipio de Almería
- Ya recibes otra subvención del Ayuntamiento de Almería para el mismo proyecto
- Recibes una subvención directa de la Delegación de Inclusión Social, Participación y Distritos
Cuánto puedes recibir
No hay un importe fijo por entidad: el dinero de cada línea se reparte entre las asociaciones de forma proporcional a la puntuación que obtengan en la baremación, y necesitas alcanzar al menos 30 puntos para recibir subvención.
Cómo solicitarla, paso a paso
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Rellena el formulario de solicitud, el proyecto de actividades y la declaración responsable
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Presenta la solicitud por registro electrónico en la sede electrónica del Ayuntamiento de Almería
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Hazlo dentro de los 15 días hábiles siguientes a la publicación del extracto en el Boletín Oficial de la Provincia de Almería
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Si tu solicitud está incompleta, subsánala en el plazo de diez días cuando te lo requieran
Documentación necesaria
- Proyecto detallado de la actividad a realizar en 2026 con el importe solicitado (Anexo I)
- Memoria de actividades del ejercicio anterior, 2025 (Anexo II)
- Declaración responsable (Anexo III)
- Certificados de estar al corriente con la Agencia Tributaria, la Seguridad Social y la Hacienda municipal, si la subvención supera los 3.000 euros
- Solo si concurres por primera vez o han cambiado tus datos: ficha de terceros, certificado bancario de titularidad de la cuenta, copia del NIF y de los estatutos de la asociación