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Ayuda a deportistas no profesionales de Alcalá de Guadaíra

Subvención a deportistas no profesionales destacados empadronados en Alcalá de Guadaíra.

Lo que significa

Qué es
Subvención por concurrencia del Ayuntamiento de Alcalá de Guadaíra para que deportistas no profesionales consoliden su progresión.
Para quién
Deportistas no profesionales de Alcalá de Guadaíra que destacan en alguna modalidad a nivel autonómico, nacional o internacional.
Cuánto
Hasta el 10% del crédito disponible por deportista, repartido según la puntuación obtenida en la baremación.
Qué cubre
  • Ayuda económica para consolidar tu progresión deportiva
  • No se valoran gastos concretos: la subvención se concede por los logros deportivos acreditados
Requisitos
  • Estás empadronado en Alcalá de Guadaíra al menos un año antes de la convocatoria y lo mantienes al concederse la ayuda
  • Eres mayor de edad o te representan quienes tengan la patria potestad, y dispones de NIF
  • Tienes licencia federativa en vigor de la temporada (1 de julio de 2025 al 30 de junio de 2026)
  • Has sido campeón de Andalucía o de España en tu modalidad deportiva oficial en la temporada en vigor
  • No estar inhabilitado para recibir subvenciones públicas Causas de exclusión (art. 13.2 Ley 38/2003):
    • Deudas con Hacienda o Seguridad Social.
    • Condena firme por delitos contra la administración (prevaricación, cohecho, malversación, fraude).
    • Concurso de acreedores.
    • Inhabilitación para contratar con el sector público.
    • Residencia fiscal en paraíso fiscal.
    • Otras causas listadas en el art. 13.2 de la Ley 38/2003.
Obligaciones
  • Responde ante la Delegación de Deportes de la veracidad de los datos y documentos que aportas
  • Facilita los datos y la documentación que te solicite la Delegación de Deportes sobre la subvención
  • Devuelve el importe íntegro si obtuviste la ayuda falseando u ocultando condiciones
Cuándo
  • Abre: 30 de junio de 2026 Fecha calculada según la convocatoria oficial. Pueden existir matices (festivos locales, modificaciones posteriores); confirma siempre con la fuente oficial antes del último día.
  • Último día: 27 de julio de 2026 Fecha calculada según la convocatoria oficial. Pueden existir matices (festivos locales, modificaciones posteriores); confirma siempre con la fuente oficial antes del último día.

¿Te interesa esta ayuda?

Repasa rápidamente si encajas en los requisitos antes de seguir leyendo.

  • Eres deportista no profesional empadronado en Alcalá de Guadaíra
  • Has sido campeón de Andalucía o de España en tu modalidad en la temporada 25/26
  • Tienes licencia federativa en vigor de tu modalidad deportiva
  • Compites en una modalidad deportiva oficial a nivel autonómico, nacional o internacional
  • Buscas ayuda para consolidar tu progresión deportiva
  • Eres deportista profesional
  • No llevas empadronado en Alcalá de Guadaíra al menos un año
  • No has conseguido un título de campeón de Andalucía o de España
  • No tienes licencia federativa en vigor
  • Tus logros son en torneos o competiciones no oficiales

Cuánto puedes recibir

El importe que recibes se calcula repartiendo el crédito disponible entre los deportistas según los puntos que obtengas en la baremación, sin que tu cuantía pueda superar el 10% de ese crédito. El pago se hace en un solo abono por transferencia bancaria y por el importe íntegro. La cantidad de la resolución provisional puede cambiar tras el plazo de alegaciones.

Cómo solicitarla, paso a paso

  1. Reúne la documentación exigida: solicitud, NIF, licencia federativa y currículo deportivo acreditado por tu federación

  2. Cumplimenta el modelo oficial de solicitud y los anexos disponibles en la sede electrónica del Ayuntamiento

  3. Presenta la solicitud electrónicamente en la sede electrónica del Ayuntamiento de Alcalá de Guadaíra

  4. Si te lo requieren, subsana o amplía la documentación en el plazo indicado

  5. Espera la propuesta de resolución provisional y, si procede, presenta alegaciones en 10 días hábiles

Documentación necesaria

  • Solicitud cumplimentada (Plantilla Solicitud. Línea 2)
  • NIF en vigor de la persona solicitante, o del representante o tutor si es menor de edad
  • Licencia federativa en vigor de la modalidad deportiva
  • Currículo deportivo acreditado por la federación (Anexo I y Anexo II. Línea 2)
  • Declaración responsable sobre la veracidad de los datos y documentos aportados

Preguntas frecuentes

¿Tengo que estar empadronado en Alcalá de Guadaíra?
Sí. Debes estar empadronado al menos un año antes de la convocatoria y mantenerlo en el momento de la concesión. No hace falta militar en un club local, solo acreditar el empadronamiento.
¿Puedo cobrar esta ayuda junto con otras?
Sí. Estas subvenciones son compatibles con otras ayudas, ingresos o recursos para la misma finalidad, vengan de administraciones u organismos públicos o privados.
¿Valen los logros en cualquier competición?
No. Solo se valoran los resultados en competiciones oficiales; los torneos y competiciones no oficiales no son válidos para acceder a la convocatoria.
¿Qué pasa si mi solicitud tiene defectos?
Se te requerirá para que subsanes la falta en un plazo de diez días; si no lo haces, se te tendrá por desistido de tu petición.
¿Cuánto tardan en resolver?
El plazo máximo para resolver y notificar es de tres meses desde que termina el plazo de presentación de solicitudes. Si no hay resolución expresa, se entiende desestimada.

Fuentes oficiales

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